El crowdfunding, en el punto de mira
En 1959, el entonces senador demócrata John Fitzgerald Kennedy aseguró en un célebre discurso que la expresión con la que los chinos se refieren a la crisis está formada por dos palabras: peligro y oportunidad. Aunque esa afirmación es errónea, desde ese momento, la idea de que en chino crisis es igual a oportunidad quedó grabada en el imaginario colectivo, de forma que cada vez que un país se enfrenta a una crisis los más optimistas recurren a ella para tratar de convencerse de que siempre hay una salida.
Es cierto que la palabra con la que los chinos hacen referencia al concepto de crisis no significa oportunidad. Sin embargo, sí que es cierto que en muchas ocasiones las situaciones de crisis suponen la apertura de un abanico de oportunidades para muchas actividades que en una situación de crecimiento económico no habrían tenido posibilidad de desarrollarse. O que, incluso, habrían sido calificadas de descabelladas. El auge de los créditos entre particulares es un claro ejemplo de ello.
Una de las primeras consecuencias de la grave crisis económica que desde mitad de 2008 afecta a España —y que no conviene olvidar que tiene su origen en una crisis financiera internacional desatada en agosto del año anterior— fue una severa restricción del crédito por parte de las entidades financieras, que a lo largo de estos seis años ha estrangulado la economía de muchas familias y abocado a una gran cantidad de empresas a la bancarrota.
Sin embargo, durante todo este tiempo, la necesidad de obtener financiación ha seguido presente, lo que ha desembocado en el creciente auge de una serie de prácticas basadas en la economía colaborativa destinadas a facilitar recursos económicos a familias y empresas al margen de las entidades financieras, siguiendo un esquema P2P o P2B (people to people o people to business), es decir, un método de financiación en el que son los propios particulares quienes prestan financiación a otras personas o a empresas a cambio de escoger las operaciones en las que invierten y obtener una rentabilidad por su dinero.
Se trata del fenómeno conocido como crowdfunding, que ha crecido al calor de internet y que ha acaparado numerosos titulares después de que el pasado 28 de febrero el Consejo de Ministros anunciara su intención de regular las operaciones que se realizan a través de las plataformas especializadas en este tipo de préstamos e inversiones. El objetivo del anteproyecto de ley aprobado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy es dar seguridad a este nuevo mercado, a través de la sujeción a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y del Banco de España, además de controlar fiscalmente los fondos invertidos en estos instrumentos y evitar el blanqueo de capitales a través de este tipo de operaciones.
Un sector en crecimiento constante
La ausencia de regulación de este mercado hace imposible saber con certeza cuál es el volumen de fondos que se canaliza a través de operaciones entre particulares, más allá de las que puedan facilitar las propias plataformas. Y, aunque las cifras no son suficientes como para hacer una radiografía del sector, sí que sirven para dar una ligera idea de la creciente dimensión que ha adquirido en los últimos años. Según los datos que ofrece Comunitae, la primera plataforma de préstamos entre particulares abierta en España, desde 2009 sus usuarios han prestado casi 4,9 millones de euros y han recibido a cambio unos intereses cercanos a los 385.000 euros, con un índice de morosidad muy inferior al soportado por las entidades financieras, debido a que tan solo aprueban alrededor del 10% de las operaciones que se les plantean y estas son de pequeño importe y a un plazo reducido.
Más impresionante es el caso de LoanBook, una plataforma enfocada al préstamo a pymes y empresas que desde su lanzamiento en octubre de 2013 ya ha intermediado más de 800.000 euros en créditos, “posicionándose como líder entre las plataformas de crowdlending para pymes en España”, según señala su director de Créditos y Riesgos, Eloi Noya. En tan solo cinco meses, “una treintena de inversores han financiado conjuntamente 32 operaciones de préstamo a un plazo medio de 90 días, beneficiando a un total de 14 pymes”, con una rentabilidad de entre el 6% y el 7,5% y sin ninguna operación impagada, apunta Noya.
Otras plataformas con presencia en España son Zank, lanzada en noviembre del pasado año por tres emprendedores españoles que cuenta ya con 411 inversores que han financiado operaciones por un volumen de 30.000 euros, la alemana Lendico, que aterrizó en nuestro país el pasado 10 de febrero y cuenta ya con más de una veintena de operaciones en busca de financiación por un total de 125.000 euros.
Sin embargo, estas cifras palidecen frente a los casi 190 millones de euros que gestionó solo en enero la estadounidense Lending Club, fundada en 2006. A pesar de ello, el rápido crecimiento que este tipo de plataformas está experimentando en España lleva a sus responsables a ser optimistas y confiar en que “crezca con rapidez en los próximos años, como ya ha sucedido en países como el Reino Unido”, tal y como señala Eloi Noya.
