Tribunales.- Condenan a 24 años de prisión al hombre que mató a su novia en un hotel de Las Palmas de Gran Canaria

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 15 (EUROPA PRESS)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a un total de 24 años de prisión a Y.A.M., por un delito de asesinato con el agravante de parentesco tras demostrarse que mató a su novia, J.R.D., en el Hotel Valencia de Las Palmas de Gran Canaria en diciembre de 2008, según informó hoy el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en un comunicado.

De esta manera, la sala decretó además una indemnización de 180.000 euros a los legítimos herederos de la fallecida con aplicación de los intereses previstos en el artículo 576 de la ley de Enjuiciamiento Civil.

Por su parte, durante la jornada de ayer, un jurado popular declaró culpable a Y.A.M. al considerar por unanimidad que se había probado que el acusado “es culpable de la muerte, ocasionada de forma voluntaria” de J.R.D. tras propinarle “repetidos golpes”.

La sentencia ha establecido como hechos probados que el pasado 27 de diciembre de 2008, la pareja acudió al Hotel Valencia de la capital grancanaria, registrándose sobre las 20.00 horas y ocupando la habitación 218.

Por tanto, se desecharon las declaraciones del acusado, que hace unos días aseguró que la joven tenía “intención de acabar con su propia vida” y que su muerte se produjo porque “con ánimo suicida comenzó a golpearse en repetidas ocasiones la cabeza contra el suelo” de la habitación 218 del hotel Valencia.

En consecuencia, después de que la pareja mantuviera una discusión, “con la intención de acabar con la vida de J.R.D., el acusado la tiró al suelo entre las dos camas de la habitación, poniéndose encima de ella, agarrando su cuello y comenzando a golpear en repetidas ocasiones y con mucha fuerza la cabeza de la víctima contra el suelo, perdiendo ésta el conocimiento”.

El jurado probó este hecho por considerar que las pruebas aportadas por los testimonios de los empleados del hotel y la autopsia realizada por los forenses confirmaban los hechos anteriormente relatados.

Así, también se tuvo en cuenta que el acusado “en su actuación y de forma voluntaria, aumentó innecesariamente el sufrimiento” de la fallecida “al haber perdido ésta la conciencia”.

Por todo ello, los miembros encargados de la deliberación probaron que el fallecimiento de la joven, que tuvo lugar en el Hospital Universitario Doctor Negrín de la capital, se produjo por “una fractura de cráneo, unida a asfixia y destrucción de centros vitales cardiorrespiratorios del encéfalo”.