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Plasencia no logra tumbar el Plan General de Candelaria

Noé Ramón / Noé Ramón

El empresario Antonio Plasencia ha fracasado por ahora en su intento de anular el Plan General de Ordenación (PGO) de Candelaria. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) da la razón a la Consejería de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de Canarias y al Cabildo y rechaza anular el acuerdo de la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) que aprobó este planeamiento en 2006.

El grueso de las quejas del empresario se centraba en que el Ayuntamiento había incumplido el compromiso de compensarle por el incremento de cesiones que tuvo que realizar en el Plan Parcial Punta Larga-Las Arenas, otorgándole más aprovechamientos en este mismo enclave.

La original Unidad de Actuación se dividió en dos, que abarcan los terrenos que discurren entre la avenida de Los Menceyes y la autopista del sur. En este enclave se va a construir una urbanización que suma 440.000 metros cuadrados de los que 15.000 son de propiedad municipal, obtenidos a través de las cesiones obligatorias.

Del total de la parcela, 134.000 metros cuadrados ya han sido construidos y en el resto se piensa continuar con las edificaciones hasta sumar un total de 2.400 casas. Pese a las quejas del empresario, el TSJC defiende que ya fue compensado por el exceso de cesiones obligatorias y gratuitas al Ayuntamiento para llevar a cabo actuaciones públicas. El empresario denunció también que las determinaciones del nuevo PGO de Candelaria implican un incremento de los costes de urbanización por parte de los propietarios.

El TSJC se pone, sin embargo, de lado del Ayuntamiento y considera que el reconocimiento de la supuesta deuda no tenía porque ser asumido en el Plan General. “La Administración no puede usar la potestad sobre clasificación, calificación y ordenación de los usos del suelo para fines que no sean la satisfacción del interés público de la ordenación urbanística del municipio”. Lo que no se cumpliría en caso de atender a las peticiones del empresario, a quien la sala reprocha que quiere subordinar el cumplimiento del compromiso para llevar a cabo una ordenación basada en sus propios intereses.

Pero además, desde la Comunidad Autónoma se recuerda que se permitió un aumento de la edificabilidad en más de 15.000 metros cuadrados y el incremento de tres a cuatro plantas en este ámbito, lo que ya supone una compensación.

El TSJC avala que el Ayuntamiento no cumpla estrictamente con el compromiso adoptado en su momento con Plasencia, ya que se trata de un suelo urbano no consolidado. Por ello, sólo a partir de este momento se deberán tener en cuenta las cargas urbanísticas y cesiones ya realizadas, pendientes o nuevas para comprobar la correcta distribución de cargas y beneficios. “Pero en este momento no ha quedado acreditado que la nueva ordenación suponga una ruptura del equilibrio entre las cargas que deben afrontar los propietarios afectados y los beneficios obtenidos”, señala el TSJC.

El empresario también denunció que el convenio suscrito en su día daba a la Corporación local demasiada libertad a la hora de urbanizar las zonas verdes. En el acuerdo figura que el Ayuntamiento tendrá libertad para actuar en este sentido lo que a juicio del empresario implica “una injustificable falta de seguridad jurídica y una arbitrariedad que no puede entenderse”. Al respecto el Tribunal indica que en todo caso habrá que esperar a que se presente el correspondiente proyecto y sólo a partir de entonces se determinará si es posible anular el PGO por este motivo.