Para el director de Créditos y Riesgos de LoanBook, “aunque España es uno de los países donde el crowdfunding ha tenido una mayor acogida como vehículo de financiación para empresas y proyectos, posiblemente por la crisis financiera y la necesidad de muchas personas de convertirse en emprendedores, las plataformas dedicadas al crowdlending todavía son escasas”. Sin embargo, a su juicio, su desarrollo será rápido “porque no solventan únicamente la necesidad de las pymes de acceder al crédito sino que suponen un interesante activo para los inversores”.
Necesidad de regulación
Por ello, la mayor parte de las plataformas dedicadas a gestionar préstamos entre particulares y a empresas consideran positivo para su negocio que el Gobierno fije unas reglas para el sector. Según Eloi Noya, es necesario articular una regulación específica, “al amparo de una Directiva Europea” que suponga “el desarrollo de plataformas más preparadas y mejore la confianza del inversor” respecto a esta forma de financiación colectiva.
En ese sentido, “las medidas acordadas por el Gobierno implican un reconocimiento a LoanBook y demás plataformas de estas características, como vehículo válido para acceder a la financiación por parte de las pymes”, asegura el directivo. En cualquier caso, aunque prefiere esperar a que se conozca la propuesta en profundidad para analizar su posible impacto, sí considera que “supondrá mejorar la seguridad del inversor en este campo y, en consecuencia, mejorar su confianza sorteando las reticencias que pueda tener al respecto”.
A pesar de este aparente consenso entre los responsables de las distintas plataformas de crowdlending que operan en España acerca de la necesidad de una normativa que las someta a una regulación que dé seguridad a los inversores, hay quienes no están muy de acuerdo con los términos avanzados por el ministro de Economía al término del Consejo de Ministros del pasado 28 de febrero.
Entre los puntos más destacables de la norma se encuentra la obligatoriedad de que las plataformas se inscriban en los registros del Banco de España o de la CNMV, en función de su actividad y pasen a estar sujetas a su supervisión como requisito previo a su entrada en funcionamiento, la necesidad de que cumplan unos determinados requisitos de transparencia en su funcionamiento y de información a los inversores, así como la imposición de una serie de límites económicos a las operaciones a financiar y la fijación de una aportación máxima por cada inversor.
Aunque todas estas medidas parecen tener como objetivo proteger a los inversores ante posibles estafas y asegurarse de que sepan en todo momento en qué están invirtiendo su dinero, es precisamente la fijación de unos importes máximos la que ha despertado las críticas de algunos operadores. En concreto, las voces críticas consideran que la misma banca que con su negativa a financiar a las empresas ha contribuido a la expansión de este modelo de negocio ha presionado al Ejecutivo para que limite la capacidad de financiación de estas plataformas, con el objetivo de proteger su negocio y poniendo en riesgo la viabilidad de estas empresas.
Variedad de modelos
Esta diversidad de opiniones puede explicarse en la existencia de tres clases distintas de crowdfunding a las que la regulación propuesta por el Gobierno afecta de diferente manera. En primer lugar, existe el equity crowdfunding, sistema por el que una empresa obtiene financiación a través de inversores privados a cambio de convertirse en accionistas de la compañía. Junto a él se encuentra el crowdlending, figura en la que los inversores prestan dinero a cambio de recuperarlos un tiempo después junto con una rentabilidad pactada en el momento del préstamo, categoría a la que pertenecen todas las plataformas citadas con anterioridad.
Finalmente, existen las plataformas de crowdfunding a secas, en las que los inversores, generalmente conocidos como mecenas, apoyan económicamente un proyecto concreto a cambio de obtener un producto, servicio o recompensa. Este último modelo se corresponde con una compraventa condicionada, ya que el pago no se formaliza hasta que el proyecto no obtiene toda la financiación requerida, y, en principio, queda fuera de la regulación planteada por el Ejecutivo.
El objetivo de la normativa, por tanto, se circunscribe a las fórmulas de crowdlending, que presumiblemente quedaría bajo la supervisión del Banco de España, y equity crowdfunding, fiscalizado por la CNMV, y trata de armonizar la situación española con la de países como Estados Unidos, Francia, Alemania o Reino Unido, en los que este tipo de actividades cuentan con algún tipo de regulación.
El problema es que los límites económicos propuestos por el Gobierno resultan demasiado bajos a juicio de los responsables de las plataformas de equity crowdfunding que operan en España. En concreto, el proyecto de ley establece un límite a cada inversor, que solo podrá destinar un máximo de 3.000 euros a cada proyecto que decida apoyar, con un máximo anual de 6.000 euros por plataforma.
