El exsecretario de Yaiza admite errores en los pagos al abogado Camero, pero niega el expolio: “Los servicios se prestaron”

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
16 de junio de 2022 19:22 h

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En una extensa declaración que se ha prolongado durante cerca de tres horas, Vicente Bartolomé Fuentes, exsecretario del Ayuntamiento de Yaiza, ha negado la existencia de una confabulación para enriquecer con fondos públicos y de manera fraudulenta al abogado Felipe Fernández Camero, que entre los años 1996 y 2012 percibió de la corporación casi un millón de euros. El funcionario, que es uno de los cuatro acusados en esta pieza separada del caso Yate, ha admitido que en la tramitación de esos pagos se produjeron errores y que pudo “obviarse algún paso intermedio”, pero rechazó “rotundamente” que se hubiera producido el expolio que denuncia la Fiscalía. “No se pagaba porque sí, sino porque se veía que se había realizado el servicio y que los precios eran acordes al valor del mercado”, ha manifestado en la tercera sesión del juicio. Una sesión que, a diferencia de las dos primeras, que tuvieron lugar en Arrecife, se han celebrado en Las Palmas de Gran Canaria. 

El Ministerio Público solicita penas de seis años de cárcel y diez de inhabilitación para tres de los cuatro acusados: Fernández Camero, Bartolomé Fuentes y el exalcalde José Francisco Reyes, que en 2017 ya fue condenado a seis años de prisión por la concesión masiva de licencias urbanísticas ilegales en la localidad de Playa Blanca. El cuarto es el extrabajador municipal Antonio Fernández Martín, que también ejerció como secretario accidental y autorizó algunos pagos al abogado. Para él se piden cinco años y medio de cárcel y nueve de inhabilitación. 

En su escrito de acusación, la Fiscalía sostiene que los procesados crearon la “ficticia apariencia” de que Fernández Camero prestaba servicios de asesoramiento jurídico al Ayuntamiento con el fin de justificar la “obtención ilegal de fondos públicos municipales”. Para ello, según el relato de la Fiscalía, se simulaba que se adjudicaban directamente al abogado o, a partir de 2004, a una sociedad administrada por él, denominada Adelfas 24 S.L. Ese año Fernández Camero había sido destituido como secretario del Ayuntamiento de Arrecife, cargo que había desempeñado desde 1976, por haber incurrido en una falta muy grave de incompatibilidad, ya que durante ese periodo siguió ejerciendo como abogado sin permiso del pleno de la capital lanzaroteña y formando parte de distintos consejos de empresas. 

Los peritos que declararon en la sesión del miércoles afirmaron que para autorizar esos pagos se prescindió “total y absolutamente” del procedimiento legal establecido, puesto que no había expediente de contratación ni justificación de su necesidad, ni presupuesto previo ni fiscalización de que el servicio se hubiera prestado de forma efectiva o de que los precios fueran ajustados. “Se presentaban las facturas y se ordenaba el pago sin más”, sostuvieron. 

Como ya hiciera el exalcalde Reyes, el exsecretario del Ayuntamiento de Yaiza, que también fue condenado por delitos de prevaricación, malversación y falsedad documental en el caso Yate, se ha escudado en un acuerdo plenario de 1980 para justificar los pagos que Fernández Camero percibía bien a través de una asignación mensual que fue variando a lo largo de esos años por servicios de asesoramiento legal o bien por la representación de la entidad local en procedimientos contencioso-administrativos. Para Bartolomé, ese acuerdo, del que le informaron nada más llegar a su puesto (en 1981), daba “suficiente cobertura” a la contratación del conocido letrado. 

A preguntas de las defensas, ha defendido que se trataba de un contrato “de tracto sucesivo” que solo exigía “una primera fiscalización” y que esta se llevó a cabo hace más de 40 años incluso por el secretario del Cabildo de Lanzarote, en acumulación de tareas ante la ausencia de este cargo en el Ayuntamiento de Yaiza. Las referencias a ese acuerdo de agosto de 1980 han sido constantes a lo largo de la intervención, aunque el representante del Ministerio Fiscal ha insistido en que lo que se juzga son los pagos realizados entre 1996 y 2012. “La oposición jamás presentó moción, escrito o proposición contra ese acuerdo de 1980”, contestó el funcionario. 

Según el exsecretario, Fernández Camero respondía “de forma afable” a las consultas sobre asuntos legales o de funcionamiento de la administración que le hacían los funcionarios o los concejales “por teléfono o por los pasillos”, acudía en calidad de asesor a los plenos municipales, primero a todos y después cuando se le requería, y representaba a la administración local en todos los contenciosos que se interponían. También “iba todos los sábados” al Ayuntamiento, “a partir de las diez” de la mañana, a “despachar los asuntos”. “El trabajo se prestaba a favor de los depositarios de esa ayuda”, aseveró.

