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Discriminación y freno a las renovables

Antonio Morales

Las Palmas de Gran Canaria —

La implantación de las energías renovables en nuestras islas para la producción de electricidad es una necesidad urgente si queremos cumplir con los objetivos de la Unión Europea, orientados principalmente a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y para romper nuestra dependencia casi absoluta del exterior. Una medida especialmente eficaz para estimular su implantación ha sido la instauración de incentivos a los promotores. La Ley 24/2013, del sector eléctrico, regula en su artículo 13 y siguientes los aspectos económicos del sistema eléctrico, reconociendo la necesidad de compensar los costes adicionales de la generación convencional en los territorios no peninsulares.

La retribución de las plantas generadoras, que formalmente se denomina “régimen retributivo específico”, se calcula con los mismos criterios para todo el Estado y se ha venido liquidando con regularidad por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En el caso de las islas, la generación a partir de fuentes renovables no sólo no genera extracostes al sistema eléctrico (puesto que tiene la misma retribución que la generación en territorio peninsular), sino que, al sustituir a la energía convencional que deja de ser generada, disminuye el montante de la compensación que tiene que abonar el sistema eléctrico por los costes adicionales de la generación convencional en territorios no peninsulares, amén de contribuir a la mejora del medioambiente y de hacernos avanzar hacia la soberanía energética.

Los productores de energía renovable de Baleares y Canarias se han llevado una desagradable sorpresa al recibir la primera liquidación del año 2017 porque han cobrado la mitad de lo previsto, lo que se ha hecho de manera implícita, poco transparente, además de injusta. Una vez más, el Ministerio de Energía ha cambiado las reglas del juego en medio de la partida modificando el mecanismo retributivo fuera de la Península y, de este modo, una mitad del pago que les correspondía se queda pendiente hasta que el Ministerio de Hacienda aporte su contribución sobre los sobrecostes de la electricidad, algo que resulta incoherente porque, como comentaba anteriormente, las renovables no tienen sobrecostes. Pero, por la aplicación de la orden de tarifa y del Real Decreto 738/2015, que regula  la producción de energía eléctrica en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, se ha establecido la equiparación de la retribución a la producción de energía mediante fuentes renovables, con la retribución a la generación convencional en los territorios no peninsulares, de modo que ahora la generación eléctrica por renovables está en las mismas condiciones que la generación convencional.

Esta decisión del Gobierno del Estado supone una discriminación en perjuicio de los productores canarios con respecto a los del resto de país. Gracias a los incentivos a la generación con energías renovables en Canarias existen actualmente 1.599 plantas generadoras que, en su práctica totalidad, son instalaciones fotovoltaicas (1.533) y eólicas (58). Además, la mayor parte de instalaciones fotovoltaicas son pequeñas plantas de 100 Kw o menos, en las que participa un gran número de pequeños ahorradores a los que se les dijo, para animarles a invertir,  que ésta era una inversión respaldada por el Estado.

Pero sigamos con el mencionado Decreto, que invoca la disposición adicional decimoquinta de la ley para, en contra de lo que la propia ley establece, vincular a los Presupuestos Generales del Estado la retribución de la generación con fuentes renovables en territorios no peninsulares, como si fuera un extracoste más cuando, como se ha reiterado, esta generación no sólo no provoca costes adicionales, sino que los disminuye.  Este error se mantiene en la Orden ETU/1976/2016, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2017, que incluye en el apartado 1 de su disposición adicional tercera lo siguiente: “… el extracoste de la actividad de producción en estos sistemas (en los archipiélagos),(… ), incorporará las cuantías correspondientes de los costes de generación para las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico”, con lo que de nuevo considera “extracoste” un concepto que no es tal. Y esta idea conceptualmente errónea se recalca en el apartado 2:“… el órgano encargado de las liquidaciones del sector eléctrico incorporará como extracoste de la actividad de producción en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, las partidas correspondientes de los costes de generación de las instalaciones con derecho a la percepción del régimen retributivo específico”.

La aplicación del Decreto y de la Orden referidos, que contradicen la Ley del sector eléctrico, tiene dos consecuencias perversas: Consideran la retribución de las instalaciones renovables en las islas como extracostes, cuando la Ley le otorga la misma consideración que las instalaciones equivalentes en la Península, dado que tienen el mismo régimen retributivo y no generan costes adicionales en el sistema. Y se crea una situación de agravio comparativo y discriminación evidente de los productores insulares con respecto a los peninsulares, a pesar de que la Ley establece en su artículo 14.2 que la retribución debe basarse en criterios no discriminatorios: “La retribución de las actividades se establecerá reglamentariamente con criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios…”.

