Las consejerías de Sanidad, a través de la Dirección General de Programas Asistenciales, de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, a través de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad, y de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, a través de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, han elaborado y publicado el Protocolo de derivación y funcionamiento interno de la Unidad de Atención Temprana.
Con este documento se busca establecer la coordinación, coherencia y optimización de los servicios de los sistemas sanitario, educativo y de Servicios Sociales procurando la complementariedad de las intervenciones y garantizando un único modelo de intervención.
Además, en el documento se definen las rutas a seguir por los profesionales implicados, así como los circuitos y derivaciones establecidos para atender a los pacientes según sus necesidades específicas.
Este Protocolo, constituye un gran logro, obtenido con un trabajo meticuloso y consensuado por parte de las disciplinas participantes y que se actualizará periódicamente para incluir todas aquellas modificaciones o mejoras necesarias en el abordaje de la Atención Temprana en Canarias.
Derivación
En un primer momento, cuando se detecten trastornos o riesgo de padecerlos la derivación a la Unidad de Atención Temprana (UAT) se hará desde los Servicios Especializados. Si la detección se realiza desde centros educativos, servicios sociales o en el entorno familiar, la familia deberá acudir al pediatra de Atención Primaria, quien realizará la derivación a Atención Especializada, donde se determinará si el menor es candidato a ser atendido en la UAT. Además, se está llevando a cabo y de forma progresiva, la derivación desde pediatría de Atención Primaria directamente a las UAT a medida que se van implantando dichas unidades.
Los profesionales del Centro de la Valoración y Orientación (EVO), adscrito a la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, tras la valoración para determinar el grado de discapacidad del o la menor, y una vez detectadas sus necesidades, harán la derivación correspondiente a su Área de Atención Temprana del Centro de la Valoración y Orientación a la Discapacidad (ATCB). Ambos servicios (UAT y ATCB) establecerán mecanismos de coordinación para regular y agilizar la lista de espera, facilitando, así, una rápida intervención de los menores y poder dar respuesta con la mayor brevedad a las necesidades de intervención temprana del paciente.
Los profesionales de Orientación Educativa, adscritos a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes que forman parte de la UAT, tras la valoración de las y los menores, se coordinarán con el centro educativo para una mejor intervención con cada niña o niño, la familia y el entorno, en función de las necesidades detectadas.
Trabajo de la Unidad de Atención Temprana
La (UAT) es un servicio especializado en el que se lleva a cabo la valoración, intervención y seguimiento a las y los menores que presenten trastorno del desarrollo o riesgo de padecerlo, su familia y su entorno.
El equipo multidisciplinar de la UAT está compuesto por profesionales de áreas como Psicología clínica, Logopedia, Fisioterapia, Terapia ocupacional, Orientación educativa, Trabajo social, Auxiliar de enfermería, Auxiliar administrativo y profesionales con formación en psicomotricidad.
La atención temprana
La atención temprana se define como el conjunto de intervenciones dirigidas a la población infantil de 0 a 6 años, a su familia y a su entorno que tienen por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños y niñas con trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos.
Estas intervenciones, que deben considerar la globalidad del menor han de ser planificadas por un equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o transdisciplinar.
Trabajos previos
Aunque en la Comunidad Autónoma de Canarias se realizaban valoraciones e intervenciones en menores con necesidad de atención temprana, es a partir de 2017 cuando comienza a trabajar en normalizar dicha disciplina entre las consejerías competentes en materia sanitaria, educativa y social, lo que ha permitido realizar un trabajo con criterios bien definidos por parte de todas las disciplinas implicadas.
En 2019 se publica la Ley de Atención Temprana, en 2020 comienzan a funcionar dos Unidades de Atención Temprana (UAT): una en Tenerife y otra en Gran Canaria. En 2021 se incorpora la UAT en Fuerteventura y se comienza a preparar para su incorporación a lo largo de este año las UAT en La Palma, Lanzarote, La Gomera, El Hierro y la segunda en cada una de las islas capitalinas.