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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

Rectificación de Secundino Alemán Almeida

Acogiéndose a su derecho de rectificación, procedemos a publicar sin comentarios ni apostillas la carta que nos ha hecho llegar el magistrado de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas Secundino Alemán Almeida:

“Ante la noticia difundida en este periódico digital y en la sección TOP SECRET del día 4 de octubre de 2008, y en el ejercicio del derecho a la rectificación, he de manifestar que los datos relativos a la suspensión del juicio que con cita en fuentes oficiales se menciona en ella son por completo inexactos. Brevemente señalaré que los Magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas no sólo no están obligados legalmente a trasladarse a las islas de Lanzarote y Fuerteventura, sino que expresamente se acordó en Junta a finales de 2007 poner fin a los traslados voluntarios de las secciones tal y como se venían produciendo. Pese a ello, y en atención y consideración a determinados asuntos de cierta antigüedad, o por haber numerosos testigos, la Sección 1ª en particular, por unanimidad de sus cuatro miembros (Ilmos. Sres. Doña I. Eugenia Cabello Díaz, D. Salvador Alba Mesa, quien suscribe, D. Secundino Alemán Almeida y D. Carlos Vielba Escobar) acordamos seguir trasladándonos en determinadas ocasiones”.

“Y así aconteció el 14 de marzo de 2008 en traslado previsto a la isla de Fuerteventura. Desgraciadamente, quien suscribe la presente cayó enfermo apenas dos días antes, hasta el punto que tuve que acudir de urgencias a un centro médico de esta capital la tarde del 12 de marzo en que se me diagnosticó una faringitis aguda prescribiéndoseme antibióticos. Pese a ello, y en atención a la gran cantidad de personas que ya estaban citadas, en vez de hacer ver esta circunstancia a la Ilma. Sra. Presidente, aportándole el correspondiente informe médico, que justificaba una suspensión legalmente prevista, decidí trasladarme junto a mis compañeros (Ilmos. Sres. Doña I. Eugenia Cabello Díaz y D. Salvador Alba Mesa) a la isla de Fuerteventura”.

“Alargándose el juicio por razones ajenas a mí, (comenzó con más de una hora de retraso por problemas de infraestructura de la Sala donde debía celebrarse), mi estado físico consecuencia de la enfermedad que padecía me impidió continuar por más tiempo en la isla, y así se lo comuniqué a mis dos compañeros. Ni es cierto que tuviera un repentino ataque de tos, ni que el Fiscal saliera ”disparado hacia el despacho de D. Vicente Garrido“ (imposible físicamente ya que estábamos en Fuerteventura). Es más, conocida la causa de la suspensión, todas las partes manifestaron su conformidad y expresamente el Sr. Fiscal concurrente indicó que si esa era la causa de suspensión ni se oponía ni consideraba necesario que justificase la causa médica, que bastaba con mi palabra”.

“A partir de aquí, el Excmo. Sr. Fiscal Jefe Superior de la Comunidad Autónoma de Canarias, D. Vicente Garrido, sin duda de forma legítima, interesó a la Sala de Gobierno del TSJ que aclarara lo sucedido. Sin embargo, dicho órgano, lejos de solicitarme la correspondiente justificación para acto seguido actuar en consecuencia, remitió la solicitud del Excmo. Sr. Fiscal Superior al Consejo General del Poder Judicial, quien no incoó expediente disciplinario sino unas Diligencias llamadas informativas para aclarar lo sucedido, interesándome que me explicara, siendo en dicho instante cuando tuve, por primera vez, conocimiento de la solicitud de información del Excmo. Sr. Fiscal Superior. Cumpliendo con lo requerido informé adjuntando el correspondiente informe médico emitido dos días antes a la reseñada suspensión, y recientemente el Consejo General del Poder Judicial me ha notificado el archivo sin más de dichas diligencias informativas, al considerar mi actuación plenamente justificada y acomodada a la Ley”.

“Por lo demás, resulta completamente incierto que me dirigiera a mi compañera Dña. I. Eugenia Cabello Díaz llamándola ”gilipollas“.

“Finalmente, indicarle que ignoro la ”fuente oficial“ a la que alude en su artículo, más simplemente señalo que de existir mucho me temo que se encuentra bastante desinformada, actuando por motivos que desconozco”.

“Agradeciendo de antemano la atención que seguro dispensará a esta rectificación, procediéndose a su publicación, se despide atentamente quien encabeza este escrito”.

Acogiéndose a su derecho de rectificación, procedemos a publicar sin comentarios ni apostillas la carta que nos ha hecho llegar el magistrado de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas Secundino Alemán Almeida:

“Ante la noticia difundida en este periódico digital y en la sección TOP SECRET del día 4 de octubre de 2008, y en el ejercicio del derecho a la rectificación, he de manifestar que los datos relativos a la suspensión del juicio que con cita en fuentes oficiales se menciona en ella son por completo inexactos. Brevemente señalaré que los Magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial de Las Palmas no sólo no están obligados legalmente a trasladarse a las islas de Lanzarote y Fuerteventura, sino que expresamente se acordó en Junta a finales de 2007 poner fin a los traslados voluntarios de las secciones tal y como se venían produciendo. Pese a ello, y en atención y consideración a determinados asuntos de cierta antigüedad, o por haber numerosos testigos, la Sección 1ª en particular, por unanimidad de sus cuatro miembros (Ilmos. Sres. Doña I. Eugenia Cabello Díaz, D. Salvador Alba Mesa, quien suscribe, D. Secundino Alemán Almeida y D. Carlos Vielba Escobar) acordamos seguir trasladándonos en determinadas ocasiones”.