La fiscal para los delitos contra el Medio Ambiente, Inmaculada Violán, considera que el alcalde de El Rosario, Macario Benítez, la concejal de Urbanismo, Ana Guadalupe Mora Padilla y la ex secretaria del Ayuntamiento, María Alonso Martínez, han podido incurrir en un presunto delito de prevaricación urbanística por todos los hechos ocurrido durante la tramitación del Plan Parcial El Varadero.
En su escrito de acusaciones, a cada uno de ellos la Fiscalía pide la imposición de 8 años de inhabilitación para el desempeño de cargo público y la posibilidad de que se reclame la asunción de responsabilidad civil que implicaría que desembolsen de su propio bolsillo todos los daños que pudieran haberse acarreado durante la tramitación del plan parcial.
Sin embargo, Violán exculpa a los concejales que integraban entonces el grupo de gobierno y que votaron a favor del planeamiento al considerar que actuaron simplemente basándose en los informes que les facilitaron los tres acusados. No obstante, todos ellos serán llamados a declarar en calidad de testigos durante el juicio oral que la Fiscal ha pedido que se lleve a cabo. El caso Varadero tiene su origen en la intención del Ayuntamiento desde el año 2001 de llevar a cabo una urbanización residencial y turística en una ladera del municipio en contra de las directrices del Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) que protege este entorno.
Benítez viene ocupando el cargo de alcalde desde el año 1983, mientras que Mora Padilla ha sido concejal de Urbanismo y teniente de alcalde a partir de 2001. Por su parte, Alonso Martínez llegó a ocupar el puesto de secretaria municipal. Los hechos tuvieron lugar entre los años 2001 y 2004, período en el que según la Fiscalía todos se pusieron de acuerdo para supuestamente cometer los hechos que ahora los sentarán en el banquillo de los acusados.
Un proyecto de 339.000 metros cuadrados
Fue en 2001 cuando el promotor de la empresa Amador Díaz Ramos SL presentó un proyecto ante el Ayuntamiento que abarcaba casi 339.000 metros cuadrados de suelo que se sitúan al lado de la autopista del sur y cuatro barrancos en las que se localizan seis cuevas. Sin embargo, la documentación presentada resultó incompleta por lo que poco después el empresario tuvo que aportar más documentos sobre las ordenanzas y un estudio económico, además de completar la memoria de ordenación. El proyecto nunca llegó a ser visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias (Coac).
Por aquellas fechas se tramitaba también el Plan General de Ordenación (PGO) de El Rosario, aunque el promotor se acogió a que en este sector los usos permitidos eran residencial turístico y la tipología edificatoria residencial colectiva, unifamiliar aislada, apartamentos, bungalows y hoteles. En aquellas fechas las normas subsidiarias efectivamente recogían que este suelo era apto para tener finalidad residencial y turístico.
Sin embargo, en el mes de julio de 2001 entró en vigor la conocida como moratoria turística que pretendía contener y controlar el crecimiento de este sector en el Archipiélago y de hecho ordenaba la suspensión de los planes parciales que tuvieran esta finalidad como era el de El Varadero. La Fiscalía por lo tanto sostiene que en este caso concreto la moratoria turística es de plena aplicación.
Además, en el PIOT se contemplaba esta zona con la clasificación de Area de Regulación Homogénea (ARH) de Protección Ambiental, que impide que albergue ningún tipo de construcción al situarse en barrancos o laderas y así lo acordó la institución insular a finales de 2001, ratifícándolo también a finales del siguiente ejercicio. Sin embargo, según el escrito de la Fiscalía, el Ayuntamiento se opuso a este criterio de la institución insular de proteger esta franja del territorio y mantuvo sus intenciones de urbanizarlo. Así queda en evidencia tanto en las alegaciones que la Corporación local presentó al planeamiento insular como en las distintas versiones que se llevaron a cabo del PGO de El Rosario, todo ello de una manera que la Fiscalía califica de “arbitraria”.
Violán considera probado que tanto el alcalde como la concejal de Urbanismo dieron “órdenes precisas” a la secretaria para que mantuviera el criterio municipal a lo cual esta accedió sin poner ningún tipo de traba ni impedimento. En ningún momento consta que se haya dado cumplimiento a los imperativos legales de informar sobre el contenido del plan parcial a Costas, la Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias y Cabildo tinerfeño. Tan sólo se remitió una copia a la Dirección General de Urbanismo que fue respondida con la advertencia de que no se estaban cumpliendo con todos los trámites legalmente establecidos.
