La portada de mañana
Acceder
El Gobierno da por imposible pactar la acogida de menores migrantes con el PP
Borrell: “Israel es dependiente de EEUU y otros, sin ellos no podría hacer lo que hace”
Opinión - Salvar el Mediterráneo y a sus gentes. Por Neus Tomàs

El anuncio en el BOP y la resolución de Presidencia abren el plazo para solicitar las ayudas sanitarias y extraordinarias

La Gomera Ahora

San Sebastián de La Gomera —

Por medio del anuncio publicado en el día de hoy miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y de una resolución de la Presidencia del Cabildo de La Gomera, se abre el plazo para solicitar las ayudas sanitarias y extraordinarias que alcanzan este año los 311.500 euros. De esta cantidad, 131.500 se corresponden a las sanitarias y 180.000 a las extraordinarias. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar a partir de mañana.

Las bases determinan que podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas residentes y empadronadas en La Gomera de forma ininterrumpida al menos con un año de antigüedad previos a la convocatoria. Los peticionarios deben encontrarse o soportar una situación como la que viene recogida en las bases.

Por necesidades extraordinarias se entienden aquellas destinadas a resolver una situación coyuntural que no resultando decisiva para la subsistencia del solicitante y de su unidad de convivencia familiar pueden alternar la estabilidad socioeconómica de los mismos.

Por asistencia sanitaria se entiende aquella que precise de la atención médica, tales como consultas, intervenciones quirúrgicas y pruebas no cubiertas por la seguridad social o entidad médica equivalente. También la que estando cubierta se acredite documentalmente haber permanecido en lista de espera al menos un año, en caso de intervenciones quirúrgica y tres meses en el de pruebas. Además, serán consideradas como tales las ayudas destinadas a financiar material de tipo ortopédico, bucodental, oftalmológico y farmacéutico. En este último caso cuando no estén cubiertos por la Seguridad Social.

La cuantía máxima a subvencionar se determinará en función de la baremación realizada y se otorgarán ayudas hasta agotar los créditos disponibles para cada uno de los conceptos. Los gastos subvencionables serán los que se encuentren soportados con una factura en el período entre el dos de octubre de 2014 y hasta la fecha de hoy, 29 de abril, momento en el que se ha abierto la convocatoria.

Entre los criterios que se tendrán en cuenta para otorgar las ayudas está la renta por unidad de convivencia mensual. También se tomarán en cuenta la existencia de signos externos de riqueza que sean incompatibles con la concesión de algunas de las subvenciones. “No sólo se valorará la mera existencia de patrimonio, sino sus reales posibilidades económicas en su salida al mercado”.