La consiguiente vinculación a los Presupuestos Generales del Estado (PGE), del 50 por ciento de la retribución de las instalaciones de energías renovables en las islas, que podría parecer una garantía para estos productores de energía, se ha tornado en un grave perjuicio para muchos pequeños ahorradores.  Esto es así porque, de acuerdo con el informe elaborado por la Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (ANPIER), la parte a cobrar con cargo a los PGE puede sufrir retrasos de aproximadamente dos años, por los complejos trámites que tiene que superar.

Este retraso en el cobro de la retribución va a provocar problemas muy serios de tesorería en la mayor parte de las 1.600 instalaciones existentes en Canarias, hasta el punto de que muchos de sus titulares no podrán hacer frente a sus obligaciones de pago y podrían verse abocados a abandonarlas o malvenderlas. Hay que tener en cuenta que muchas plantas están en periodo de amortización, por lo que mantienen cargas importantes en las entidades bancarias, a las que no podrán responder, por lo que las instituciones financieras deberán proceder a ejecutar las garantías de los préstamos, entre las que estará la propia instalación de generación. Pero las repercusiones de este nuevo procedimiento de pago de la retribución a las instalaciones de energías renovables en las islas no sólo se concretan en los gravísimos perjuicios económicos que van a sufrir los pequeños inversores de estas instalaciones, sino que también se pone en riesgo el mantenimiento de buena parte de la generación eléctrica de origen renovable en Canarias, que podría terminar abandonada, en manos de las entidades financieras o malvendida a grandes inversores que tengan suficiente capacidad financiera.

De acuerdo con los datos aportados por ANPIER, la parte de la retribución a las instalaciones de energías renovables en los territorios no peninsulares que se cargará a los PGE asciende a unos 140 millones de euros. Esta cantidad, que  es muy elevada desde el punto de vista de los productores afectados, para los que,  un retraso en dos años en cobrar la parte correspondiente podría significar la ruina, para el sistema eléctrico nacional resulta una cantidad irrisoria. Si se tiene en cuenta que el coste del sistema asciende a unos 17.000 millones de euros, los 140 millones de euros que suponen la parte de la retribución de las plantas de energías renovables en las islas que se financia con cargo a los PGE, apenas representan un porcentaje ínfimo.

Se nos discrimina una vez más. Las protestas del sector y del Cabildo de Gran Canaria, que anunció una moción para el pleno ordinario de mayo, consiguieron que el Ministerio de Energía pagara hace unos días la deuda de 250 millones acumulada desde principios de año, pero no la modificación de la legislación. Todo sigue igual. Es absolutamente necesaria la reforma de la legislación y que se siga haciendo frente a los pagos a cuenta de las cantidades que correspondan a los productores insulares, al margen de la regularización y liquidación que la CNMC realice con cargo al PGE, con el fin de no discriminar a los productores insulares respecto a los del resto del territorio del Estado. Y quedan más cosas, desde luego: acabar con la inseguridad jurídica y con todos los peajes del autoconsumo; liberar para la desalación de agua la paridad entre potencia de generación instalada y potencia instalada de consumo; diferenciar las subastas para Canarias de las peninsulares; acabar con las servidumbres aeroportuarias obsoletas… Estamos en un momento idóneo para hacerlo posible y Nueva Canarias lo ha incluido en las negociaciones con el PP para la aprobación de los presupuestos. Sería un logro extraordinario. No hay otro camino para romper la dependencia exterior, luchar contra las emisiones, abaratar los costes, democratizar la energía…

La implantación de las energías renovables en nuestras islas para la producción de electricidad es una necesidad urgente si queremos cumplir con los objetivos de la Unión Europea, orientados principalmente a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y para romper nuestra dependencia casi absoluta del exterior. Una medida especialmente eficaz para estimular su implantación ha sido la instauración de incentivos a los promotores. La Ley 24/2013, del sector eléctrico, regula en su artículo 13 y siguientes los aspectos económicos del sistema eléctrico, reconociendo la necesidad de compensar los costes adicionales de la generación convencional en los territorios no peninsulares.

La retribución de las plantas generadoras, que formalmente se denomina “régimen retributivo específico”, se calcula con los mismos criterios para todo el Estado y se ha venido liquidando con regularidad por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. En el caso de las islas, la generación a partir de fuentes renovables no sólo no genera extracostes al sistema eléctrico (puesto que tiene la misma retribución que la generación en territorio peninsular), sino que, al sustituir a la energía convencional que deja de ser generada, disminuye el montante de la compensación que tiene que abonar el sistema eléctrico por los costes adicionales de la generación convencional en territorios no peninsulares, amén de contribuir a la mejora del medioambiente y de hacernos avanzar hacia la soberanía energética.