Asegura que la instrucción ya fue en un 99 por ciento convalidada y que la cadena de custodia está garantizada
MÁLAGA, 25 (EUROPA PRESS)
El fiscal Anticorrupción de Málaga, Juan Carlos López Caballero, ha asegurado que “el Estado de Derecho ha estado siempre presente en el caso 'Malaya'”, contra la corrupción en el Ayuntamiento de Marbella (Málaga), y que la instrucción llevada a cabo “ha sido correcta desde el plano jurídico” y avalada por resoluciones de distintos tribunales, por lo que ha considerado que “no hay ningún obstáculo” para la celebración del juicio.
Asimismo, López Caballero ha apuntado que la actuación de la Policía Judicial “se ha atenido estrictamente al estatuto que corresponde en un Estado de Derecho” y ha considerado que “no se puede poner en cuestión ni se pueden insinuar alteraciones del material probatorio que ha sido validado por el propio Tribunal Supremo”, por lo que ha estimado que “las críticas” y todas las cuestiones previas “deben ser desestimadas y rechazadas”.
El fiscal ha defendido las instrucciones tanto del primer juez, Miguel Ángel Torres, como del segundo, Óscar Pérez, y ha asegurado que “no hay que acudir a precedentes más o menos remotos o casos similares”, sino a dos resoluciones, una del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y otra del Supremo, dictadas en la causa desglosada del propio caso 'Malaya' sobre una persona aforada --en referencia al ex juez Francisco Javier de Urquía--.
En este sentido, y en concreto respecto a las intervenciones telefónicas, cuestionadas por todas las defensas, López Caballero ha destacado en la novena sesión del juicio que una sentencia del Tribunal Supremo en esa pieza desglosada señala “textualmente” que “en pocas ocasiones nos encontramos con actuaciones más meticulosas y detalladas como las que en este procedimiento ha llevado a cabo el Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella”.
Ha asegurado que el caso 'Malaya' es “una instrucción en un 99 por ciento convalidada por el órgano al que le correspondía”, tanto el juzgado instructor como la Audiencia de Málaga, y ha manifestado que la cadena de custodia de los documentos y los archivos informáticos intervenidos en los registros estuvo “garantizada” y está “perfectamente asegurada”, rechazando que se rompiera la cadena de custodia como indicaron las defensas.
Ha precisado que “quien recibe los distintos efectos es la Policía Judicial” y que “no hay prueba alguna” de una posible manipulación, por lo que “la prueba obtenida es totalmente válida y correcta”. “Los documentos no se los llevan personas ajenas a la investigación y los custodia desde su casa, se los lleva la Policía Judicial y los conserva en dependencias policiales bajo disposición de la autoridad judicial o el ministerio fiscal”, ha dicho.
Por otro lado, se ha manifestado sobre la petición formulada por la defensa del empresario Rafael Gómez 'Sandokán' para que se incorporaran a la causa las investigaciones realizadas sobre el acrónimo J.A.G. y “se despeje cualquier duda de existencia de ámbitos de impunidad por razón de la persona”, aunque ha matizado que en su opinión no es una cuestión previa como tal y ha estimado que no es algo sobre lo que la Sala deba pronunciarse previamente.
Así, el fiscal ha explicado que tras el hallazgo de un documento con esas iniciales en el trastero del presunto cerebro de la trama, Juan Antonio Roca, se dedujo testimonio, lo que dio lugar a un procedimiento separado “que terminó con declaración de sobreseimiento y archivo” por parte del segundo instructor por “no haberse podido acreditar los hechos”, ya que “la investigación no llegó a ningún término”.
SOBRE NULIDADES
López Caballero ha ido respondiendo a cada una de las alegaciones de las defensas, insistiendo en que la mayor parte de éstas “han sido revisadas” por la Audiencia, que en la mayoría de los casos “ha convalidado” las resoluciones de ambos instructores. “Parece que esto se obvia cuando se dice toda esta catarata de descalificaciones”, ha manifestado, al tiempo que ha apuntado que en esta fase “se han repetido hasta la saciedad” cuestiones que ya tuvieron respuesta.
Además, para el fiscal, algunas de estas alegaciones “no pueden provocar el efecto que se dice”, refiriéndose a las detenciones supuestamente indebidas, y ha recordado que sobre esto se plantearon querellas contra el instructor que no fueron estimadas. También se ha referido a una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre un arresto ordenado por el mismo juez pero en el caso 'Ballena Blanca', donde el Tribunal dice que “la queja debe ser desestimada”.
Respecto a la falta de competencia del primer juez para instruir la causa, ha insistido en que fue resuelta hasta en tres ocasiones por la Audiencia. Sobre la infracción de las normas de reparto, ha señalado que no tendría la consecuencia de nulidad alegada por las defensas, según la jurisprudencia que ha citado, aunque ha reiterado que esta cuestión también fue discutida previamente.
Sobre los registros en general, ha avalado su autorización, y respecto a los realizados en despachos de abogados, ha asegurado que “un despacho de abogados como tal no es ajeno a investigaciones que se puedan producir en el ámbito de un proceso penal”. En relación con los registros en establecimientos públicos, ha indicado que haber “obviado” el requisito del anuncio previo a la autoridad o jefe del mismo “no entraña lesión de garantía alguna”.
TRIBUNAL DEL JURADO
López Caballero se ha referido también a la alegación sobre el Tribunal del Jurado y ha asegurado que “si hay un procedimiento que no debiera ajustarse a estos trámites, es uno de la complejidad y de la envergadura del presente”. Ha argumentado que “hay supuestos de conexidad que no se admiten cuando se trata de procedimientos del Tribunal del Jurado” y ha indicado que “el blanqueo de capitales no está atribuido en la competencia del Jurado”.
En cuanto al hecho de que la causa fuera competencia de la Audiencia Nacional, ha asegurado que ya lo resolvió ese órgano. También se ha referido a la petición de prescripción de algunos delitos fiscales que se imputan a dos de los acusados, rechazando tal extremo.
ÚLTIMAS DEFENSAS
En esta sesión han expuesto las últimas defensas, como la de uno de los directivos de Portillo, que se ha adherido a las cuestiones previas, aunque ha hecho especial hincapié en que la empresa a la que representaba su cliente “ha sufrido supuestas coacciones antes de que los hechos se produjeran por el Ayuntamiento de Marbella”. “Se tenía que hacer lo que el Ayuntamiento decía en cada momento”, ha dicho su letrada, calificando la situación de “dictatorial” y “complicada”.
“Hasta tal punto se había llegado a presionar a esta empresa que se le precintó el tanque de gasolina de la estación de autobuses”, ha apuntado la abogada Fátima Cortés, que ha recordado que no hay resolución injusta a favor de su patrocinado. Ha manifestado que el instructor no tiene en cuenta esta situación en el auto de procesamiento, por lo que piden la nulidad de esta resolución.
Por su parte, el letrado Javier Muriel, representante del ex edil Emilio Jorrín, ha impugnado un informe que no tiene ni firma ni sello y en el que aparece la contabilidad de Maras Asesores y ha argumentado que otro documento policial está “incompleto” y roza “el absurdo”, por lo que considera que hay que declarar “nula” toda resolución que proceda de estos informes.
“La Policía sólo necesitó tirar de imaginación para encontrar cobijo judicial”, ha asegurado el abogado, quien ha alegado también que analizando las actas de detención y registros se ve que algunos agentes “actuaron en hasta tres registros” en la misma mañana, mientras que los acusados esperaban detenidos “gratuitamente”. “Esto ocurrió con el beneplácito del instructor y del fiscal”, ha apuntado.