El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 declaró el pasado 1 de septiembre, la nulidad de la resolución del Cabildo de Lanzarote en la que se adjudicaba el sistema de Concurso la Auditoría de los ejercicios 1997 a 2004 de los Centros de Arte, Cultura y Turismo del Cabildo de Lanzarote a favor de la entidad KPMG AUDITORES, S.L., a instancia de CANARIAAUDIT, S.L.
De acuerdo con la sentencia, la resolución ha sido anulada por no ser conforme con el ordenamiento jurídico -al no estar suficientemente motivada y ser arbitraria la propuesta de la Mesa de Contratación a la hora de fijar los criterios y valoración de las puntuaciones de los medios personales y plazo- declarando que la entidad CANARIAAUDIT, S.L. debió ser la adjudicataria por ser la mejor propuesta.
Según la resolución, consta en el expediente administrativo la existencia de una serie de deficiencias en la documentación presentada por KPMG AUDITORES, S.L., en concreto, falta de acreditación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, y de aportación de declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, por lo que debió ser excluida de la licitación.
Además, se declara que la indemnización estimada no correrá a cargo de ninguno de los litigantes ya que estos no han procedido con temeridad o mala fe procesal.
De esta forma, el recurso estima que CANARIAAUDIT, S.L. tenía el derecho a que se le adjudicase el contrato, y tras haberse realizado el trabajo por la entidad KPMG AUDITORES, S.L., se indemnizará a favor de la primera la cantidad de 22.659,90 euros, como importe del beneficio dejado de percibir por no adjudicársele el trabajo y en concepto de daños y perjuicios.
La sentencia señala que con esta resolución pretende evitar la arbitrariedad, fomentar los principios de libre concurrencia e igualdad de oportunidades y otorgar razonabilidad a una decisión que siempre debe ir encaminada a la mejor satisfacción del interés público.