El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia por la cual mantiene el deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre del tramo de costa de unos 1.357 metros de longitud que hay entre el barranco de Troya y la Punta del Guincho, en la urbanización Playa de las América de Arona (Tenerife).
El deslinde lo aprobó en julio de 2007 el entonces Ministerio de Medio Ambiente y la decisión fue impugnada ante la Audiencia Nacional por la empresa Playas de Troya SA, al alegar que era propietaria de un solar de 4.800 metros en el litoral de la urbanización de las Américas, por lo que recurrió contra parte del deslinde.
La Audiencia Nacional desestimó en 2009 el recurso presentado por Playas de Troya SA contra el deslinde aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente, y la entidad mercantil presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra esa sentencia.
El 6 de junio de este año el Tribunal Supremo emitió una sentencia por la cual desestima las alegaciones de la entidad mercantil.
El conflicto en torno a estos terrenos comenzó en 1997, cuando la Dirección General de Costas autorizó incoar el expediente de deslinde de esa zona de costa del sur de Tenerife para adecuarlo a las nuevas determinaciones de la ley de costas.
En enero de 1998 el empresario Santiago Puig solicitó que no se cambiase el deslinde porque el terreno no reunía los requisitos exigidos por la nueva ley de costas alegando que, según el planeamiento urbanístico vigente, en ese lugar se podía edificar para uso recreativo y comercial.
El Cabildo de Tenerife también pidió que se mantuviesen los deslindes, al igual que la entidad mercantil Europe Tenerife SA, y se realizaron algunos cambios que no afectaron a la parcela de Santiago Puig.
En octubre de 2000 el colectivo ecocultural Aiche promovió un expediente para declarar Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Paleontológica el yacimiento que hay en el tramo del deslinde, y en mayo de 2001 la comisión de Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife dictaminó a favor.
En septiembre de 2001 la Guardia Civil ordenó paralizar de manera provisional las obras que se realizaban en el paseo marítimo correspondiente a ese tramo de costa y la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) denunció que el Cabildo de Tenerife ejecutaba en la playa del Guincho dos obras que afectaban a un yacimiento paleontológico.
El 21 de septiembre de ese año el Cabildo de Tenerife ordenó paralizar las obras como medida cautelar porque estaba en estudio la posible declaración de la zona como Bien de Interés Cultural, y siete días después autorizó que se reanudasen los trabajos pero con instrucciones para que se hicieran lo más lejos posible del yacimiento.
En octubre de 2001 los colectivos Hengua y Aiche denunciaron que tenían que vigilar el yacimiento porque no lo hacían las administraciones, y en abril de 2002 el Cabildo de Tenerife informa de manera favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural.
En agosto de 2002 el empresario Santiago Puig, que había cedido una parcela al Cabildo de Tenerife para construir un casino con la condición de que se le devolviera si no podía ejecutar un proyecto en las proximidades del barranco de Troya, exige la reversión de esos terrenos, libre de cargas.
El 26 de noviembre de 2003 el Cabildo de Tenerife accede a la petición del empresario y la parcela de Santiago Puig que estaba afectada por la delimitación del Bien de Interés Cultural queda fuera de la protección.
En 2005 la Demarcación de Costas de Tenerife abre el trámite de audiencia a los interesados en el expediente de deslinde, y la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) presenta alegaciones contra varios tramos, entre ellos el de Santiago Puig, porque “se había desplazado para excluirlo del dominio público”.
Posteriormente el Ministerio de Medio Ambiente aprobó el deslinde de los 1.357 metros de longitud, acordando incluir esos tramos excluidos como parte del dominio público marítimo-terrestre, decisión que fue recurrida por el empresario primero ante la Audiencia Nacional y después ante el Tribunal Supremo, que mantienen el deslinde aprobado en 2007.