MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha condenado a 4 años de cárcel a los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, autores del atentado de la T4 del aeropuerto de Barajas, por el intento de atentado al complejo comercial de Azca, en Madrid, antes de las elecciones generales del 9 de marzo de 2008.
El alto tribunal estima así el recurso presentado por la Fiscalía contra la sentencia dictada el verano pasado por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que absolvía a los etarras Igor Portu, Mattin Sarasola y Mikel San Sebastián del delito de conspiración para la comisión de estragos terroristas.
En una sentencia hecha pública este viernes, la Sala de lo Penal del Supremo entiende que sí deben ser castigados por este delito y considera que existieron actos que superaron la “mera ideación y el mero pensamiento” como fue la verificación de datos y la localización del escenario objeto del atentado.
Además, rechaza el argumento del tribunal de instancia que afirmaba que no hubo acuerdo de voluntades entre los acusados y argumenta que sí ha quedado acreditado que exteriorizaron esta intención. Los magistrados han tenido en cuenta que los etarras recibieron órdenes de la cúpula de la banda terrorista y asumieron estas instrucciones y sus “contenidos delictivos”.
“Estos miembros de al banda no adoptan el acuerdo sino que lo ejecutan, siendo la banda quien decide la realización de una acción típica de un hecho delictivo”, indica la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, que subraya que la concreción del hecho delictivo es “clara”, como es la realización de un atentado con coche bomba en una zona de Madrid.
Para ello, añade, los acusados asumieron la acción y fueron conscientes de que contribuía “eficazmente a la realización del hecho dispuesto por la banda”, para lo que alquilaron un coche, se desplazaron a Madrid y localizaron el lugar del atentado siguiendo los designios de la banda criminal.
El Ministerio Público defendió en el recurso de casación interpuesto el pasado junio que había un suficiente grado de concreción y preparación para una “próxima” ejecución del atentado, “aun pendiente de la disposición por la jefatura de la banda armada”.
Los magistrados de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández Prado (ponente) y Javier Martínez Lázaro justificaron la absolución al considerar probado que los acusados realizaron “una labor de información, a petición de la dirección de la banda, propia de su actuación como comando operativo de la organización” aunque “no consta que existiese una decisión de ejecutar” este atentado y “no habían recibido, al menos antes de su detención, la orden de llevarlo a cabo”.
FALTA DE PRUEBAS
El Ministerio Público, sin embargo, rechazó recurrir la absolución de Joseba Iturbide, que se enfrentaba a 30 años de prisión por los delitos de integración en organización terrorista, tenencia de explosivos y conspiración para la comisión de estragos. En su caso, el tribunal justificó la absolución argumentando que su vinculación al 'comando Elurra' se limita a la declaración de Sarasola y no ha sido corroborada por ningún indicio externo.
No obstante, la sentencia condenó a Portu, Sarasola y San Sebastián a entre 16 y 17 años y medio de cárcel. A los tres les aplicó nueve años por pertenencia a organización terrorista y siete por tenencia de explosivos, en relación con los dos zulos que se hallaron tras la desarticulación del comando. Además, a los dos primeros les impuso otro año y medio de prisión por tenencia de armas, por las pistolas que llevaban el día de su detención, el 6 de enero de 2008.
Estas penas se suman a los 1.040 años de cárcel a que fueron condenados este mes de mayo por la Sección Tercera de la Audiencia Nacional por el atentado que se produjo el 30 de diciembre de 2006 en la T4 de Barajas y en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
Portu y Sarasola comparecieron la semana pasada ante la Audiencia Nacional por el robo de una caravana en agosto de 2007 y su posterior abandono en un olivar de Coves de Vinromà (Castellón), juicio que proseguirá el próximo 26 de mayo.