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Los hechos, inalterables

Ninguna de las resoluciones favorables de cuantas ha cosechado hasta ahora José Antonio Martín desde el Supremo ha concluido que los hechos que se le imputaban fueran falsos. Muy al contrario, siempre se han dado por probados, solo que con las piruetas propias de los expertos en encontrar los vericuetos precisos para aplicar la muy superior doctrina de la intocabilidad de los protegidos, los hechos han quedado eclipsados por los formalismos. La primera sentencia del Supremo que resolvió que no había cometido el delito de “negociación prohibida a funcionario público” llevaba incluido un tirón de orejas al fiscal jefe de Canarias, Vicente Garrido, y a la juez instructora del caso, Carla Bellini, a los que reprochaba que se equivocaran de tipo penal cuando lo que, en todo caso, lo que había podido cometer el ex presidente de la Audiencia era un vulgar tráfico de influencias. Muy discutible el matiz, pero el fondo de la cuestión aparecía inalterable: los hechos se daban por ciertos.

Ninguna de las resoluciones favorables de cuantas ha cosechado hasta ahora José Antonio Martín desde el Supremo ha concluido que los hechos que se le imputaban fueran falsos. Muy al contrario, siempre se han dado por probados, solo que con las piruetas propias de los expertos en encontrar los vericuetos precisos para aplicar la muy superior doctrina de la intocabilidad de los protegidos, los hechos han quedado eclipsados por los formalismos. La primera sentencia del Supremo que resolvió que no había cometido el delito de “negociación prohibida a funcionario público” llevaba incluido un tirón de orejas al fiscal jefe de Canarias, Vicente Garrido, y a la juez instructora del caso, Carla Bellini, a los que reprochaba que se equivocaran de tipo penal cuando lo que, en todo caso, lo que había podido cometer el ex presidente de la Audiencia era un vulgar tráfico de influencias. Muy discutible el matiz, pero el fondo de la cuestión aparecía inalterable: los hechos se daban por ciertos.