Espacio de opinión de Canarias Ahora
Desarrollismo y medio ambiente
Algunos estudios encargados por la Administración autonómica, como el de percepción social (Sondeo, 2000) y el diagnóstico técnico luego titulado Compromiso por el Desarrollo Sostenible de Canarias (2001), muestran la preocupación social por el deterioro ambiental en las islas y la realidad (y no sólo la percepción) de ese deterioro: “La mayor riqueza natural de Canarias es su biodiversidad (...) Los impactos territoriales causados por el actual modo de desarrollo están causando la desaparición acelerada de este recurso (...) Destrucción directa de especies de flora y fauna e indirecta por degradación, fragmentación y simplificación de los hábitas” “Esta situación no es suficientemente paliada ni reconducida por las administraciones responsables de la ordenación y disciplina del territorio (...) El planeamiento no sólo no cumple eficazmente su función ordenadora, sino que contribuye a incrementar los procesos de deterioro ambiental, impulsado por una cultura administrativa oportunista y ranciamente desarrollista” “Los procesos se desarrollan actualmente a una velocidad y con una intensidad y capacidad destructiva nunca vistas en épocas anteriores. De proseguir el desarrollo canario en la dirección y con la intensidad apuntadas, de mantenerse las actitudes sociales e institucionales que hacen de la imprevisión y la indisciplina componentes habituales de nuestra sociedad, estaríamos abocados a la pérdida de una parte sustancial de nuestro patrimonio natural y cultural que nos queda...”( Compromiso por el desarrollo sostenible de Canarias. Gobierno de Canarias. Borrador 20.02.01). “El 51,9% de los canarios piensa que la situación del medio ambiente en Canarias es actualmente mala o muy mala” “El 71 y el 65% de los canarios son críticos con la atención que el Gobierno autónomo presta al medioambiente y a las acciones de preservación del territorio, respectivamente” “Sólo el 7% de los canarios prefiere sacrificar el cuidado del medio ambiente antes que limitar el desarrollo económico de las islas” “Casi el 70% de los canarios considera que la administración debe controlar más la construcción de hoteles y apartamentos”.( Sondeo encargado por el Gobierno de Canarias, 2000).
El artículo 8 de la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias y de su Texto Refundido declara que: “En la gestión y el desarrollo de la actividad de ordenación de los recursos naturales, territoriales y urbanística, la administración actuante deberá fomentar y en todo caso asegurar la participación de los ciudadanos y de las entidades por estos constituidas para la defensa de sus intereses y valores, así como velar por sus derechos de información e iniciativa. En todo caso, los ciudadanos tienen derecho a participar en los procedimientos de aprobación de instrumentos de ordenación y ejecución, mediante la formulación de alegaciones en el período de información pública al que preceptivamente deben ser aquellos sometidos, así como a exigir el cumplimiento de la legalidad mediante el ejercicio de la acción pública ante los órganos administrativos y judiciales”.
Por su importancia e interés transcribimos un texto que debieran conocer quienes con la violencia de su pluma quieren acallar las voces de nuestras gentes: “España como Estado social y democrático de derecho así propugnado por la Constitución prevé diferentes cauces de participación de la ciudadanía en la toma de decisiones públicas que les afectan. La Constitución española de 1978, establece la participación de los ciudadanos como uno de los elementos rectores en las relaciones entre la Administración Pública y los ciudadanos. El texto constitucional se encuentra trufado de numerosas referencias al principio de participación. De entre ellos merece ser destacada la cláusula transformadora de nuestra sociedad prevista en el artículo 9.2 CE en el que in fine se afirma que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. De igual modo cabe resaltar el artículo 23.1 al afirmar que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal; el artículo 45 que consagra el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado y el deber de respetarlo por parte de todos los ciudadanos, y finalmente el 105 de la Constitución que prevé la participación y el acceso a la información administrativa. En definitiva, la participación pública de los ciudadanos se plasma como un principio, una necesidad de cualquier estado democrático. ? De este modo el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado pasa por la obligación previa de que los destinatarios de éste, o sea todos los ciudadanos, participen en su conservación. Las Administraciones públicas no pueden considerar la participación ciudadana como un mero requisito formal o normativo que actúa como freno y demora a los procedimientos administrativos y a las actuaciones públicas. Del mismo modo, la participación de los ciudadanos garantiza la aplicación correcta de las políticas ambientales y el logro de los resultados deseados (Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Univ. de Navarra)”.
