Canarias Ahora Opinión y blogs

Sobre este blog

El futuro de la Protección Civil como servicio público por Carmelo Álamo Rodríguez

0

La actuación de una situación de emergencias desde las perspectivas de la Protección Civil y Atención de Emergencias, se realizarán con medidas de prevención, intervención y articulación de los servicios de Protección Civil y Atención de Emergencias.

La previsión implica medidas de intervención administrativa previa a la efectividad de un entorno de emergencias que deberá ser asumida por entidades y la Protección Civil, que contribuyan a su enunciación e intervención en su caso. La intervención se desarrolla a través de actuaciones de alerta, alarma, protección, socorro, evacuación, dispersión, albergue, rehabilitación, y de reparación, de los servicios públicos.

Toda esta articulación corresponde a la implantación de los Planes Territoriales y Sectoriales de Emergencias, proyectos, acciones, intervenciones, contingencia del impulso y proceso de los mismos.

La Protección Civil Europea en su primera encuesta del Eurobarómetro sobre la Protección Civil, destaca la muestra del amplio apoyo de la sociedad de la Unión Europea, en apoyo a la prevención de desastres, preparación y respuesta. Los europeos están más preocupados por:

? Riesgo de inundaciones (45%)

? Tormentas violentas (40%)

? Accidentes industriales (29%)

La solidaridad es uno del punto que destaca dicha encuesta, y en donde los encuestados están de acuerdo en la cooperación, auxilio, ayuda, y asistencia a los países no pertenecientes a la UE, cuando sucede una catástrofe.

Existiendo a su vez un gran pesimismo que manifiesta que la sociedad, la falta de información y formación para enfrentarse a una emergencia, catástrofe y/o calamidad pública. Únicamente y exclusivamente una quinta parte de esos encuestados expone que están preparados y dispuestos para intervenir en un incidente por sí mismos.

El Tratado de Lisboa, una vez ratificado, introducen unas actualizaciones en materia de PC, en su artículo 2 E del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea crean que en la Protección Civil “la unión dispondrá de competencia para llevar a cabo acciones de apoyo, coordinación o complemento”. Y en su artículo 176 C “La unión fomentará la cooperación entre los estados miembros a fin de mejorar la eficacia de los sistemas de prevención y protección contra los naturales o catástrofes de origen humano”

La primera función es facilitar la cooperación en intervenciones de PC en caso de emergencias que requieren acciones de respuesta urgente.

En menos de un mes hemos padecido en Canarias los estragos a los que nos somete la naturaleza, por medio de los fenómenos atmosféricos adversos; precipitaciones y fuertes vientos, fue una demostración angustiosa que nos incita inevitablemente a la meditación. Se repite detalles de otras situaciones generadas por estos temporales en otros años, en otros lugares, y se reviven la prevención y la peligrosidad. El Sistema de Protección Civil se debe poner en marcha desde el momento en que se prevé una situación extraordinaria potencialmente catastrófica o cuando las consecuencias de una emergencia, advertida o no, sobrepasan la capacidad de respuesta de los recursos de emergencias habituales y suponen un grave riesgo colectivo que requieren de la coordinación y dirección de los distintos servicios públicos.

La realidad de los Servicios Locales de Protección Civil en la actualidad está suficientemente justificada, sobre todo en la obligación de los poderes públicos en garantizar el derecho a la vida y a la integridad física, encontrándose el fundamento jurídico de esta afirmación en la propia Constitución. Las administraciones cuentan con un Sistema de Protección Civil muy adaptado y bien acoplado; pero lo ideal que se precisa y requiere es que lo hagamos trabajar poniéndolo en funcionamiento.

Protección Civil se engendra “no solo de forma que los ciudadanos alcancen la protección del Estado y de los otros Poderes Públicos, sino procurando que ellos estén preparados para alcanzar por si mismos tal protección” (Ley 2/1985). Hay que tener en cuenta además que “en los supuestos de emergencia que requieran la actuación de la Protección Civil, una parte muy importante de la población depende, al menos inicialmente, de sus propias fuerzas”.

