Catedrática afirma que los pinchazos telefónicos se hacen por la sospecha “objetiva” de que se ha cometido un delito

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 24 (EUROPA PRESS)

La profesora titular de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid, autora del libro 'Derecho al secreto de las comunicaciones', Ascensión Elvira Perales, ha afirmado este jueves que cuando se interviene un teléfono durante una investigación judicial “se tiene que ser sobre la sospecha objetiva de que se comete un delito”. “No puede hacerse a ver si resulta algo”, aclaró.

Perales explicó en declaraciones a 'Canarias Radio La Autonómica' que un teléfono “se puede pinchar en casos en los que se ha cometido un delito grave y es necesario contar con esa medida para esclarecerlo”. “El juez decide por cuanto tiempo y suele ser el periodo más breve posible, es decir, plazos cortos de 15 días o un mes, prorrogados a la luz de las investigaciones”, añadió.

En este punto aprovechó para decir que las intervenciones tienen que corresponder a lo que se investiga, “pero cuando a la luz de la intervención aparezca algo que haga suponer otro delito distinto cabe investigar ese nuevo delito”. “Eso si se trata de un delito diferente. A partir de ese momento es necesario una nueva autorización judicial con todos los extremos”, prosiguió la experta en Derecho Constitucional que incidió aquí en que “cosa distinta es que el nuevo hecho esté relacionado con el anterior”.

“No se puede pinchar en busca de algo. Tiene que ser sobre la base de la sospecha objetiva de que se comete un delito”, repitió la profesora que indicó que las escuchas las realizan la Policía o la Guardia Civil. Detalló que es el juez el que dice quién se ocupa. Explicó que habitualmente se recogen los datos externos, pero si se autoriza a conocer el contenido de las conversaciones se graban las cintas que deben trasladarse al juez “íntegramente”.

FILTRACIONES

Perales afirmó que la transcripción la puede llevar la policía, “pero el secretario judicial tiene que comprobar que se corresponde con lo grabado”. Por ello concluyó que en principio no cabrían las filtraciones, aunque reconoció que pueden darse y por esto concluyó que la persona que no garantiza el secreto de las cintas es responsable.

“Se podría investigar a los responsables. Hay que depurar responsabilidades porque filtrar podría ser un delito”, aseguró.

Sobre la publicación de una filtración, la experta en Derecho señaló que el periodista en principio no cometería ningún delito, aunque aclaró que se trata de una cuestión “compleja” porque “no está aclarado en determinados extremos”. Aquí indicó que hay que tener en cuenta “qué tipo de información se da, si es de interés general, se forma opinión pública y si afecta a derechos de determinadas personas, a la intimidad y honor de las personas”. “Hay que sopesar que derecho pesa más”, apostilló.

La profesora indicó que la persona a la que se la intervenido el teléfono puede saberlo cuando se haya pasado a otra fase del procedimiento. “Si lo conociese, muy tonto tiene que ser para hablar determinados asuntos”, ironizó.

ESCUCHAS ILEGALES

Acerca de la posibilidad de ser objeto de una escucha incorrecta, expuso Perales que se puede denunciar o incluso ser el Ministerio Fiscal quién lo haga. Además opinó que los abogados deberían ser “cautos” a la hora de informar sobre determinados asuntos. “Una vez que se levanta el secreto del sumario corresponde a ellos decidir si es conveniente”.

Por último y sobre el número de escuchas que se dan, afirmó que le parece una situación “vergonzosa”. “Por lo que conocemos los ciudadanos, no está muy claro quién lleva a cabo los pinchazos ni de quién parten las filtraciones”, dijo para exponer que ello le parece “grave”. Se refería aquí al denominado 'caso Arona' en el sur de Tenerife y a los casos en Madrid, “donde parece que todo el mundo investiga a todo el mundo”.