Anfi se enfrenta a la devolución de hasta 13 millones a clientes de 'timesharing'
El Grupo Anfi, participado al 50% por los herederos del empresario noruego Björn Lyng y por los hermanos Santana Cazorla, se enfrenta en los tribunales a la devolución de hasta 13 millones de euros por irregularidades en contratos suscritos con clientes de timesharing, el negocio turístico del aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles. El despacho de abogados Canarian Legal Alliance (CLA), con sede en Arguineguín, mantiene activas en los juzgados más de 200 reclamaciones de clientes de Anfi que rondan los 7 millones de euros, una cantidad a la que habría que sumar aquellas demandas que se encuentran aún en fase de preparación, unas 140 según el bufete, que estima que en los nuevos procesos se podrían recuperar hasta 6 millones.
El goteo de sentencias contra este emporio turístico del sur de Gran Canaria ha sido incesante en los últimos tiempos. Los clientes de CLA ya han recibido más de 700.000 euros por resoluciones judiciales firmes, aunque desde el despacho afirman que la cifra aumentará en breve, ya que en algunos casos los consumidores están esperando a que finalice la tramitación burocrática para recuperar el dinero y en otros, a que la Audiencia Provincial o el Tribunal Supremo se pronuncien sobre los recursos presentados por el Grupo Anfi contra sentencias que les han dado la razón en primera o segunda instancia.
Marzo de 2015 fue clave para el devenir judicial de los procedimientos contra el modelo de negocio seguido por Anfi y otros operadores de tiempo compartido. De las más de 140 sentencias favorables que ha obtenido Canarian Legal Alliance en esta materia, prácticamente la mitad se ha dictado a partir de ese mes. Y es que en esa fecha el Tribunal Supremo fijó doctrina sobre uno de los aspectos más controvertidos de los contratos de timesharing: las ventas de por vida. Lo hizo, precisamente, a raíz de una sentencia que condenaba al Grupo Anfi a devolver cerca de 40.000 euros a unos clientes noruegos que firmaron dos contratos a perpetuidad en 2000 y 2001, años después de que entrara en vigor la Ley 42/1998, que obliga a vender tiempo compartido entre 3 y 50 años.
A partir de ese momento, la Sala de lo Civil del alto tribunal español unificó el criterio y declaró ilegales las ventas de por vida, rechazando los argumentos defendidos por Anfi. Desde el despacho de abogados CLA señalan que la cada vez más extensa jurisprudencia a favor de los consumidores de multipropiedad ha retraído a las empresas a la hora de apelar las sentencias, por lo que prevén que se agilicen los procesos y, por lo tanto, la devolución de las cantidades abonadas.
Tampoco parece haber ya discrepancias entre los jueces en relación a la ilegalidad de los anticipos cobrados a los clientes de timesharing en el denominado periodo de desistimiento, dentro de los tres meses posteriores a la firma del contrato. El Tribunal Supremo también se ha pronunciado en diversas ocasiones a este respecto y ha recalcado que estos depósitos están prohibidos incluso cuando se paguen a un tercero fiduciario y no directamente a las empresas de multipropiedad. Sin embargo, aunque los consumidores están recuperando estos anticipos, los magistrados no están interpretando que los complejos deban devolver esas cantidades por duplicado, como prevé el artículo 11 de la Ley 42/1998.
Pero hay más. El alto tribunal español ha notificado recientemente a CLA la primera sentencia firme contra Anfi por la venta mediante el sistema de semanas flotantes, esto es, sin concretar el número de apartamento ni la semana exacta en la que el propietario tiene derecho a disfrutar del inmueble. El Supremo ha anulado el contrato suscrito por el grupo turístico con dos clientes al entender que el documento no cumplía con requisitos fundamentales porque no definía de forma clara su objeto ni las contraprestaciones entre las partes. La sentencia equipara el modelo de Anfi al de otros complejos de timesharing a quienes el Supremo ya había condenado anteriormente por este motivo, a pesar de que la empresa fundada por Lyng defendía que eran casos diferentes.
Según explica el despacho de abogados CLA, este sistema pretende dar una flexibilidad a los clientes para que puedan acudir al complejo cuando deseen sin problemas con las reservas. Sin embargo, en la práctica, no les garantiza la disponibilidad del apartamento. “Tienen que hacer reservas con entre 12 y 18 meses de antelación y ni así consiguen lo que quieren”, afirma el bufete, que añade que los propietarios también reclaman por la falta de información a la hora de suscribir los contratos, las “agresivas técnicas de venta” o “los engaños” con respecto al supuesto aumento del valor de la multipropiedad o de la posibilidad de recompra por parte del complejo.
Aproximadamente tres de cada cuatro clientes de CLA son ingleses. En el caso de los propietarios de timesharing vinculados al Grupo Anfi, uno de cada tres es escandinavo. La mayor parte de las reclamaciones oscila entre los 25.000 y los 40.000 euros, según las mismas fuentes.
La avalancha de sentencias contra los complejos de timesharing llevó al Diputado del Común, Jerónimo Saavedra, a expresar su preocupación por “la situación de inseguridad jurídica entre los titulares y el ”grave quebranto“ que puede suponer para la Hacienda Pública la anulación de los contratos”.
De los 302 complejos de tiempo compartido que hay en España, 128 están en Canarias. En la totalidad del Estado hay cerca de 715.000 titulares, de los que aproximadamente 623.000 son extranjeros.