Grupos semanales de 20 migrantes y sin derecho a un segundo abogado, así son las deportaciones de Canarias al Sáhara

Imagen de archivo de un grupo de personas en el CATE de Barranco Seco, de Gran Canaria

Natalia G. Vargas

23 de abril de 2022 06:01 h

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Cada jueves sale desde Canarias un vuelo de deportación de migrantes hacia el Sáhara Occidental. Después de más de un año con las fronteras cerradas, España retomó hace un mes los vuelos semanales de Royal Air Maroc que parten desde el aeropuerto de Gran Canaria hasta la capital del territorio saharaui ocupado por Marruecos, El Aaiún. Desde entonces, decenas de marroquíes y saharauis han sido ya expulsados de España, algunos de ellos sin haber cumplido plenamente su derecho a recibir asistencia letrada. 

En plena Semana Santa, cuatro jóvenes fueron deportados en un grupo de 20 personas sin haber visto a la abogada particular que habían contratado sus familiares, Loueila Sid Ahmed Ndiaye. “Estoy en la Jefatura de Las Palmas para asistir a unos chicos y, como hay vuelo de devolución esta tarde, la Policía no me deja asistirlos. Les están privando del derecho a la defensa por ser migrantes”, denunció la abogada experta en Inmigración y Extranjería. “Si los detenidos fueran un traficante de drogas o un agresor, no me habrían hecho eso”, ha explicado a esta redacción.

Los agentes se justificaron asegurando que Loueila Sid necesitaba la venia o el permiso de los abogados de oficio para poder entrevistarse con sus clientes. “La máxima potestad para elegir a un abogado es del cliente. Puedes tener un abogado o más. La venia no es una razón válida para impedir la reunión entre un abogado y un cliente, porque no está regulada por la normativa española. Es una mera cortesía”, explica el abogado especialista en Extranjería Daniel Arencibia. 

Para él, este caso es un ejemplo más de racismo institucional. Según Arencibia, esta interpretación de la venia solo se ha utilizado para bloquear la participación de un segundo abogado en casos relacionados con personas migrantes en situación administrativa irregular. La abogada presentó una denuncia ante el Juzgado de Guardia y pidió que, como medida cautelar, se suspendiera el vuelo de deportación. La jueza de guardia desestimó la petición argumentando, según el auto al que ha tenido acceso esta redacción, que los migrantes fueron asistidos por abogados de oficio y, por tanto, no se vulneró su derecho a la asistencia jurídica.

Ahora, Loueila Sid pretende iniciar acciones contra todas las personas que “vulneraron los derechos de los chicos que ya han sido devueltos”, ya que ellos han confirmado que habían pedido ver a su abogada. El abogado Daniel Arencibia apunta al artículo 537 del Código Penal, que establece que “la autoridad o funcionario público que impida u obstaculice el derecho a la asistencia de abogado al detenido o preso [...] será castigado con la pena de multa de cuatro a diez meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a cuatro años”. 

Por su parte, desde el Ministerio del Interior, que no suele ofrecer información sobre los vuelos de devolución, aseguran que “todos los retornos se están produciendo con todas las garantías legales”. 

Abogados de oficio y abogados particulares 

Todas las personas que llegan a Canarias por vía marítima tienen derecho a un abogado de oficio. El Gobierno de Canarias, en una resolución emitida en 2020, apuntó que las funciones de estos abogados del Turno Especial de Extranjería incluyen la asistencia en comisarías, juzgados, CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) o similares, así como la solicitud de protección internacional o asilo, los recursos contra la orden de internamiento y contra las órdenes de expulsión. Esta resolución fue recurrida por el Colegio de Abogados de Las Palmas ya que, según indica el propio Colegio, la retribución que obtienen por cada cliente no es suficiente en proporción a todas las funciones que deben desarrollar.

El derecho a un abogado de oficio no exime a las personas migrantes de poder contar con más abogados. Así lo recoge una resolución emitida en 2012 por la entonces jueza de control del CIE de Barranco Seco, Victoria Rosell: “En cuanto a los abogados, procuradores y, en su caso, notarios, podrán acceder al centro y visitar a las personas internadas identificándose con su carnet profesional, sin necesidad de designación previa, sino de consentimiento de la persona internada”. 

Intentos de ejecutar órdenes de deportación de 2020

El cierre de fronteras derivado de la pandemia evitó que las miles de personas que llegaron a Canarias en 2020 fueran deportadas. Los migrantes llegados a las islas pasaron al sistema de acogida y muchos de ellos pasaron meses bloqueados en el Archipiélago ante el refuerzo del control en los aeropuertos para impedir los desplazamientos de migrantes hacia otras comunidades autónomas. 

Ahora, con la reactivación del tráfico aéreo entre España y los países de origen de las personas llegadas a las Islas, las autoridades intentan ejecutar las órdenes de devolución emitidas en 2020. Es el caso de dos senegaleses que estuvieron retenidos en el CIE de Gran Canaria después de haber sido arrestados este año en un aeropuerto cuando regresaban desde la Península hasta Canarias para trabajar.  “La Audiencia Provincial de Las Palmas y también la de Santa Cruz de Tenerife han dicho que los acuerdos de devolución fenecen cuando el inmigrante alcanza la libertad dentro del territorio”, subraya su abogado, Daniel Arencibia. 

Ambos ya habían recibido asistencia jurídica a su llegada en 2020, pero la intervención de un abogado particular en los últimos meses era la única esperanza para que puedieran continuar con la vida que habían creado en España y no ser devueltos a Senegal. Uno de ellos quedó en libertad este viernes.

Los errores de 2020

En 2020, cuando más de 2.600 personas fueron hacinadas en el puerto de Arguineguín, distintos abogados ya denunciaron que España había dictado órdenes de devolución a migrantes que no habían recibido asistencia letrada. Fuentes de la Abogacía señalaron entonces a este medio que algunos letrados se justificaron apelando a la insalubridad del puerto. Por ello, se limitaron ''a firmar el papel“ que les da la Policía, sin entrevistarse con los migrantes tampoco en los hoteles donde eran acogidos cuando daban negativo en coronavirus.

La subdirectora de Human Rights Watch en España, Judith Sunderland, aseguró tras su visita a Arguineguín que muchos entrevistados declararon que no habían hablado con ningún abogado ni recordaban la presencia de letrados. ''Todos me dijeron que no habían entendido que el papel que les daban era una orden de devolución. Los que entendieron algo me dijeron que la Policía les explicó que con ese papel eran fichados y el papel servía para identificarlos si eran parados por la Policía“, explicó Sunderland.

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