El Juzgado de primera instancia número 1 de Arrecife ha dictado una sentencia en la que declara la nulidad del contrato por el que una pareja adquirió acciones de Bankia en julio de 2011, cuando salió a Bolsa.
La sentencia destaca que la “información” que dio Bankia en la oferta pública de venta de acciones “resultó incorrecta e inveraz en aspectos relevantes, dando apariencia de una solvencia que no se correspondía con la realidad de su situación financiera”.
Los demandantes, representados por el letrado David Monte López, interpusieron una demanda en contra de la entidad Bankia por no ser veraz la información narrada en el ‘folleto informativo’, que debe publicarse siempre que exista una oferta pública de valores.
Debido a esta información errónea aportada por Bankia, los clientes afectados decidieron hacer una compra de acciones, en la que invirtieron 3.000 euros, que de haber sabido la verdadera situación económica no habrían hecho.
Menos de un año después de la 'oferta pública de suscripción' de acciones de Bankia se aprobaron la cuentas anuales de 2011 auditadas de la entidad que arrojaban unas pérdidas por 3.031 millones de euros. Los accionistas minoristas vieron que el valor de las acciones, que habían comprado a un precio de dos euros por acción de valor nominal, se reducía a un céntimo.
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