Para los responsables de las empresas dedicadas al equity crowdfunding, en lugar de aportar transparencia y estabilidad, estos límites pueden acabar con el sector, ya que su escasa cuantía puede hacer imposible que muchos proyectos alcancen la financiación que necesiten, por lo que reclaman un aumento de los topes en la fase de tramitación de la norma. Incluso, hay quienes exigen la eliminación del límite de inversión por plataforma, ya que lo consideran una restricción absurda.
Minimizar el riesgo
El Ejecutivo, en cambio, alega que estos límites, junto con el resto de la norma, contribuirán a minimizar el fraude en la práctica de esta actividad, así como a abrir una nueva vía alternativa para que las pymes puedan obtener financiación. En la búsqueda de esa protección, la propuesta normativa hace hincapié en la necesidad de que los inversores sean conscientes de los riesgos que conlleva participar en ese tipo de operaciones.
En el caso de las plataformas de crowdlending los límites propuestos no suponen un excesivo contratiempo, ya que en general las operaciones que financian no poseen una elevada cuantía y las aportaciones que realizan los inversores suelen oscilar entre los 25 euros de mínimo de Lendico, los 50 de plataformas como Comunitae o Zank o los 100 de LoanBook.
En lo que respecta a los riesgos de la inversión, en casi todas las plataformas, las propuestas de préstamos pasan por un filtro previo antes de que los inversores puedan decidir si las apoyan económicamente y, en todo caso, estos son los que deciden a qué proyecto personal o empresarial van a destinar su dinero. El riesgo de no recuperar la inversión existe, pero la capacidad de elegir en función de la solvencia, la duración del crédito y las garantías establecidas, así como el tipo de interés que se está dispuesto a recibir contribuyen a que sea el propio inversor quien decida el nivel de incertidumbre que está dispuesto a aceptar para su inversión.
En cualquier caso, tal y como señala el director de Créditos y Riesgos de LoanBook, el corto plazo que suelen presentar estas operaciones y la posibilidad de mantener una cartera diversificada, gracias al bajo importe de la inversión mínima y la inexistencia de comisiones por invertir, “permite reducir el riesgo considerablemente” y mantener un control de la inversión mucho mayor que el que ofrecen productos de inversión tradicionales, como los fondos de renta fija corporativa a corto plazo, con los que estas operaciones mantendrían ciertas similitudes y en los que el inversor no puede intervenir en su composición.
Aunque una crisis económica no sea necesariamente una oportunidad, el desarrollo del crowdlending ha supuesto una excelente alternativa no bancaria de financiación que ha permitido a muchas familias y pymes sobrevivir en un momento en el que los bancos prácticamente han renunciado a cumplir con su función de facilitar el crédito necesario para hacer avanzar la economía.
La regulación anunciada por el Gobierno nace con el objetivo de dotar a las plataformas que facilitan estas operaciones de la seguridad y transparencia necesarias para consolidar su actividad y asegurar su supervivencia en el momento el que las entidades financieras decidan abrir el grifo de la financiación. Solo el tiempo dirá si cumple con ese objetivo o acaba por ahogar uno de los pocos sectores que ha logrado crecer exponencialmente gracias a la oportunidad que le ha brindado la crisis.
La revolución del micromecenazgo
Las posibilidades que ofrece Internet para difundir información y permitir que lleguen a oídos de personas que de otra forma jamás sabrían de su existencia es la base que ha permitido el éxito de las plataformas de crowdfunding o micromecenazgo, en las que cientos o miles de personas se comprometen a financiar un proyecto determinado a cambio de recibir un incentivo en forma de bien o servicio, normalmente acompañado de un reconocimiento por su apoyo.
Plataformas como Kickstarter, Indiegogo o la española Lanzanos son los ejemplos más conocidos y exitosos de esta fórmula de micromecenazgo que, a pesar de ser conocido popularmente con el nombre genérico de crowdfunding, no se verá afectada por la regulación propuesta por el Ejecutivo de Mariano Rajoy.
Esto se debe a que la persona que decide invertir su dinero en un proyecto que busca financiación en estas plataformas en realidad lo que está haciendo no es una inversión, sino una reserva u orden de compra. Esa compra solo se hará efectiva si el proyecto en cuestión alcanza la financiación marcada por sus promotores, momento en el que la cantidad comprometida se cargará en la cuenta del comprador. Este tipo de operaciones, en las que se promete financiación a cambio del producto que se pretende fabricar, son consideradas una simple compraventa por la legislación española, por lo que su funcionamiento ya se encuentra regulado como cualquier otra compra por Internet.
