Bruselas revisará el Plan de Empleo

La Comisión Europea (CE) pedirá al Gobierno canario, a través del Ejecutivo central como dictan los trámites comunitarios, la estrategia de empleo del Archipiélago de 2008 a 2013 una vez haya sido aprobada con el objetivo de examinarla y determinar su compatibilidad con la legislación europea.

“Pediremos a la Reper”, ?la Representación Permanente de España ante la Unión Europea (UE), “que envíe el texto definitivo”, aseguraron fuentes de la Dirección General de Empleo del Ejecutivo comunitario.

Sólo una vez que los servicios comunitarios dispongan del documento final sobre el plan de empleo, que el Gobierno canario prevé adoptar el próximo martes y que aún puede ser objeto de modificaciones, podrá emitir una opinión definitiva. Por lo que, “o lo mandan, o lo pedimos”, insistieron los servicios comunitarios.

El borrador de estrategia de empleo del Ejecutivo autonómico se ha elaborado “siguiendo los criterios europeos”, explicaron fuentes de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio. De las más de 230 medidas que incluye el plan, sólo unas “cinco tienen algo reservado para los residentes fiscales de más de tres años”, precisaron las mismas.

Entre estas medidas, que aún no son definitivas y podrían ser motivo de cambios, figuran el establecimiento de un determinado porcentaje de residentes en Canarias (durante un mínimo de tres años) como un elemento más de ponderación en los concursos públicos; así como deducciones del IRPF para quienes decidan cambiar de isla para trabajar con el objetivo de fomentar la movilidad o para los desempleados que opten por hacerse autónomos. Estas fuentes confirmaron la disposición del Gobierno de Canarias de “negociar” cualquier aspecto que genere dudas en Bruselas.

La residencia, un criterio habitual y no discriminatorio

Por su parte, los servicios de la Comisión Europea señalaron que en un primer momento se estimó que el borrador del plan contradecía el derecho de la libre circulación de trabajadores europeos puesto que parecía que favorecía a los canarios discriminando al resto de españoles y europeos.

Sin embargo, tras el “análisis” de la información que el Gobierno de Canarias ha colgado en su página web oficial, los servicios de Bruselas han “estimado que no hay discriminación porque no existe ninguna cláusula de nacionalidad” y lo “único” que aparece es una “cláusula de residencia”. Un criterio que las fuentes del Ejecutivo comunitario calificaron de “normal” en los planes de empleo europeos.

Por lo que “entendemos que se aplica un trato igualitario a todos los ciudadanos de la UE”, consideraron. “A primera vista no habría discriminación directa sobre la base de la nacionalidad porque no se limita a los canarios”, afirmaron otras fuentes de los servicios de Bruselas que insistieron en que la “Comisión Europea sólo se pronunciará sobre el plan” final y “no respecto a un borrador”.

No obstante, aunque el criterio de “residencia no plantea ningún problema”, la “limitación temporal” de tres años “habría que estudiarla” ya que podría tratarse de un caso de “discriminación indirecta”. Esto se debe a que sería un criterio más fácil de cumplir por los canarios que por el resto de españoles o europeos.

El precedente de Azores

Ante este tipo de cuestiones, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), cuya sede se encuentra en Luxemburgo, “dice que hay que estudiar si la medida es proporcionada con el fin que se pretende”, por ejemplo, “por motivos de población”, aseguraron los servicios comunitarios de Empleo.

Las otras fuentes de la Comisión Europea citaron como precedente un caso en el Archipiélago portugués de Azores. “Tras un procedimiento de infracción” Luxemburgo determinó que el “plan estaba justificado”, aseguraron.

En este sentido, la legislación de Azores fijaba criterios prioritarios, basados en una relación con la región, para la consolidación del profesorado en las islas. Un requisito en principio contrario al artículo 39 CE ya que podía cumplirse más facilmente por los residentes isleños y por tanto, suponer una discriminación de cara a los ciudadanos europeos que no eran portugueses.

Sin embargo, en base a la jurisprudencia de Luxemburgo, las autoridades portuguesas probaron que dichos criterios eran proporcionales al objetivo de establecer un número de profesores en el Archipiélago y promover su estabilidad, al darles puntos prioritarios.

A lo que hay que añadir que Azores, al igual que Canarias, forma parte de las regiones ultraperiféricas (RUP) definidas en el artículo 299.2 del Tratado en base al cual pueden beneficiarse de derogaciones en materia fiscal y aduanera, entre otras, así como de determinados programas de desarrollo más ventajosos por sus características específicas, concluyen los servicios comunitarios.