El blog de Carlos Sosa, director de Canarias Ahora
La famosa valoración del tío de los Soria
Y para que no faltara de nada en la tocada de narices que el recurso hace a las posiciones de Soria en el caso Tebeto, ahí va lo que dice sobre la valoración que hace el tío del vicepresidente sobre la cantera de Bittini: “La sentencia que constituye (...) fundamenta su aceptación del dictamen aportado por la parte demandante únicamente en que le parece excelente, pero no dedica ni una sola línea a explicar las razones por las que no tiene en cuenta las importantes objeciones formuladas a ese dictamen por el jefe del Servicio de Minas de la Administración demandada, D. José María Varona Arciniega, en su informe de 6 de noviembre de 2006, obrante también en el expediente administrativo. Con este modo de proceder, la sentencia está dando preferencia a un dictamen de parte frente al dictamen elaborado por un funcionario público, que resulta de valoración preferente por esa apriorística objetividad que le reconoce la jurisprudencia; y lo hace sin explicar el por qué de esa apreciación”. Lo malo es que durante la causa judicial, el Gobierno no movió un dedo para presentar una contraprueba. Lo dicho, la señora Mesa hace un recorrido muy profesional sobre las ausencias gubernamentales en el caso. Y las excentricidades de la sentencia, por supuesto.
Y para que no faltara de nada en la tocada de narices que el recurso hace a las posiciones de Soria en el caso Tebeto, ahí va lo que dice sobre la valoración que hace el tío del vicepresidente sobre la cantera de Bittini: “La sentencia que constituye (...) fundamenta su aceptación del dictamen aportado por la parte demandante únicamente en que le parece excelente, pero no dedica ni una sola línea a explicar las razones por las que no tiene en cuenta las importantes objeciones formuladas a ese dictamen por el jefe del Servicio de Minas de la Administración demandada, D. José María Varona Arciniega, en su informe de 6 de noviembre de 2006, obrante también en el expediente administrativo. Con este modo de proceder, la sentencia está dando preferencia a un dictamen de parte frente al dictamen elaborado por un funcionario público, que resulta de valoración preferente por esa apriorística objetividad que le reconoce la jurisprudencia; y lo hace sin explicar el por qué de esa apreciación”. Lo malo es que durante la causa judicial, el Gobierno no movió un dedo para presentar una contraprueba. Lo dicho, la señora Mesa hace un recorrido muy profesional sobre las ausencias gubernamentales en el caso. Y las excentricidades de la sentencia, por supuesto.