Archivada la querella contra el denunciante del caso Grupo Europa
La querella por apropiación indebida y falsedad documental presentada por el propietario de la mercantil inmobiliaria Grupo Europa, José Manuel Antón Marín, contra el que fuera su gerente en Canarias y denunciante de sobornos a políticos y funcionarios del Ayuntamiento de Telde durante el gobierno del PP y Ciuca (2003-2007), Francisco José Benítez Cambreleng, fue una estrategia del querellante para “intentar desprestigiar el testimonio” del querellado en la causa juzgada en 2014 en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con varias condenas de cárcel.
Así lo estima la juez instructora Ana Isabel de Vega, en un auto de 21 de agosto de este año en el que acuerda el archivo del procedimiento que en noviembre de 2008 se abrió contra el denunciante del caso, su esposa y un contratista de la mercantil madrileña por parte de su exjefe, más de año y medio después de que Cambreleng pusiera en conocimiento de la Policía la trama urdida por Antón en Telde con los máximos responsables de la política de viviendas sociales y el urbanismo.
Las diligencias practicadas por el Juzgado de Instrucción número 5 de Las Palmas de Gran Canaria arrojan que “no se evidencia en ningún momento que esa parte [querellante] haya articulado prueba alguna que fundamente sus imputaciones, dando lugar a que sea la parte querellada la que se ha desvivido durante la instrucción de la causa en acreditar la razón de ser de las cantidades que dice la parte querellante cobradas indebidamente por los querellados”.
El auto hace referencia expresa a la sentencia de la Sala Penal del TSJC en la que se da por probado que dos cheques de 30.000 euros cada uno emitidos y firmados por Cambreleng fueron a parar a manos de dos de los condenados por cohecho, el exjefe de los servicios de Urbanismo, José Luis Mena Santana, a siete años, y el asesor jurídico de Patrimonio Pedro Pablo Santana, a un año y cinco meses. En este caso, la vista por los recursos de casación presentados por los condenados ante el Tribunal Supremo se celebró la semana pasada, sosteniendo las defensas la teoría de la conspiración político-mediática y reiterando la Fiscalía la petición de penas.
La querella que pretendía demostrar que el dinero de los sobornos de Grupo Europa fue en realidad sustraído para su propio beneficio por el denunciante del caso, recogía una gran cantidad de cheques emitidos por el exgerente a los cuales el propietario de la mercantil achacaba apropiación indebida, pero a juicio de la instructora Antón se ha limitado a acusar a Cambreleng sin aportar prueba alguna, mientras que este “ha aportado múltiples facturas que justifican la emisión de esos cheques como pago por productos que él mismo adelantaba con su tarjeta personal de crédito, dado que la entidad de la que era gerente carecía de tarjeta de empresa y por lo tanto cuando se hacía necesario la compra de materiales de diversa índole, él los adelantaba pagando con su tarjeta para posteriormente repercutirlo en las cuentas de la sociedad emitiendo el oportuno cheque”.
El auto de sobreseimiento provisional detalla también “múltiples facturas giradas a cargo de Fábrica de Viviendas Majoreras (Favimar) por parte del querellado que la entidad querellante dice que no se deben a ningún tipo de trabajo”, sin que aporte la parte querellante explicación alguna a lo que sostiene, “frente al querellado que aporta informes y fotografías que justifican los trabajos realizados y la razón de ellos”. En el mismo sentido decaen también las imputaciones de apropiación indebida en la Junta de Compensación de La Lajita, también en Fuerteventura.
De este modo, la juez incide en la relación de esta querella con la denuncia del exgerente de Grupo Europa sobre el cobro de comisiones ilegales en Telde para la construcción de viviendas sociales, como estrategia de defensa de Antón Marín al achacar que el dinero destinado a sobornar a políticos y funcionarios –240.000 euros- en Telde fue en realidad sustraído por Cambreleng, argumento reiterado en el juicio del caso Grupo Europa.
“Ninguna prueba se ha articulado suficientemente por la parte querellante para acreditar lo por esa parte manifestado, tal como así se ha manifestado por el querellado, este es el que ha aportado múltiples documentos que desvirtúan sus alegaciones en su contra vertidas”, reitera la juez instructora indicando que la querella responde en vano al intento de hacer creer que la denuncia original de Cambreleng de sobornos en Telde por parte de Antón Marín pretendía ocultar “su propia ilicitud penal de haberse apropiado de diversas cantidades de dinero del grupo empresarial, bien mediante la emisión de cheques por su parte como falsificando facturas, etcétera”.