SANTA CRUZ DE TENERIFE, 4 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Canarias podrá autorizar obras de interés general para el suministro de energía eléctrica que equivaldrán a licencias urbanísticas municipales sin contar para ello con el visto bueno de ayuntamientos o cabildos.
Así se desprende en el Boletín Oficial de Canarias de este viernes en que se anuncia la modificación de varias leyes vinculadas al sector eléctrico así como las directrices de Ordenación Generales y las del Turismo de Canarias.
Bajo el argumento de las dificultades que ofrece la normativas a la horas de hacer frente a “situaciones de urgencia”, el Gobierno canario con el respaldo del Parlamento ha aprobado una modificación sobre el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario, en la redacción dada por la Ley 8/2005, de 21 de diciembre.
Estas autorizaciones se podrán dar “cuando razones justificadas de urgencia o excepcional interés aconsejen la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica, la consejería competente en materia de energía podrá declarar el interés general de las obras necesarias para la ejecución de dichas instalaciones”.
“Los proyectos de construcción, modificación y ampliación de las instalaciones a que se refiere el apartado anterior, se someterán a un régimen especial de autorización y no estarán sujetos a licencia urbanística ordinaria o a cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular”, han argumentado para decir que se enviarán a ayuntamientos y cabildos para que muestren su parecer.
No obstante, “en caso de disconformidad con el planeamiento o en ausencia de éste, se elevará el proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución y, en el primer caso, precisará los términos de la ejecución y ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento territorial o urbanístico”.
“El acuerdo favorable del Gobierno de Canarias al que se refiere el apartado anterior, legitimarán la ejecución de los actos de construcción, edificación y uso del suelo incluidos en los correspondientes proyectos de instalaciones de generación, transporte y distribución, sin necesidad de ningún otro instrumento de planificación territorial o urbanística y tendrán el carácter de autorización especial equivalente a la licencia urbanística municipal, a los efectos de lo previsto en el artículo 100.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”, ha añadido el Boletín que asegura que esto afectará a sistemas insulares aislados