El Gobierno canario ignoró un informe jurídico y ascendió a dedo a comisario al actual jefe de la policía autonómica

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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La Dirección General de Seguridad del Gobierno de Canarias ignoró un informe de sus servicios jurídicos para ascender a dedo, de subcomisario a comisario, al actual jefe de la Policía Autonómica, Antonio Almenara. La administración basó ese ascenso en el artículo 39 de la ley de creación del cuerpo autonómico, que contempla la posibilidad de destinar de manera temporal a funcionarios a puestos de superior empleo. Sin embargo, lo hizo sin que mediara para ello una convocatoria pública de todo el personal que cumpliera los requisitos y sin una valoración de méritos (puesto en el escalafón u otros), pese a que así lo exige la norma, según precisa un informe del servicio de régimen jurídico y modernización de la propia Dirección General de Seguridad que está fechado tan sólo 21 días antes de su nombramiento como comisario.

Los hechos sucedieron en octubre del año pasado. El entonces jefe de la Policía Canaria, Luis Santos Jara, en el cargo desde abril de 2012, había causado baja laboral como consecuencia de un conflicto con la consejera de Seguridad, Nieves Lady Barreto (Coalición Canaria), que ha acabado judicializado, con el alto cargo acusando a la política de varios delitos, entre ellos acoso laboral. Para suplir esa baja, la dirigente nacionalista nombró jefe accidental a Antonio Almenara, que era subcomisario. Ni hubo convocatoria pública ni se llevó al Consejo de Gobierno. El elegido no era, tampoco, quien ostentaba el mayor puesto en el escalafón, ya que hay otro subcomisario, Jesús González, por encima.

Tan sólo cuatro días después de su nombramiento como jefe accidental, Almenara fue a ascendido a “comisario URO (Unidad de Recursos Operativos)” en virtud de ese artículo 39 de la Ley 2/2008 del Cuerpo General de la Policía Canaria, lo que conllevaba no sólo un aumento retributivo de alrededor de 400 euros mensuales, sino, además, que de esta manera superaba en rango al otro subcomisario.

La resolución que autoriza ese ascenso está firmada por el director general de Seguridad, David del Pino, que antes de acceder a este cargo político también ejercía como subcomisario en la policía autonómica. Está fechada el 30 de octubre. El día 9 de ese mismo mes, 21 días antes, sus propios servicios jurídicos habían emitido un informe, precisamente encargado por el alto cargo, sobre la aplicación del mentado artículo 39 sobre destino temporal a puestos de superior empleo.

En ese informe, el jefe del servicio jurídico había realizado dos advertencias. La primera, que este sistema de provisión “excepcional” de puestos de trabajo, esos ascensos vía artículo 39, sólo pueden realizarse sobre el personal que ostente la titulación exigible al subgrupo de la Función Pública en que se encuadre el empleo al que aspira. Y el actual jefe de la Policía Canaria cumplía este requisito, ya que pertenece a la escala superior en el grupo A y subgrupo A1, en el que se integran los puestos de comisario principal, comisario y subcomisario.

Un ascenso de forma directa, sin convocatoria

Sin embargo, ese informe también alertaba de que la ley impone una convocatoria pública previa de todo el personal que cumpla los requisitos y que recoja un baremo de méritos, como por ejemplo el puesto en el escalafón. Y esto no lo hizo el director de Seguridad, que concedió el ascenso de forma directa, sin convocatoria, pese a que había otro candidato con un puesto más elevado en el escalafón.

Este ascenso sería utilizado meses después para mantener a Almenara en la jefatura del cuerpo tras la reincorporación de su anterior inquilino, Luis Santos Jara. En esta ocasión, a través de una orden firmada por el consejero de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, Pablo Rodríguez, en sustitución de Nieves Lady Barreto, puesto que su compañera en el Consejo de Gobierno se había abstenido de cualquier actuación que involucrase a Santos Jara por su conflicto con él.

Para tratar de justificar la destitución de Santos Jara y la designación en su lugar de Almenara, esa orden consideraba “imprescindible” separar un cargo, el de jefe del cuerpo (de libre designación, aunque sujeto a los principios de objetividad, mérito y capacidad), de un puesto, el de comisario principal, que ostenta con carácter definitivo desde noviembre de 2022 el mando defenestrado por el actual Gobierno de CC y PP.

Además, esa resolución hacía referencia a la necesidad de “contar con una policía de proximidad centrada en la excelencia”, para lo que se fijaba “como objetivo específico implantar sistemas de gestión con una clara orientación hacia la modernización de la organización policial”. En ningún momento hace referencia al informe jurídico del 9 de octubre, pero sí a uno posterior (del 2 de noviembre) sobre el “posible equívoco” de limitar el acceso a la jefatura del cuerpo a quienes ostenten el empleo de comisario principal, aclarando que pueden ocupar ese cargo quienes pertenezcan “a la escala superior”, comisarios y subcomisarios incluidos.

La designación de la jefatura de la Policía Canaria está recogida en el artículo 23 de la ley de creación del cuerpo y estipula que este cargo será elegido por el Gobierno de entre los miembros de la escala superior por un procedimiento de “libre nombramiento” pero “con convocatoria pública, de acuerdo a los principios de objetividad, mérito y capacidad, pudiendo ser removido libremente”. El apartado 3 de ese artículo precisa que, en los casos de “vacante, ausencia o enfermedad” del jefe del cuerpo, será el consejero competente en materia de Seguridad quien designe a su suplente “entre los comisarios principales o, en su defecto, entre los mandos del empleo inmediatamente inferior”.

Escrito de Intersindical Canaria

El del subcomisario Almenara a comisario no es el único ascenso autorizado por el Gobierno en los últimos meses en virtud del artículo 39. El pasado mes de abril, a raíz de la publicación en febrero de una actualización del escalafón de la Policía Canaria, Intersindical Canaria (IC) remitió un escrito a la Consejería de Seguridad que alertaba de un “incumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad” en el ascenso de determinados funcionarios.

En ese escrito, el sindicato decía desconocer cuál había sido el criterio utilizado para acordar el paso de policía a oficial o de oficial a subinspector o de subinspector a inspector, puesto que no tenía constancia de la convocatoria pública previa que era exigible, tal y como el informe de los servicios jurídicos había puesto de manifiesto. La organización sindical exigía en ese escrito que fueran incluidos funcionarios que cumplían los requisitos y amenazaba con impugnar los autorizados hasta ese momento.

La Consejería de Seguridad ha publicado recientemente las bases de un concurso para el acceso al empleo de oficial. En esta convocatoria, los méritos se valorarán hasta un máximo de cinco puntos y, dentro de ellos, la antigüedad hasta un máximo de 1.5. Las bases otorgan 0.080 puntos por año o “su fracción de meses o días” en el empleo de oficial “o equivalente”, aunque sea en otras administraciones públicas, tal y como establece el reglamento de los criterios generales de selección y promoción aprobado el pasado mes de diciembre por la propia consejera Nieves Lady Barreto y por el presidente del Ejecutivo regional, Fernando Clavijo. Pero, además, el concurso también computa el periodo ocupado en aplicación del mencionado artículo 39. Es decir, aquellos que hayan sido ascendidos sin convocatoria pública -pese a la advertencia de los servicios jurídicos- obtendrán puntos por ello.

Este periódico no ha recibido contestación a las preguntas formuladas el pasado jueves a la Consejería.