El Plan afecta a Betancuria, Puerto del Rosario, Antigua, Tuineje y Pájara, según recoge el BOC, que este lunes publica esta aprobación inicial, lo que junto al Informe de Sostenibilidad Ambiental hace que queden suspendidas el otorgamiento de licencias. De esta manera, el departamento autonómico somete el expediente al trámite de información pública y consultas durante un plazo de 45 días a partir de mañana.
El Parque Rural de Betancuria se localiza en el sector centro-occidental de la isla de Fuerteventura y ocupa una superficie de 16.210,82 hectáreas, en los términos municipales de Betancuria (56,84% de la superficie del Parque), Puerto del Rosario (18,91%), Pájara (18,33%), Antigua (4,95%) y Tuineje (0,97%). El Macizo de Betancuria constituye uno de los más espectaculares afloramientos del complejo basal insular, con un elevado valor científico y paisajístico, e importantes depósitos de materiales antiguos, con sedimentos oceánicos y fósiles de animales marinos desaparecidos, que constituyen en la actualidad el Monumento Natural de Ajuí.
Los objetivos generales del Plan de Uso (PRUG) de este Espacio Natural Protegido son mantener la integridad de las estructuras geomorfológicas y garantizar la protección de los suelos y el mantenimiento de los acuíferos. Además, persigue conservar los hábitats naturales y la regeneración de las zonas degradadas; conservar la flora y fauna autóctona con especial atención a las especies amenazadas y endémicas; conservar y promover el patrimonio de interés histórico, artístico, arqueológico y etnográfico; y conservar el paisaje tradicional mediante el fomento de las actividades tradicionales.
Desarrollo sostenible
Así mismo, con este documento se pretende potenciar estrategias de desarrollo endógeno y sostenible que armonicen la conservación de los valores ecológicos y culturales del Parque Rural con la mejora de la calidad de vida de sus habitantes; fomentar el desarrollo de un uso público en el Parque, basado fundamentalmente en actividades ligadas a la educación, interpretación ambiental y ocio. A la vez, busca promover un mejor conocimiento científico de los recursos naturales y culturales del Parque Rural y su problemática de gestión; y establecer los aspectos básicos que han de regir la gestión del Parque Rural tanto en lo relativo a la regulación de actividades como a los aspectos de índole administrativo.
El PRUG también fija una zonificación mediante la que se delimitan zonas, con diferente destino y utilización dentro del área protegida, en razón del mayor o menor nivel de protección, de su capacidad para soportar usos o de la necesidad de ubicar servicios en ella. De esta manera, el Parque Rural se ordena según la siguiente zonificación: zona de exclusión (62,99 hectáreas), zona de uso restringido (1.148,91 ha), zona de uso moderado (5.643,37 ha), zona de uso tradicional (9.295,38 ha), zona de uso general (29,70 ha) y zona de uso especial (30,47 ha).