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Un Estatuto para los universitarios, a la medida de los mercaderes
El Borrador del Real Decreto mediante el cual se regula el Estatuto de los estudiantes universitarios del Estado español tiene un total de 14 Capítulos y 77 artículos, donde entre otros aspectos nos encontramos plasmados los derechos de los estudiantes.
El Capítulo II recoge los Derechos y Deberes de los estudiantes. El primer artículo de este capítulo constituye la idea desde un comienzo de que el estatuto estará plagado de declaraciones que de ninguna manera estarán garantizados en la realidad. El artículo en cuestión se titula “Igualdad de derechos y deberes”, y en el se expresa que “Todos los estudiantes universitarios tendrán garantizada la igualdad de derechos y deberes?”.
¿Cómo garantizará el gobierno del Estado español la igualdad de derechos y deberes, en un sistema educativo mercantilizado y convergente, donde el control y la dirección del mismo estarán en manos de la oligarquía europea? De ninguna manera garantizará este derecho.
A la hora de realizar estudios universitarios lo que primará será el nivel económico de los estudiantes. Dependiendo de la clase social a la que pertenezca un alumno que haya concluido los estudios de bachiller tendrá mayor o menor oportunidad de cursar estudios universitarios. Hay que recordar, que con la implantación del Plan Bolonia desaparecerá la posibilidad del universitario de trabajar para pagar sus estudios.
En la práctica el Plan Bolonia provocará que millones de europeos de familias trabajadoras vean frustradas sus proyecciones de realizar estudios universitarios superiores. En la práctica se les conculcará este derecho.
El Artículo 5, denominado No discriminación dice que “Todos los estudiantes universitarios, independientemente de su procedencia, tienen el derecho a que no se les discrimine por razón de edad, sexo, raza, nacionalidad, religión, orientación sexual, idioma, o afiliación política?”
En este artículo se absolutiza la igualdad al más puro estilo burgués. Queda bien claro, lo importante no es que seas blanco o negro, heterosexual u homosexual, ateo o católico. Lo verdaderamente importante es que si no perteneces a una familia adinerada capaz de pagar los astronómicos costes de los estudios de posgrado lo tendrás muy complicado para estudiar.
Una minoría de trabajadores europeos quizás con mucho esfuerzo puedan pagar los estudios de sus hijos, pero no deja de ser el caso de una minoría. En el caso de Canarias, con más de 225.000 parados, otros cientos de miles de trabajadores precarios con contratos temporales o subcontratados y en muchos casos hipotecados, y 600.000 personas en situación de pobreza, ¿cuántos estudiantes verán truncados sus deseos de estudiar una carrera universitaria? Muchos miles desgraciadamente.
En el artículo 8, Derechos generales de los estudiantes universitarios, en el punto 1 se menciona que la formación académica que permita la educación integral como individuos de los estudiantes es un derecho.
Nuevamente la realidad contradice a la teoría, pues si bien en la actualidad la educación en los países capitalistas no está orientada para alcanzar tal fin, con la entrada del Espacio Europeo de Educación Superior (E.E.E.D.), la universidad más que nunca será reducida a la especialización técnica y a la domesticación de los estudiantes, que serán los futuros trabajadores.
Mientras la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), sea quien evalúe y decida que contenido se ajusta a sus intereses, y las empresas transnacionales dirijan los másters, quedará completamente desacreditado el pronunciamiento del Ministerio expuesto en el Estatuto inservible.
Los artículos 9, 10 y 11 se refieren a los derechos particulares de los estudiantes de grado, máster y doctorado respectivamente, y de nuevo nos topamos con una serie de derechos particulares a razón del nivel de estudios, pero en ningún caso se menciona el compromiso de garantizar el acceso de los estudiantes a los diferentes niveles, con lo cual queda comprobado lo que hemos denunciado multitud de veces. Esto es, que la universidad se convertirá en una institución elitista.
Más adelante, en el octavo Capítulo Becas y Ayudas a los estudiantes, en el artículo 49, que es el referente a los “Programas de becas y ayudas” se especifica que en los términos previstos por la ley, tanto el Estado como las universidades regularán mediante las correspondientes normativas, y desarrollaran programas, generales y propios, de becas y ayudas que en el caso de los alumnos de primero, segundo y tercer ciclo (estudios de grado), cuya dedicación a tiempo completo les impida ejercer un trabajo remunerado alcancen al menos, cubrir el 85% del coste de oportunidad de los estudios cursados.
Habrá que ver la voluntad del gobierno para hacer efectivas estas ayudas que probablemente no se cumplirán.
En cambio para los estudios de máster, en el apartado “m” se deja constancia de que se realizarán “préstamos-renta”.
El Estatuto todavía en fase de borrador, confirma todos los argumentos contrarios al Plan Bolonia que el Partido Revolucionario de los Comunistas de Canarias (PRCC) ha ofrecido en diferentes artículos y declaraciones, y nos otorga la razón a todos los opositores de los planes que la oligarquía europea está llevando a cabo.
* Militante del Partido Revolucionario de los Comunistas de Canarias (PRCC) David Delgado*
El Borrador del Real Decreto mediante el cual se regula el Estatuto de los estudiantes universitarios del Estado español tiene un total de 14 Capítulos y 77 artículos, donde entre otros aspectos nos encontramos plasmados los derechos de los estudiantes.
El Capítulo II recoge los Derechos y Deberes de los estudiantes. El primer artículo de este capítulo constituye la idea desde un comienzo de que el estatuto estará plagado de declaraciones que de ninguna manera estarán garantizados en la realidad. El artículo en cuestión se titula “Igualdad de derechos y deberes”, y en el se expresa que “Todos los estudiantes universitarios tendrán garantizada la igualdad de derechos y deberes?”.