La publicación el pasado martes en este diario de las denuncias recibidas, ante un presunto incremento espectacular de las ayudas de emergencia para alimentos, ha sido negada rotundamente por la coordinadora de los Servicios Sociales del municipio grancanario, quien aclaró a CANARIAS AHORA que esas ayudas “se valoran según las demandas de los ciudadanos, marcando estos el ritmo de las mismas, y no intensificándose por un supuesto rédito político”.
En concreto, Servicios Sociales de Mogán aclara que la media de ayudas de alimentos en 2006 fue de 23 mensuales, y en 2007, “hasta el pasado mes de abril”, la media de ayudas de alimentos ha sido de 29 mensuales. Pepi Santana también aclara que los “importes de las ayudas también dependen de las circunstancias sociofamiliares del solicitante, es decir, cargas familiares, enfermedad, etc.”.
En cuanto al importe medio en 2006, según los datos aportados por la Concejalía de Presidencia, Política Social, Educación, Vivienda y Calidad de Servicios del Ayuntamiento de Mogán, ha sido de 96,13 euros y en 2007, “hasta el pasado mes de abril”, de 95,6 euros.
Competencia de los trabajadores sociales
La coordinadora de los Servicios Sociales de Mogán indicó a este diario que “la valoración de las ayudas de emergencia compete exclusivamente a los trabajadores sociales”, quienes elevan el Informe Social a la Junta de Gobierno Local “para su resolución en los términos propuestos por los técnicos”.
Por lo tanto, cuestiona la afirmación de las fuentes municipales consultadas por CANARIAS AHORA de que “no es una competencia política delegable”, si bien Santana, a preguntas de este diario, matizó que “es un mero aspecto formal” que la concejal delegue sus competencias para facultar a los trabajadores sociales “autorizar a personas ls compras en supermercados con los vales del Ayuntamiento”.
La empleada municipal aclaró que “esas personas nos traen los tickets de sus compras en los supermercados y los revisamos”, porque se han dado casos de autorizar compras para alimentos cuando se han adquirido otro tipo de productos, “y entonces se le retira la ayuda”.
Santana quiso aclara que el procedimiento de concesión de las ayudas de emergencia social está regulado en la Ordenanza de Ayudas Económicas Municipal de Servicios Sociales, “la cual fue debidamente aprobada por el Ayuntamiento en sesión plenaria el 27 de mayo de 2005 y publicada en el BOLP, en consonancia con la Ley General de Subvenciones”.
Además, los presupuestos municipales establecen anualmente las partidas a destinar a ayudas de emergencia social así como para las otras ayudas de su competencia y que están reguladas en la ordenanza, entre otras: Ayudas Individuales para Tercera Edad y Personas Discapacitas, Ayudas de Alquiler, Ayudas para material escolar y libros, y para comedor escolar.