Un joven de Gambia que lleva cuatro meses y medio en prisión como presunto patrón de un cayuco en el que murió al menos una docena de personas batalla en la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife para que se reconozca que tiene 17 años, como figura en la partida de nacimiento que ha aportado.
El caso de K. guarda algunas semejanzas con el de B.C., el adolescente senegalés de 17 años al que la Audiencia de Las Palmas dejó en libertad hace una semana tras haber cumplido tres meses en prisión preventiva, después de que Naciones Unidas emplazara a España a tratarlo como exige la Convención Internacional de los Derechos del Niño y a garantizar que no seguía recluido con adultos.
Los dos dicen tener la misma edad (17 años), ambos se enfrentan a la misma acusación (delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, con el añadido de homicidio imprudente en el caso de K.), los dos trataron de hacer constar desde el muelle de desembarco que eran menores y a ambos les sirvió de poco aportar su acta de nacimiento, porque la Justicia española presumió que era falsa.
Como al chico de Senegal, a este joven de Gambia también se le sometió a pruebas óseas (una radiografía de muñeca) cuando desde la prisión de Tenerife II advirtieron al Juzgado de Arona responsable del caso que su cayuco de que exhibía un documento donde constaba que tenía 16 años (hoy 17). Y con el mismo dictamen: mayor de 18 años.
El examen forense
Su examen médico, emitido el pasado 12 de enero, reconoce que “no es posible en estado actual de la ciencia establecer con certeza absoluta una correspondencia directa entre la edad radiológica (la deducida de las placas de rayos X) y la edad cronológica real”, pero el forense que lo firma no consignó el margen de error de la prueba y su traslación a una franja de edades posibles.
En Gran Canaria, a B.C. los forenses le adjudicaron 18,2 años, aunque dentro de un rango de 16,51 a 19,9 años, un detalle que resultó clave en su apelación ante la Audiencia de Las Palmas, porque el tribunal falló que esos resultados “casan más con una posible minoría de edad que con una certeza de que el sujeto sea mayor de edad”. Así que lo reconoció como menor y lo puso en libertad.
El joven de Gambia se encuentra ahora en la misma tesitura, a la espera de que resuelva su recurso la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, ante la que su letrada, Sara Rodríguez, ha apelado para recordar que la legislación española y la Convención Internacional de Derechos del Niño obligan a proteger el interés superior del menor y a presumir la minoría de edad en caso de existir dudas.
“Cuando hablamos de posibles menores, la desproporción de la medida de prisión es aberrante. Hay muchas otras formas de asegurar que esta persona sigue a disposición de la Justicia hasta que se aclaren los hechos, no hay motivo para no hacer valer la presunción de la minoría de edad”, asegura Rodríguez, que critica que “parece que las leyes no se aplican cuando se trata de patrones de pateras”.
K. llegó a Los Cristianos (Tenerife) el 28 de octubre de 2023, tras nueve días de navegación desde Gambia en un cayuco con un total de 226 personas a bordo, una de ellas ya cadáver (un adolescente). La cifra de muertos total de ese cayuco es superior, ya que sus ocupantes manifestaron en el muelle que durante la travesía habían muerto de 10 a 20 personas más, al quedarse sin comida y sin agua.
Desde el 31 de octubre está en prisión, porque la Policía y la Fiscalía cuentan con seis testigos que lo señalaron a él y a otros tres hombres como los presuntos jefes del cayuco, los responsables de llevar el timón y el GPS, de repartir la comida y de mantener a los pasajeros amedrentados, machete en mano. A K. se le atribuyen varios de esos papeles, según de qué testigo se trate, pero él los niega.
El reverso del incentivo a quien denuncia
La Ley de Extranjería incluye un aliciente en su artículo 59 para que aquellos migrantes que delaten a quienes participan de una forma u otra en el tráfico de personas o la explotación laboral se sientan protegidos: pueden quedar exentos de responsabilidad administrativa y no ser expulsados si los denuncian (art. 59.1).
Sin embargo, varios abogados que trabajan con migrantes en Andalucía y Canarias llevan tiempo avisando de que ese incentivo puede resultar perverso, porque puede ocurrir que un pasajero de una patera se sienta presionado a denunciar a otro simplemente por miedo a que lo denuncien a él. O, incluso, que el responsable de la patera piense que puede librarse denunciando él primero a otro.
La letrada de K. resalta, además, que en su caso la Policía interrogó a los ocupantes del cayuco en el mismo muelle de desembarco, cuando todavía estaban aturdidos por la dureza del viaje e impactados por la tragedia que se había vivido a bordo.
Rodríguez ha representado ya a varios migrantes acusados de patrones de los que tiene la convicción de que son menores, aunque la Justicia no se lo reconozca. Hasta ahora, siempre que ha logrado que salgan de prisión, no ha sido porque el juez admita la minoría de edad del afectado, sino porque entendió que había desaparecido el riesgo de fuga que justificaba la medida de prisión preventiva.
“Hablamos de algo muy serio, de niños en prisión. Con pruebas (las partidas de nacimiento) que tienen que admitirse conforme a las leyes, a las que se resta valor de forma arbitraria para violar la presunción de minoría. Esto supone una vulneración de los principios constitucionales de legalidad, seguridad jurídica e interdicción de la arbitrariedad” , denuncia esta letrada.