La Agencia de Protección del Medio tardó cuatro años en abrir expediente al desguace de El Majano y luego lo dejó caducar

"No cuenta con zonas adecuadas para el número de vehículos almacenados, ni dotadas de pavimento impermeable, ni con instalaciones adecuadas para la recogida de aceites", decía el SEPRONA en su denuncia de 2004.

Juan Ignacio Viciana

Valverde —

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La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) de Canarias tardó casi cuatro años en incoar un expediente sancionador a Fernando Gutiérrez por el desguace ilegal de vehículos en la zona conocida como El Majano (Valverde) desde que el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil denunciara en diciembre de 2004 la existencia de esta actividad sin autorización y la ausencia total de medidas que evitaran la contaminación del subsuelo.

Y no sólo tardó todo ese tiempo en actuar, sino que además dejó morir, caducar, el expediente abierto en junio de 2008 a pesar de que el propio afectado reconocía en sus alegaciones estar actuando al margen de la legalidad.

Posteriormente, en diciembre de 2009, iniciaría un nuevo expediente sancionador como fruto de nuevas denuncias de los agentes de la APMUN, que volvería a ser suspendido en enero de 2010, en este caso porque se habían abierto diligencias previas en el Juzgado de Instrucción Nº 1 contra Gutiérrez por los mismos hechos.

Así lo reconoce la funcionaria encargada de instruir sendos expedientes, María del Carmen Pradas, en su comparecencia como testigo el 25 de junio de 2012 en el Juzgado de Instrucción Nº4 de Santa Cruz de Tenerife.

“Los hechos se remontan a 2004, el expediente se incoa en 2008 y durante ese período se realizaron actuaciones previas que se alargaron … hasta que se lo pasaron al órgano que resuelve el 11 de julio de 2008” --señala--, añadiendo que ella “elevó la propuesta de resolución el 29 de agosto de 2008, una propuesta de sanción (60.000 euros de multa) remitiendo todos los documentos al órgano que resuelve, el director (Pedro Pacheco González en ese momento), pero el expediente se mantuvo en el órgano que resuelve en diciembre de 2008, hasta que el director incoa un nuevo expediente en 2009”.

María del Carmen Pradas contesta durante su interrogatorio que “no sabe por qué se tardó en incoar el expediente, pero sí recuerda del contenido de la denuncia de los técnicos de medio ambiente que se producían vertidos”.

La funcionaria de la APMUN tampoco sabe contestar por qué no se realiza la clausura del establecimiento en la instrucción y en el inicio del expediente; por qué no se toman medidas cautelares en 2009 para evitar los vertidos (se requiere al denunciado para que tome las medidas necesarias, pero no lo hizo); y por qué no dieron cuenta al Ministerio Fiscal al acreditar los agentes que se estaban produciendo vertidos: “No sabe porque como instructora del expediente se limita a proponer, pero no sabe por qué el director de la Agencia no lo hizo”.

Seguidamente, y a la pregunta de si ¿en el caso de no haber denunciado una asociación particular (Ossinissa) el problema, se seguirían produciendo vertidos? Manifiesta que “según el técnico (de la APMUN) la actividad de vehículos fuera de uso continúa en las mismas condiciones, sigue sin contar con las autorizaciones para la gestión de residuos desde el año 2004 y se siguen produciendo vertidos (en junio de 2012, ocho años después de la primera denuncia del SEPRONA)”.

La denuncia original del SEPRONA destacaba que “se trata de un depósito de unos 500 vehículos a los cuales se les retiran las piezas para su venta posterior a particulares, además de realizar tareas de descontaminación para su compactación posterior sin contar con zonas adecuadas para el número de vehículos almacenados, ni dotadas de pavimento impermeable, ni con instalaciones adecuadas para la recogida de aceites”.

Y añadía: “No posee equipos para el tratamiento de aguas, incluidas las pluviales. No posee zonas cubiertas y con pavimento impermeable para almacenar los componentes retirados a los vehículos. No posee zonas adecuadas para almacenar baterías. No posee depósitos para almacenar separadamente los fluidos de los vehículos al final de su vida útil. No posee zonas para el almacenamiento de neumáticos”.

Pues bien, a pesar de que la propia resolución del expediente indicaba en 2008 que si el denunciado reconoce su responsabilidad (como finalmente ocurrió) se podía entender concluida la instrucción (y por tanto ejecutar la sanción, clausurar, etc.), tuvo que ser el Juzgado de Valverde, una vez más a petición de la Asociación Cultural Ossinissa, el que decretara el cierre del desguace en noviembre de 2013.

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