El exsecretario se ha mostrado “agradecido” a Fernández Camero por la formación que le dio durante esos años y ha recordado que durante esa época no había técnicos municipales licenciados en Derecho a los que consultar. “Me asesoraba no solo a mí, sino al resto de la corporación. Aprendí muchísimo de él, era experto en derecho administrativo”. 

Bartolomé Fuentes defendió haber cumplido con sus obligaciones fiscalizadoras como secretario municipal. “Dentro de mis limitaciones”, ha precisado antes de asegurar que comprobaba que los precios de las minutas que presentaba el letrado para el pago de sus honorarios se ajustaban al valor del mercado. Tenía “un cuadernillo del Colegio de Abogados” que consultaba y, si tenía dudas, llamaba a procuradores de Lanzarote, Las Palmas o, incluso, de Madrid. 

Durante su extensa comparecencia, el representante de la Fiscalía fue mostrándole, año por año, ejemplos de minutas y autorizaciones de pagos con su firma y con diversas lagunas, desde la falta de fechas, cantidades tachadas y modificadas a mano, la falta del visto bueno del alcalde, ausencia de justificantes, de número de entrada en registro, pagos duplicados... Ante estas evidencias, el exsecretario municipal reconoció que pudo haber “equivocaciones” y cierta falta de diligencia para subsanar las deficiencias. En algunos casos, derivó la responsabilidad en el tesorero, que no figura en este causa. En otros, en la falta de mecanización de los trámites durante esa época y ciertos olvidos. Bartolomé defendió que, en cualquier caso, no eran defectos invalidantes y que lo relevante es que los servicios de asesoramiento legal se prestaron. 

“Las sentencias y todas las actuaciones (llevadas a cabo por Fernández Camero en representación de Yaiza) están en su correspondiente carpeta en el Ayuntamiento”, sostuvo el exsecretario municipal. Bartolomé ha disentido de las declaraciones realizadas en la sesión de este miércoles por los dos peritos (un funcionario de la Audiencia de Cuentas y otro de la Intervención General del Estado) y ha defendido que si dijeron que se obviaron los procedimientos legales y la labor de fiscalización de esos pagos es porque la documentación que recibieron para elaborar sus informes “no estaba completa”. 

Sobre la incompatibilidad de Fernández Camero para ejercer como abogado y secretario en Arrecife a la vez, Bartolomé aseguró que el Ayuntamiento de Yaiza no fue informado ni de la incoación del expediente ni de la posterior resolución de la Secretaría de Estado de Ordenación Territorial que propició su cese. A partir de ese momento (2004), los pagos no se giraron al abogado, sino a una sociedad administrada por él, Adelfas, aunque nada más cambió. 

Certificado en 2012

También declaró en la sesión de este jueves el extrabajador municipal Antonio Fernández Martín, que firmó once autorizaciones de pago actuando como secretario accidental. El funcionario, que es auxiliar administrativo y tiene solo el graduado escolar, ha afirmado que llamaba “a menudo” a Fernández Camero para consultarle dudas legales cuando ejercía ese cargo y que, en cuanto a las órdenes de pago, se limitaba a “hacer lo que hacía el titular”, esto es, “comprobar que había una factura, que tenía el visto bueno del alcalde y que había crédito presupuestario”. También manifestó que se cercioraba de que los servicios habían sido prestados, aunque no precisó cómo.

Fernández Martín elaboró el 4 de diciembre de 2012, poco antes de ser citado como imputado en esta causa, un certificado “en calidad de secretario accidental”, cargo que no ostentaba reglamentariamente en aquel momento, para tratar de acreditar que Fernández Camero había cumplido los servicios que figuraban en las facturas pagadas por el Ayuntamiento. En ese escrito se hacía referencia a su asistencia a los plenos y la redacción de las actas, a reuniones con vecinos en las que el abogado habría participado o a la elaboración de informes y dictámenes jurídicos. 

La Fiscalía sostiene que, con ese certificado, los acusados pretendían “dar credibilidad” a la prestación de servicios. El extrabajador municipal ha señalado que fue la entonces alcaldesa, Gladys Acuña, quien le pidió que lo elaborara. “Me dijo si podía reflejar el asesoramiento que había prestado” el abogado, “porque sabía que yo llevaba 30 años en el Ayuntamiento y podía tener más información”. Lo firmó como secretario accidental porque entendió que, con ese encargo, la regidora “le estaba nombrando” como tal. “Por conocimiento propio”, fue la expresión que este trabajador utilizó para justificar que lo que recogía ese documento era veraz.

El juicio continúa este viernes con la declaración de Felipe Fernández Camero, que ha estado arropado en esta sesión por uno de sus históricos clientes, el conocido empresario Juan Francisco Rosa, dueño de la bodega Stratvs. Entre loa asistentes de la sala de vistas se encontraba además Felipe Fernández de las Heras, hijo de Fernández Camero, también abogado. Su hermana, Juana Fernández de las Heras, representa a la sociedad Adelfas 24 en este procedimiento.