Este tipo de micromecenazgo ha alcanzado gran popularidad en los últimos años, en los que se han desarrollado numerosos proyectos tecnológicos, artísticos o editoriales gracias a las aportaciones de miles de personas. Los ejemplos de proyectos nacidos en el ámbito internacional bajo el paraguas de estas plataformas son innumerables. Sin embargo, en España existen también varios ejemplos destacables, gracias a las plataformas que, como Lanzanos, Verkami o Goteo, enfocadas a distintos ámbitos operan desde el propio país.
La película El Cosmonauta es posiblemente el ejemplo más conocido y exitoso de micromecenazgo en España. Estrenada en 2013 después de casi cuatro años de trabajo, esta cinta de ciencia ficción logró recaudar más de 400.000 euros en la plataforma Lanzanos, gracias a las aportaciones de 4.500 personas que se convirtieron en 'productores' del filme. Además de un reconocimiento en la página oficial de El Cosmonauta, sus patrocinadores recibieron diferentes “recompensas” en función del importe de su colaboración.
Sin embargo, los casos de éxito en España van mucho más allá. Existen numerosos proyectos que han podido ver la luz gracias a las donaciones de particulares que se comprometían a su adquisición, que van desde trabajos musicales a libros o accesorios para móviles, pasando por publicaciones periódicas, como la revista editada por los autores del portal de divulgación científica Naukas, que ya ha conseguido financiar tres números a través del crowdfunding.
Pero este tipo de iniciativa tiene vida fuera de los proyectos con ánimo de lucro, ya que el micromecenazgo extiende también su ámbito de acción a la solidaridad. Un ejemplo es la iniciativa Hazloposible Microdonaciones de la Fundación Hazloposible, una plataforma que permite a las ONG reconocidas por el Estado recaudar dinero para proyectos concretos a través de su inscripción en la plataforma. Al igual que con las plataformas con ánimo de lucro, para que la donación sea efectiva es necesario que el proyecto alcance el mínimo de financiación establecido por la entidad que lo propone.
El trueque como fuente de financiación
El cierre del grifo del crédito por parte de la banca ha obligado a muchos empresarios a agudizar el ingenio para obtener la financiación necesaria para poder continuar adelante con sus negocios. Esta situación ha propiciado el nacimiento de diversas propuestas que, más allá de recurrir a la búsqueda de financiación colectiva o inversores privados, se basan en algo tan antiguo como el trueque, aplicado esta vez al intercambio de productos y servicios empresariales.
Esa es la filosofía de TrocoBuy, una plataforma de financiación empresarial no bancaria, que actualiza y adapta el concepto de los bancos de tiempo —un sistema en que las personas intercambian servicios y favores— al mundo empresarial. El objetivo de esta plataforma es facilitar el crédito entre empresas, pymes y autónomos de forma complementaria a las entidades bancarias. Para ello, el equipo de TrocoBuy elabora un estudio económico de los candidatos a entrar en el sistema y les asigna un crédito que oscila entre los 3.000 y los 300.000 euros, sin necesidad de avales ni plazo de amortización.
La plataforma funciona como un auténtico mercado del trueque global, en el que cada usuario puede adquirir productos o servicios ofertados por el resto de usuarios con cargo al crédito concedido, mientras que la reposición de las cantidades consumidas se hace mediante la venta de los productos o servicios producidos por la propia empresa. La principal ventaja de este sistema es que permite afrontar operaciones de caja sin afectar a la liquidez y sin tener que hacer frente a cuotas e intereses bancarios.
Junto a la cuenta de crédito, cada usuario dispone de forma automática de un escaparate online gratuito en el que ofrecer sus productos al resto de miembros de la plataforma
El sistema se sostiene gracias al cobro de una comisión del 3,75% por cada operación realizada. Según los responsables de TrocoBuy, esta comisión es el único gasto al que tienen que hacer frente sus usuarios y únicamente cuando cierran una operación de compra o venta.
Con presencia en España y Portugal, la plataforma, que ha sido reconocida con el Yared Award 2013 como la mejor innovación financiera de Europa, presta servicio a más de 8.800 empresas de todos los sectores, que ya han realizado más de 59.000 operaciones, y soporta una tasa de morosidad de tan solo el 0,14% —frente al entorno del 13% en el que se mueven las entidades financieras—, debido a la inexistencia de un plazo determinado para reponer el crédito consumido y a que el flujo de ventas de la plataforma se ve favorecido por la ausencia de necesidad de emplear dinero en efectivo.
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