“Los acusados, conscientes de la imposibilidad de tramitar el Plan Parcial por encontrarse suspendido por mandato legal, actuando con el ánimo de eludir o dilatar todo pronunciamiento expreso en tal sentido, no atendieron en esas fechas al mencionado requerimiento”, indica el escrito de la Fiscalía.
Advertencia de la arquitecta municipal
En 2002 la arquitecta municipal María Ángeles León Brito advirtió que los usos previstos en el avance del Plan General y los del Plan Insular eran incompatibles y por lo tanto pedía que se prohibiera cualquier tipo de intervención que supusiera “una alteración del relieve original del terreno, de los ecosistemas o degradación de sus valores naturales”. Además, la técnica ya advertía que era necesario contar con el parecer del Colegio de Arquitectos.
La Fiscalía considera probado que el alcalde, pese a conocer las indicaciones del PIOT para este ámbito, decidió seguir adelante con el plan parcial. En el caso de la secretaria se la acusa de haber intentado recurrir a argucias en sus informes para solventar los reparos que se imponían desde el Cabildo de manera que en vez de referirse a los apartamentos y bungalows como de uso turístico hablaba de alojamientos no permanentes. Por ello, la Fiscalía la acusa de no haber hecho valer la legalidad sino por el contrario dar el visto bueno a este documento pese a conocer los impedimentos que existían sobre el mismo. La arquitecta municipal, por su parte, respondió este informe advirtiendo de las irregularidades que ya habían reflejado en su primer dictamen. Sin embargo, la Fiscalía considera que el alcalde decidió “imponer su voluntad” acogiéndose a los informes elaborados por la secretaria, ahora acusada.
El planeamiento siguió su curso mientras las distintas administraciones le imponían diversos reparos que sólo en algunas ocasiones eran solventados pero sin que se llegara nunca a eliminar el uso turístico que ya había quedado expresamente prohibido en el PIOT. No obstante, el alcalde cuando remitió en 2001 el plan parcial a la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) ya debió sospechar que no iba a salir adelante por lo que en el último momento solicitó que fuese retirado del orden del día. No consta que el Ayuntamiento realizara ningún otro movimiento para sacar adelante este planeamiento hasta 2004. Mientras el alcalde y su grupo de gobierno decidieron interponer un recurso contencioso administrativo en contra del PIOT que sería luego rechazado.
Nueve días antes de la aprobación definitiva del Plan Insular la promotora pidió que su proyecto fuese aprobado por silencio administrativo. “El alcalde una vez más decidió imponer su voluntad”, indica la fiscal quien relata que entonces encargó un estudio jurídico al abogado, Francisco Medina Aceytuno que era favorable a que el promotor se pudiera acoger al silencio administrativo positivo y otro más de la secretaria municipal ahora acusada. Esta funcionaria consideraba que el Plan Parcial se había aprobado antes de que entrara en vigor el PIOT y que los informes emitidos por las distintas administraciones que habían resultado desfavorables se solicitaron de forma correcta pero se emitieron fuera de plazo.
Por lo tanto en el mes de junio de 2004 la comisión informativa de Urbanismo y el pleno decidieron dar vía libre al Plan Parcial de El Varadero. Este pleno fue recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que efectivamente decidió anular el acuerdo. La Fiscalía por lo tanto no deja de llamar la atención sobre “la persistente voluntad” de los acusados de extender la trama urbana hacia el sector adyacente a Tabaiba mediante su calificación de suelo como urbanizable incluso una vez que había entrado en vigor el PIOT.
Una actitud que según Violán, “se pone de manifiesto en todas y cada una de las propuestas que fueron recogidas en las distintas versiones del PGO. Una vez remitido el documento a la Cotmac, se decidió proponer la revisión de oficio del planeamiento municipal en relación a El Varadero atendiendo precisamente a la sentencia del TSJC que había anulado el pleno en el que se aprobó el plan parcial. Tres años más tarde la Cotmac dio el visto bueno al PGO pero condicionándolo a que este ámbito se adaptara a lo contenido en el PIOT.