El Boletín Oficial del Estado publica este lunes una modificación a la orden que designaba al aeródromo de El Hierro como “aeropuerto controlado y de información de vuelo de aeródromo a efectos de la prestación de servicios de tránsito aéreo, de forma exclusiva”. De este modo se implantaba el sistema AFIS pero ahora se admite el sistema mixto.
A partir de ahora se designa al aeródromo como aeropuerto controlado y de información de vuelo de aeródromo, a efectos de la prestación en el mismo de ambos tipos de servicios de tránsito aéreo.
De igual forma, Fomento especifica que para la entrada en servicio ordenada y segura de ambos servicios de tránsito aéreo el sistema de servicio de control de tránsito aéreo operará entre las 8.00 y las 18.30 horas ajustables en función de la programación de vuelos.
Así, el servicio de Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS) se prestará en horario operativo del aeropuerto, según determinen los estudios aeronáuticos citados. “Los horarios se ajustarán finalmente a los correspondientes de operación del aeropuerto para las temporadas de verano e invierno”.
El Ministerio expone que de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 1133/2010, y 57/2002, así como en las regulaciones nacionales y comunitarias sobre provisión de servicios de navegación aérea y sobre estructura y ordenación del espacio aéreo, las principales actuaciones a desarrollar por la Administración General del Estado para la implantación de un modelo combinado de prestación de servicios de tránsito aéreo en distintas franjas horarias, son las elaboración de un estudio aeronáutico de seguridad para el esquema de prestación combinado; y definición de la estructura y organización del espacio aéreo necesario para cada tipo de servicio.
A esta se añaden la elaboración de los protocolos y cartas de acuerdo entre dependencias ATS para cada situación, así como entre el personal de cada tipo de servicios, coordinación con el gestor aeroportuario, y transferencia y relevos; la realización de la consulta con operadores y compañías aéreas; y la adopción de la nueva estructura de espacio aéreo.
De igual forma el Ministerio suma a estas acciones la publicación en ciclo AIRAC según libro VIII Reglamento de la Circulación Aérea; la designación de proveedor de servicios de Control; y la comprobación previa a la puesta en servicio.
La modificación además prevé que “el proveedor de servicios de Información de Vuelo de Aeródromo, actualmente designado para la dependencia ATS del aeropuerto, seguirá prestando servicios de tránsito aéreo hasta la entrada en funcionamiento de las previsiones contenidas en esta Orden y las resoluciones administrativas de desarrollo para la implantación del modelo combinado, acomodándose posteriormente a las franjas horarias que le correspondan”.
Esta modificación entrara en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado este martes.