Las candidaturas proclamadas aparecerán el martes, 1 de mayo, publicadas en el Boletín Oficial del Estado, mientras que los recursos contra los acuerdos de las Juntas Electorales podrán interponerse los días 2 y 3 de mayo.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que, a partir de la proclamación, cualquier candidato excluido y los representantes de las candidaturas proclamadas o cuya proclamación hubiera sido denegada, disponen de un plazo de dos días para interponer recurso contra los acuerdos de proclamación de las Juntas Electorales, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo. La resolución judicial habrá de dictarse en los dos días siguientes a la interposición del recurso y tendrá carácter firme e inapelable, sin perjuicio del procedimiento de amparo ante el Tribunal Constitucional.
En este caso, el amparo deberá solicitarse en el plazo de dos días y el Tribunal Constitucional debe resolver sobre el mismo en los tres días siguientes, es decir, entre los días 4 y 10 de mayo. Las Juntas Electorales de Zona comunicaron el pasado viernes las irregularidades detectadas a los representantes de las candidaturas, que han dispuesto de dos días para subsanarlas.