LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 2 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía ha solicitado imponer 32 años de cárcel para un hombre acusado de presuntamente intentar quemar vivas y propinar una paliza a su pareja, Antonia Cabrera, y a la hija de ésta de ocho años de edad, tras una discusión en el domicilio familiar en Ingenio (Gran Canaria).
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas acogerá desde mañana (09.30 horas) el juicio contra E.J.R.C., por dos supuestos delitos de asesinato en grado de tentativa y dos delitos de malos tratos no habituales en el ámbito familiar, según el escrito de conclusiones provisionales en el Ministerio Público al que ha tenido acceso Europa Press.
El escrito precisa que durante un período de cuatro meses, entre junio y octubre de 2006, el procesado mantuvo una relación afectiva con Antonia Lourdes Cabrera --conocida popularmente como Toñi Cabrera, cantante de la isla--, con la que llegó a convivir en Ingenio, junto a la hija de ésta.
Sobre las 22.00 horas del 10 de octubre de 2006 se inició una fuerte discusión familiar entre él y su pareja. E.J.R.C., guiado presuntamente “por el incuestionable propósito de acabar con la vida” de la mujer y de su niña, las encerró en un pequeño habitáculo bajo la escalera de la casa.
SABÍA EL “INHUMANO PADECIMIENTO” DE LAS VÍCTIMAS
La Fiscalía denuncia “la evidente finalidad de que las mismas no pudieran valerse de medio defensivo alguno ante la acción que pretendía llevar a cabo”.
Así, relata que el procesado cogió una bombona de gas e introdujo parte de la manguera por una rendija del referido habitáculo y, después de accionar el mecanismo de combustión, comenzó a quemar a ambas “con absoluto desprecio por su vida y siendo plenamente sabedor del terrible e inhumano padecimiento que con tal acción se estaba produciendo” en la niña y la mujer.
Tras este hecho, E.J.R.C. subió a la mujer y a la niña al segundo piso de la vivienda y, una vez allí, “ya desvanecido el ánimo de acabar con la vida de ambas, pero con renovado propósito de menoscabar la integridad física ajena, comenzó a agredirlas mediante patadas, empujones y golpes de diverso tipo”, añade el Ministerio Público.
ADUJO “UN ACCIDENTE CASERO”
Finalmente, el acusado decidió llevar en su vehículo a la niña y a la mujer hasta el Hospital Universitario Materno Insular y, con la finalidad de eludir toda responsabilidad por los hechos cometidos, una vez arribado al complejo hospitalario adujo que ambas perjudicadas habían sufrido “un accidente casero como consecuencia de la explosión fortuita de una bombona de gas”.
Como consecuencia de tales hechos, la menor sufrió quemaduras con afección en la cara, tórax, espalda y en distintas extensiones de los cuatro miembros, estableciéndose una profundidad de segundo grado y una extensión del 28 por ciento de la superficie corporal. Como secuelas, la niña padece un perjuicio estético bastante importante, así como un trastorno por estrés postraumático.
Por su parte, Antonia Cabrera sufrió quemaduras de primer y segundo grado en el 42 por ciento de su cuerpo, siendo profundas en un 35 por ciento, en miembros superiores e inferiores, tórax, cuello y ara, padeciendo de insuficiencia respiratoria aguda y síndrome de inhalación de humo.
Según el informe forense, la mujer padece, como secuelas, un perjuicio estético “importantísimo”, dificultades en la extensión de uno de los dedos de la mano derecha y estrés postraumático crónico asociado a un estado ansioso-depresivo moderado.
INTENTÓ HUIR
El procesado, que sobre las seis de la mañana del día 14 de octubre de 2006 fue detenido en el aeropuerto de Gran Canaria por agentes de la Guardia Civil cuando intentaba huir, ha estado en prisión provisional por esta causa desde ese mismo día.
Por todo ello, la Fiscalía solicita 15 años de prisión por cada uno de los dos delitos de asesinato en grado de tentativa; así como dos años de cárcel por dos delitos de malos tratos no habituales en el ámbito familiar y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años.
Además, interesa que se imponga al procesado la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y comunicarse por cualquier medio con la mujer y su hija durante un período de 10 años en relación a cada uno de los dos delitos de asesinato intentado, y durante un período de dos años para cada víctima en relación a los dos delitos de malos tratos cometidos.
En concepto de responsabilidad civil, pide que E.J.R.C. indemnice a Antonia Cabrera y a su hija con 90.000 euros para cada una de ellas como consecuencia de las lesiones producidas y los daños morales causados.