La Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias ha dictado una serie de instrucciones para la organización del funcionamiento de los centros educativos públicos y concertados de Canarias de aplicación del 16 al 22 de marzo, que podrán prorrogarse.
En la Orden que recoge estas indicaciones se establece que los equipos directivos de los centros se organizaraÌn para garantizar la continuidad de la gestioÌn administrativa y para facilitar los servicios de limpieza, mantenimiento y obras en curso y que, debido a la ampliación de los plazos de todos los procedimientos administrativos en marcha, el personal responsable de los mismos podraÌ turnarse para garantizar dicha actividad. Cualquier otro personal de la administracioÌn educativa que sea necesario para el funcionamiento del centro se ajustaraÌ a las instrucciones efectuadas para los docentes.
Asimismo, para evitar aglomeraciones se priorizaraÌ la atencioÌn telefoÌnica (cita previa) y la atencioÌn telemaÌtica (web).
Los centros educativos, dentro de su autonomiÌa pedagoÌgica y sus recursos organizativos, estableceraÌn sistemas de comunicacioÌn con el alumnado para la continuidad del aprendizaje (Plataforma Moodle, EVAGD, Google Classroom, Blogs, etc.) Con el objeto de mantener el desarrollo del proceso de ensenÌanza-aprendizaje lo maÌs normalizado posible, se adoptarán medidas que permitan atender tanto a los criterios de Salud PuÌblica decretados por las autoridades sanitarias, como a la atencioÌn al alumnado.
El profesorado organizaraÌ su trabajo de forma que se planifiquen las actuaciones que puedan ser desarrolladas sin necesidad de acudir al centro educativo. Durante el periodo de suspensioÌn de las clases, los profesores y profesoras realizaraÌn actividades de formacioÌn en liÌnea, de actualizacioÌn de la competencia profesional, asiÌ como aquellas relacionadas con el uso de entornos virtuales de aprendizaje.
En este sentido, la Consejería de Educación reforzará la oferta de educación a distancia tutelada, actualizará los materiales y recursos -en este sentido, se facilitaraÌ al personal docente un repositorio de 6000 recursos educativos digitales disponible a través del enlace http://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/ecoescuela/recursosdigitales que se iraÌ ampliando progresivamente- y habilitará en los próximos días un repositorio de actividades tipo.
Además se incorporarán un enlace y tutorial con las instrucciones para acceder a los entornos virtuales de aprendizaje a través de la plataforma virtual de formacioÌn EVAGD y se prestará asesoramiento para resolver cualquier duda o incidencia relacionada con estos espacios a traveÌs del correo electrónico ate.ceu@gobiernodecanarias.org Asimismo, se ofrecerá informacioÌn permanente desde el Área de InnovacioÌn Educativa sobre las aÌreas, programas, proyectos e iniciativas en las que el profesorado puede participar.
En relación al profesorado que imparte docencia en ensenÌanzas adscritas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos utilizaraÌ los medios telemaÌticos y dispositivos tecnoloÌgicos disponibles (espacios virtuales, correos electroÌnicos y otras herramientas compartidas), para promover tareas, actividades o simulaciones que den continuidad a las programaciones didaÌcticas y al proceso de ensenÌanza-aprendizaje del alumnado.
En cuanto a la FP y Educación de Adultos, se garantiza la no interrupcioÌn de la gestioÌn administrativa y la elaboracioÌn de los proyectos en marcha con convocatorias abiertas de los diferentes departamentos de la ConsejeriÌa y otras administraciones para su presentacioÌn en tiempo y forma por la DireccioÌn del Centro, aunque quede pendiente la aprobacioÌn por los oÌrganos colegiados del mismo, como y talleres de innovacioÌn, premios de emprendimiento, proyectos de FP Dual, etc.
Dicho texto determina que los miembros de los equipos directivos son los responsables del cumplimiento de estas instrucciones y de informar de las mismas a la comunidad educativa (profesorado y familias), y establece que cualquier excepcioÌn a estas instrucciones se adoptaraÌ mediante autorizacioÌn de la correspondiente DireccioÌn Territorial.
En cuanto a los centros docentes privados no concertados, estos adecuaraÌn dichas indicaciones, en el marco de su autonomiÌa recogida en la Ley orgaÌnica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la EducacioÌn.