El Tribunal Supremo (TS) ha obligado al Ayuntamiento de Gáldar, en Gran Canaria, a readmitir los despidos improcedentes a trabajadores municipales, después de un recurso interpuesto por la Unión General de Trabajadores (UGT) contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), informó el sindicato en un comunicado.
UTG explicó que la sentencia del TS, de fecha 2 de febrero de 2009, “da la razón” al sindicato, que defendía que cuando se producía un despido improcedente de un trabajador municipal indefinido, éste tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo y a seguir trabajando en el Ayuntamiento porque así lo dispone el Convenio Colectivo Laboral.
Por su parte, el alcalde, Teodoro Sosa, presentó un escrito a través de su abogado en el Tribunal Supremo en el que alegaba que el derecho de opción en caso de despido improcedente sólo lo tenía el personal fijo y no el indefinido, lo que implicaba que se pudiese echar al personal indefinido con una indemnización.
Sin embargo, el TS concluyó que el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Gáldar promovido por UGT “otorga al trabajador unas garantías superiores a las que concede la Ley y está concebido en términos cuyo sentido es claro”, siendo de aplicación el derecho de opción no sólo al personal fijo, sino también al indefinido.
Finalmente, desde UGT se valoró positivamente esta sentencia del Tribunal Supremo por tres razones. “En primer lugar, porque es vinculante para los tribunales inferiores, al estar dictada en unificación de doctrina. En segundo lugar, porque sigue una interpretación del Convenio Colectivo promovido por UGT favorable a la permanencia en su puesto de trabajo del personal municipal indefinido. Y en tercer lugar, porque impide al gobernante de turno despedir al personal laboral indefinido mediante una indemnización sacada del erario público municipal”, indicaron.