Los miembros del grupo de gobierno del Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane analizan si recurren o no la sentencia que anula la licencia municipal que se concedió hace tres años para acondicionar una planta de aglomerado asfaltico en el polígono industrial del Callejón de la Gata.
Como se ha informado, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife acaba de anular la licencia que la Alcaldía de Los Llanos de Aridane, entonces presidida por CC, otorgó en 2009 para la referida.
Felipe Campos, abogado de la plataforma vecinal que demandó al Ayuntamiento por permitir la citada industria, sostiene que si los actuales responsables del Consistorio llanense, integrantes del pacto PP-PSOE, deciden recurrir un fallo que “pone cordura a una decisión ilógica e irracional”, sería “un escándalo mayúsculo”.
En la citada sentencia, el tribunal ha admitido el recurso interpuesto por la aludida plataforma, formada por decenas de habitantes de la zona, contra la planta asfáltica levantada en el polígono del Callejón de la Gata. También ha anulado el decreto de la Alcaldía de Los Llanos del 12 de febrero de 2009, entonces presidida Juan Ramón Rodríguez de CC, que concedió a la entidad Ruiz Romero Firmes y Construcciones SL la licencia municipal de instalación de la citada fábrica.
El fallo, que puede ser recurrido en un plazo de 15 días, abre la posibilidad a que la empresa afectada plantee ante los tribunales la reclamación de una indemnización contra el Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane ya que, la factoría en cuestión, aunque aún no cuenta con el permiso de apertura, está completamente terminada y lista para producir al haber realizado, hace meses, las obligatorias pruebas de ajustes.
Felipe Campos entiende que la posible compensación “no sería millonaria” y, en todo caso, la Corporación llanense tendría el derecho a demandar el importe al departamento del Gobierno regional que dio luz verde al expediente. Tales asuntos, dijo, han de quedar en segundo lugar cuando “lo que realmente está en juego es la salud de las personas”.
El fallo, subraya, da la razón a los vecinos al señalar que “en el arco de los 500 metros alrededor de la planta asfáltica existen 90 viviendas aproximadamente y cinco colegios públicos”. Abunda asimismo que, en base al plano aportado por el Seprona, “existe mucha más población dentro de la distancia de 2.000 metros” y aclara que “no se trata de viviendas dispersas, sino de núcleos de población como Tajuya, Todoque y La Laguna”. La legislación, recordó, exige que para ese tipo de instalaciones no exista población a menos de dos kilómetros a la redonda.