Atreverse a intervenir ante las emergencias, proporcionando soluciones al conjunto de agentes y consecuencias, crea y obliga acoger disposiciones de gestión general: a partir de la prevención, la intervención y la rehabilitación; comenzando en la intervención unida de los diferentes servicios operativos; y a partir de la asistencia, colaboración, y apoyo de las administraciones públicas, las entidades privadas y la propia población.

Este proyecto reúne un aumento de la petición y ruego social, la reclamación de las autoridades públicas en la creación de estructuras organizativas eficaces, para responder el derecho a la vida y la protección de bienes y medio ambiente, frente a las amenazas naturales o causadas.

En esta observación, la Protección Civil se prepara como un procedimiento integral de coordinación ante las emergencias que, a origen de la organización, articula sistemas de respuesta eficaces al servicio de los ciudadanos.

La Protección Civil es una manera de ser y sentirse útil a los demás. El que observa un accidente y avisa al 1-1-2 está haciendo de Protección Civil, el que estando capacitado y preparado se introduce en un incendio o en una inundación para rescatar una persona, está haciendo de Protección Civil, el que avisa a las autoridades de un posible riesgo, está haciendo de Protección Civil, el que ayuda a un discapacitado a una persona mayor, o un niño a cruzar la calle, está haciendo de Protección Civil, el que colabora en la prevención de cualquier situación de riesgo, está haciendo de Protección Civil. Posiblemente no hay semejanza entre unas funciones y otras, pero todas tienen el conocido calificativo de que quienes las elaboran no son oportunistas de la humanidad. Recordando siempre la consigna de que “Protección Civil somos todos”.

Estas personas pertenecientes a la Protección Civil, se instruyen día a día para paliar, reducir, evitar, controlar, y planificar estos riesgos que padece nuestra sociedad. Ante movimientos sísmicos, impulsando a los técnicos a confeccionar obras más sólidas en esas zonas. Ante terribles incendios exigen a instalar mejores y dotar de medios de prevención y extinción de incendios, y de evacuación en edificios, así como procedimientos contrafuego, cultura preventiva en nuestra masa forestal. Ante inundaciones acuerdan que las escorrentías, barrancos, desbordamientos, y riadas estén libres de obstáculos y correctamente bien canalizadas. Además de enseñar a la sociedad que puede verse afectada como debe protegerse de estos riesgos y siniestros, a través de la implantación de Planes de Emergencias. Y sobre todo lo más elemental en la vida diaria, preparando y formando, a todos/as y cada uno/a cómo evitar o prevenir accidentes.

Respetamos la seguridad, pero conociendo que los riesgos existen, dependiendo sobre nosotros, y hay que afirmar sin temor a algo más que una dudosa percepción que la nuestra, es una sociedad de riesgo. En la reforma del Gobierno Local en julio de 2005 en el Libro Blanco, se puede leer:

Debería reconocerse la competencia municipal para la formulación de planes de protección civil y para la prevención y extinción de incendios, planes que deberán ser coherentes y estar coordinador con los que formulen las administraciones de ámbito supralocal.

Durante este año el Gobierno ha anunciado a través de la Directora General de Protección Civil y Emergencias, Pilar Gallego, que presentara este año 2010 una nueva ley de Protección Civil y Emergencias para sustituir a la actual, que corresponde a 1985. Con dicha actualización se tiene previsto crear una nueva ley innovada, que aparezcan todos los componentes del sistema de Emergencias. Se garantizará con esta legislación que ningún habitante se verá desamparado y desestimado en el destino de su lugar, fortaleciendo la prevención como herramienta para disminuir las contingencias.

La nueva Ley de Protección Civil, consensuada con los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas, dará respuesta a las necesidades actuales de la población“. Se propone integrar una respuesta coordinada de las peticiones de necesidades ante situaciones de crisis.

