SANTA CRUZ DE LA PALMA, 16 (EUROPA PRESS)
El consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, ha anunciado este miércoles en el Parlamento de Canarias, que el Ejecutivo canario, a través de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, ha autorizado la instalación, con condicionantes, y la puesta en marcha de una planta de aglomerado asfáltico en el municipio palmero de Los Llanos de Aridane tras haberse acreditado el cumplimiento de todas las condiciones reglamentarias.
Esta planta, según ha dicho el consejero, se ubica en el suelo industrial denominado Callejón de La Gata. Domingo Berriel, quien recordó que, por parte del departamento que dirige, en abril de 2008, se realizó Declaración de Impacto Ambiental (DIA) condicionada, en la que se consideró poco significativo el impacto previsible del funcionamiento de la planta, además subrayó que, hasta el momento, “se ha realizado la materialización de los aprovechamientos previstos y de derechos urbanísticos consolidados, por lo que al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane sólo le cabe comprobar que los proyectos tengan todas las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y, previa solicitud, proceder a la concesión de la licencia de obras”.
Una vez instalada la industria y concedida la autorización de funcionamiento, además se deberá “efectuar un seguimiento de la actividad, de su correcto y adecuado funcionamiento, vigilando por el cumplimiento de toda la normativa y realizando para ello todos los controles que sean precisos”, manifestó el consejero.
NUEVA INSTALACIÓN
Además de la referida planta de aglomerado asfáltico que ya cuenta con la autorización de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, “se está tramitando la autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera de una instalación nueva en el mismo polígono industrial y la Declaración de Impacto Ambiental como trámite previo a la autorización del departamento de Industria”, puesto que en el PGO del municipio se prevé una ampliación hacia el sur del actual polígono del Callejón de la Gata, en el que se asentar una actividad industrial de tipo pesado, mientras que en el entorno del actual suelo industrial de Las Rosas, al ser contiguo a suelo urbano residencial, se posibilita un uso mixto, entre residencial y de actividad de transformación y comercial, indicó al respecto el consejero.
Según ha aclarado el responsable autonómico en la materia, “el Plan General del municipio de Los Llanos de Aridane propone un modelo de desarrollo que, en el plano económico, apuesta claramente por el mantenimiento del paisaje agrario en sus dos vertientes, tanto en zonas o cultivos de medianías como en lo concerniente al cultivo del plátano, por contener elementos de valor económico, cultural y paisajístico, pero, además, abre o amplía el abanico de posibilidades que el territorio puede brindar para diversificar la actividad económica del municipio, posibilitando o ampliando la implantación de la actividad comercial, turística y de servicios, y la industria, ya sea pesada o de transformación”.
La nueva planta, que está afectada por la Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, “debe contar con autorización como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera”, cuyo contenido comprende “los valores límite de emisión de los contaminantes, las prescripciones para reducir la contaminación a larga distancia o transfronteriza en su caso, los sistemas y procedimientos para el tratamiento y control, con especificación de la metodología de medición, su frecuencia y los procedimientos para evaluar las mediciones; las medidas relativas a las condiciones de explotación en situaciones distintas a las normales, que puedan afectar al medio ambiente, como la puesta en marcha, fugas, fallos de funcionamiento, paradas temporales o cierre definitivo; y el plazo por el que se otorga la autorización”, según explicó el titular del departamento autonómico.
Por otro lado, este tipo de actividades, no obstante, según aclaró, “no requieren de Autorización Ambiental Integrada, ya que no están incluidas en la relación que fija el Anexo 1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación”, Anexo que recoge actuaciones principalmente industriales divididas en nueve grupos: Instalaciones de combustión de potencia térmica superior a 50 megawatios, refinerías de petróleos y gas, actividades de producción y transformación de metales, algunos tipos de industrias minerales y químicas, actividades de gestión de residuos que superen determinadas capacidades, industrias de papel y cartón, de tinte de fibras o productos textiles; curtido de cueros e industrias agroalimentarias e instalaciones ganaderas.