El Ayuntamiento de Breña Baja “ha dado un importante paso adelante en materia de energías renovables en la tarde de este lunes tras la aprobación en sesión plenaria de de unas novedosas y atractivas bases que regularán la concesión de subvenciones para instalaciones de producción de energía eléctrica y agua caliente sanitaria (ACS) en viviendas del municipio”, indica en una nota de prensa.
Con arreglo a dichas bases, señala, que serán publicadas en las primas fechas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y abrirán el plazo de solicitud de las ayudas, el Ayuntamiento ha duplicado la partida total de las ayudas, que ascenderá a 35.000 euros, y también la cuantía máxima subvencionable que se establecerá en 5.000 euros para la generación de energía eléctrica por medio de fuentes de energías renovables“.
Otra posibilidad abierta por primera vez en esta edición de la convocatoria, añade, es la obtención de un máximo de 1.000 euros para la producción de agua caliente sanitaria por medio de paneles solares térmicos.
“El futuro de Breña Baja pasa por un comportamiento protector del medio ambiente, de ahorro energético, que nos permita seguir disfrutando de un municipio sano, verde. Y vamos a respaldar a aquellos hogares y empresas que caminen en este rumbo. Por eso, el compromiso de este equipo de Gobierno es el de no escatimar y apoyar económicamente estos comportamientos, incrementando las ayudas cuanto podamos”, destaca Borja Pérez, alcalde Breña Baja.
La obtención de las ayudas, se apunta en la nota, estará condicionada, principalmente, a la entrega de una memoria técnica y económica que justifique detalladamente el ahorro de electricidad procedente de la red eléctrica, así como de emisiones de CO2 (dióxido de carbono).
Señala que podrán obtener la condición de beneficiaria de estas ayudas inmuebles o fincas con división horizontal, viviendas unifamiliares y naves o locales sin división horizontal. También es posible para un solo inmueble en edificios o fincas con división horizontal, en cuyo caso su caso la persona solicitante deberá aportar una autorización legal para realizar la instalación en las zonas comunes del inmueble, conectarse a dicha instalación de autoconsumo y ser la beneficiaria del autoconsumo. El importe de las ayudas será, como máximo, del 65% de los gastos subvencionables acometidos en la instalación.
¿Qué se puede subvencionar?
En el caso de inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo, se apunta en la nota, los gastos subvencionables computados serán los dedicados a elementos generadores, sistemas de anclaje y sujeción, inversores y/o rectificadores necesarios, aparataje afecto a la instalación, baterías y reguladores de carga o trabajos de ingeniería y/o legalización que no excedan del 10% del coste total de la instalación, así como el IGIC.
Mientras, agrega, en el caso de sistemas de producción ACS, los gastos computables serán los asumidos en placas solares térmicas, sistemas de anclaje y sujeción, canalizaciones y accesorios de fontanería afectos a la instalación, depósitos de ACS, trabajos de ingeniería y/o legalización que no excedan del 10% del coste total de la instalación, así como el IGIC.
El total de los costes de adecuación no podrá ser inferior a 2.500 euros en el caso de los proyectos de generación de energía eléctrica por medio de fuentes de energía renovable o de 500 euros producción de agua caliente sanitaria por medio de paneles solares térmicos.
El plazo dentro del que deben realizarse los gastos de ejecución del proyecto subvencionado abarca desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, mientras que el plazo de justificación se establece hasta el 15 de febrero de 2023.
Las bases, indica, establecen una concurrencia competitiva de las candidaturas y tendrán en cuenta de un modo favorable aspectos como nuevas instalaciones, ampliación de instalaciones existentes, acreditación del uso permanente de la vivienda o finca, no haber solicitado/recibido ayuda compatible, instalación con almacenamiento de electricidad en baterías, instalación de generación de energía eléctrica mediante más de una fuente de energía renovable (por ejemplo, fotovoltaica más eólica) o la acreditación del porcentaje de ahorro energético con respecto a la situación de partida.
“Estamos ante la ayuda más ambiciosa de cuantas hemos convocado para instalaciones domésticas en energías renovables. Hablamos de la cuantía más alta que se ha ofrecido en el ámbito local palmero para este tipo de ayudas”, añade Abel Pérez, concejal de Urbanismo en Breña Baja.
“La línea ayuda sigue ahora su trámite. Cuando se haya completado, publicado en el BOP y se abra la convocatoria, daremos a conocer las bases completas, que estarán disponibles en la web municipal, www.bbaja.es, e igualmente se podrán resolver dudas con nuestra Agencia de Desarrollo Local. Animamos a todos los vecinos y vecinas a consultarlas.”, añade Eva Rodríguez, edil de Desarrollo Local.
Compatibilidades
Las subvenciones previstas en las bases aprobadas por el Ayuntamiento de Breña Baja, se expone en la nota, serán compatibles con otras ayudas para la misma finalidad que otorguen otras administraciones públicas u organismos u organismos públicos, nacionales o internacionales, siempre que el importe de la ayuda o subvención, aisladamente o en concurrencia con otros incentivos, no supere el coste del proyecto.
De ahí, añade, que las beneficiarias deban comunicar al Ayuntamiento de Breña Baja la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Indica que en caso de que la beneficiaria obtenga subvenciones por alguna otra vía, la ayuda concedida de Breña Baja será como máximo del será del 65% de la cuantía que la persona o comunidad haya aportado con fondos propios.
Las personas o comunidades beneficiarias tendrán la obligación de ejecutar el proyecto y justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, concluye.