LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 1 (EUROPA PRESS)
El departamento canario de Vivienda ha publicado la orden por la que se regulan los términos, condiciones y procedimiento para la concesión de ayudas destinadas a atender los costes de los contratos de arrendamiento que se hayan realizado o se tengan que formalizar, por el desalojo de la vivienda habitual, motivado por movimientos sísmicos y erupciones en la isla de El Hierro.
En un comunicado, el Ejecutivo regional explicó que la cuantía de la ayuda será de 350 euros mensuales, a no ser que el alquiler sea inferior, y será abonada durante el período que la autoridad competente haya acordado el desalojo de la vivienda.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios, usufructuarios o arrendatarios del inmueble desalojado, cuando esta sea su domicilio habitual y dispongan de ingresos familiares iguales o inferiores a 4,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Por su parte, si el solicitante de la ayuda disponía del uso de la vivienda desalojada en virtud de un contrato de arrendamiento, sólo tendrá derecho a la ayuda por el importe resultante de la diferencia entre la renta de la vivienda desalojada y la vivienda de nuevo arrendamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a partir de la publicación de la orden hoy jueves, 1 de diciembre, o 15 días desde que se dicte la orden de desalojo.
Finalmente, como especifica la orden publicada, en el caso de que el periodo de desalojo ordenado por la autoridad competente supere el mes, se requerirá al interesado para que presente las facturas mensuales del alquiler abonado y se podrán hacer resoluciones periódicas de reconocimiento de abono por tales periodos.