Hemos expuesto aquí por qué tenemos derecho a opinar, a ser vigilantes del poder político y a fiscalizar las actividades empresariales cuando mezclan intereses públicos con privados, o cuando se saltan la legalidad en busca de la política de hechos consumados. Dejamos claro que no somos una minoría pues nuestro respaldo está en una parte importantísima de la ciudadanía que cuando ha sido necesario ha salido a la calle a acallar las voces de los del SI a Granadilla. Somos fieles a nuestras gentes, y a nuestra tierra y su paisaje por lo que seguiremos defendiendo lo racional frente a lo irracional: NO a infraestructuras innecesarias que atentan contra el paisaje de las islas y esconden oscuros intereses.
*Presidente de la Agrupación Local del PSC-PSOE de Santa Cruz de Tenerife
Pedro Anatael Meneses Roqué*
Algunos estudios encargados por la Administración autonómica, como el de percepción social (Sondeo, 2000) y el diagnóstico técnico luego titulado Compromiso por el Desarrollo Sostenible de Canarias (2001), muestran la preocupación social por el deterioro ambiental en las islas y la realidad (y no sólo la percepción) de ese deterioro: “La mayor riqueza natural de Canarias es su biodiversidad (...) Los impactos territoriales causados por el actual modo de desarrollo están causando la desaparición acelerada de este recurso (...) Destrucción directa de especies de flora y fauna e indirecta por degradación, fragmentación y simplificación de los hábitas” “Esta situación no es suficientemente paliada ni reconducida por las administraciones responsables de la ordenación y disciplina del territorio (...) El planeamiento no sólo no cumple eficazmente su función ordenadora, sino que contribuye a incrementar los procesos de deterioro ambiental, impulsado por una cultura administrativa oportunista y ranciamente desarrollista” “Los procesos se desarrollan actualmente a una velocidad y con una intensidad y capacidad destructiva nunca vistas en épocas anteriores. De proseguir el desarrollo canario en la dirección y con la intensidad apuntadas, de mantenerse las actitudes sociales e institucionales que hacen de la imprevisión y la indisciplina componentes habituales de nuestra sociedad, estaríamos abocados a la pérdida de una parte sustancial de nuestro patrimonio natural y cultural que nos queda...”( Compromiso por el desarrollo sostenible de Canarias. Gobierno de Canarias. Borrador 20.02.01). “El 51,9% de los canarios piensa que la situación del medio ambiente en Canarias es actualmente mala o muy mala” “El 71 y el 65% de los canarios son críticos con la atención que el Gobierno autónomo presta al medioambiente y a las acciones de preservación del territorio, respectivamente” “Sólo el 7% de los canarios prefiere sacrificar el cuidado del medio ambiente antes que limitar el desarrollo económico de las islas” “Casi el 70% de los canarios considera que la administración debe controlar más la construcción de hoteles y apartamentos”.( Sondeo encargado por el Gobierno de Canarias, 2000).
El artículo 8 de la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias y de su Texto Refundido declara que: “En la gestión y el desarrollo de la actividad de ordenación de los recursos naturales, territoriales y urbanística, la administración actuante deberá fomentar y en todo caso asegurar la participación de los ciudadanos y de las entidades por estos constituidas para la defensa de sus intereses y valores, así como velar por sus derechos de información e iniciativa. En todo caso, los ciudadanos tienen derecho a participar en los procedimientos de aprobación de instrumentos de ordenación y ejecución, mediante la formulación de alegaciones en el período de información pública al que preceptivamente deben ser aquellos sometidos, así como a exigir el cumplimiento de la legalidad mediante el ejercicio de la acción pública ante los órganos administrativos y judiciales”.