El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
Una denuncia abierta
Por lo que ha podido trascender, la denuncia presentada este lunes por Santiago Pérez ante la Fiscalía no describe una actuación presuntamente delictiva de nadie, ni acusa a cualquiera de los peritos en presencia de haber presentado documentos falsos durante la tramitación del expediente administrativo o, ya en la fase judicial, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC. Lo que viene a hacer Pérez es dejar ese trabajo para la Fiscalía exponiéndole dos tasaciones alejadísimas entre sí, tan alejadas que necesariamente obligan a sospechar que una de las dos es falsa. En uno de esos bloques de tasaciones está la de Bittini, elaborada por el tío de los hermanos Soria; y, en el otro lado, otros acreditados expertos como Adolfo Rodríguez e Ismael Solaz, de la consultora de tasaciones Tinsa, contratados por el Gobierno cuando el partido ya había terminado. A lo largo de dos folios, Pérez se habría limitado a exponer estas llamativas diferencias, lo que se complementaría con la sentencia de la Sala, concretamente un párrafo que puede encontrarse entre las páginas 50 y 51.
Por lo que ha podido trascender, la denuncia presentada este lunes por Santiago Pérez ante la Fiscalía no describe una actuación presuntamente delictiva de nadie, ni acusa a cualquiera de los peritos en presencia de haber presentado documentos falsos durante la tramitación del expediente administrativo o, ya en la fase judicial, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC. Lo que viene a hacer Pérez es dejar ese trabajo para la Fiscalía exponiéndole dos tasaciones alejadísimas entre sí, tan alejadas que necesariamente obligan a sospechar que una de las dos es falsa. En uno de esos bloques de tasaciones está la de Bittini, elaborada por el tío de los hermanos Soria; y, en el otro lado, otros acreditados expertos como Adolfo Rodríguez e Ismael Solaz, de la consultora de tasaciones Tinsa, contratados por el Gobierno cuando el partido ya había terminado. A lo largo de dos folios, Pérez se habría limitado a exponer estas llamativas diferencias, lo que se complementaría con la sentencia de la Sala, concretamente un párrafo que puede encontrarse entre las páginas 50 y 51.