El voluntariado ocupa un espacio importante en el Sistema de Protección Civil y Emergencias, y su actuación ha de desarrollarse bajo la dependencia funcional de la autoridad correspondiente, sea el mando único previsto en el plan, sea la autoridad municipal, o sean los responsables de los servicios públicos. De una manera u otra su labor hay que hacer mella, ya que se dedican a mitigar e impedir el dolor en la sociedad, siendo su beneficio intangible la gratificación personal de la ayuda, asistencia y apoyo a quien lo necesita en momentos desagradables. Se debería incentivar dicha labor, en los procedimientos de selección para el acceso de contratación de personal laboral, valorando positivamente las experiencias acreditadas que pueden ser utilizadas para el cumplimiento de sus funciones, ejemplos como las campañas de prevención y extinción de incendios forestales, vigilancias y salvamento acuáticos, etc?. considerando también sus meritos en ofertas de empleo público.

Es misión del alcalde o alcaldesa asumir la dirección y coordinación de las actuaciones previstas en los planes de Protección Civil de ámbito municipal y adoptar las medidas necesarias y adecuadas para la protección de personas y bienes en situaciones de emergencias, dando cuenta inmediata al pleno municipal. El alcalde o alcaldesa es la máxima autoridad de Protección Civil en el término municipal, y como tal, le corresponde declarar la activación del PEMU (Plan de Emergencias Municipal), en este proceso ejecutar las funciones de Dirección y Coordinación, además de dar por finalizado la activación, requerir medios y recursos a otras administraciones.

La Protección Civil es la organización de la humanidad ante una catástrofe, siendo los ayuntamientos la principal administración emplazada, para constituir y establecer su municipalidad y conseguir facilitar solución rápida a cualquier catástrofe, emergencia o calamidad pública, es fundamental y preciso que el PEMU (Plan de Emergencia Municipal) esté aceptado por todo el grupo de la corporación y de sus órganos de gestión, que no sea preferente del servicio de Protección Civil, sino que todos deben sensibilizarse que tienen obligaciones, cometidos, tareas y responsabilidades en el mismo. No unas responsabilidades imprecisas, indecisas, e inseguras, sino solidificadas, precisas, y clarificas, porque cada uno de los grupos operativos que corresponde tienen que poseer un mando y ese mando debe ser la notable figura única en caso de contingencia.

Una de las maneras más eficaces de fortalecer esta esencia es gestionar la calidad del servicio por razón de la ayuda de una ideología y unas técnicas ajustadas, para lograr una organización eficaz y eficiente, capaz de instruirse y adecuarse consecutivamente, orientada a las insuficiencias de la sociedad y de los servicios de intervención con los que debe ayudar, difundiendo con efectividad las habilidades, capacidades, y actitudes de Protección Civil.

Hay que incitar en el concepto de que formalizar la calidad en los servicios de emergencias no es en la actualidad una acción, sino una requisito que garantiza a muchos y diversos motivos, tanto internos y externos.

Se trata, en definitiva, de lograr la comprensión y la participación de toda la población en las tareas propias de la protección civil, de las que los ciudadanos son, al mismo tiempo, sujetos activos y beneficiarios, y por otra, ir diseñando una sociedad organizada para afrontar las situaciones de riesgo a las que estamos sometidos y en el caso de que esta ocurra, minimizar sus consecuencias.

* Especialista en Protección Civil y Gestión de Emergencias, e Instructor Técnico.

Carmelo Álamo Rodríguez*

La actuación de una situación de emergencias desde las perspectivas de la Protección Civil y Atención de Emergencias, se realizarán con medidas de prevención, intervención y articulación de los servicios de Protección Civil y Atención de Emergencias.

La previsión implica medidas de intervención administrativa previa a la efectividad de un entorno de emergencias que deberá ser asumida por entidades y la Protección Civil, que contribuyan a su enunciación e intervención en su caso. La intervención se desarrolla a través de actuaciones de alerta, alarma, protección, socorro, evacuación, dispersión, albergue, rehabilitación, y de reparación, de los servicios públicos.