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La asociación Diversas recurrirá la resolución de la Agencia de Protección de Datos en defensa de la tercera casilla de género no binario

La Asociación LGBTI* Diversas Canarias ha anunciado que recurrirá ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que sanciona al Gobierno de Canarias por incorporar en los formularios administrativos la opción de “no binario” en la casilla relativa al género y que le obliga a eliminar dicha opción de cualquier formulario administrativo.

El colectivo entiende que la AEPD ha ignorado en su resolución lo establecido en la Ley Trans e Intersex Canaria (Ley 2/2021, de 7 de junio), que obliga a las administraciones autonómicas a un tratamiento acorde a la identidad de género libremente determinada por las personas trans, con la obligación de incorporar la tercera casilla de “no binario” en todos los formularios públicos.

Además, la asociación canaria ha indicado que la AEPD incurre en un desconocimiento de conceptos legales sobre el derecho a la identidad de género, ordenando al ejecutivo autonómico a retirar la tercera opción no binaria, mientras mantiene la pregunta sobre el sexo con dos únicas opciones, lo que excluye a las personas no binarias de estos procedimientos administrativos. No solo eso, sino que la AEPD da a entender que los datos estadísticos y de identificación en formularios sólo están legitimados para recoger el supuesto “sexo biológico”, frente a la identidad de género.

El secretario y portavoz de Diversas, Sergio Siverio, ha destacado que “esta resolución sienta un precedente muy negativo para el reconocimiento de las personas no binarias por las administraciones públicas españolas, que vulnera el marco legislativo de más de una decena de Comunidades Autónomas que sí reconocen un tercer género y lo incluyen en la documentación administrativa”.

Siverio señala que “Diversas recurrirá esta resolución de la AEPD y llegará hasta donde sea necesario para defender la mejora de los derechos que suponen las leyes autonómicas que sí reconocen la existencia de las personas no binarias, como ya hacen numerosos países de nuestro entorno y hará más pronto que tarde la legislación estatal en materia de rectificación registral”.

Por su parte, Saúl Castro, abogado especializado en derechos LGBTIQ+ que representará a Diversas en el proceso, entiende que “esta resolución es fruto de un desconocimiento endémico y palmario, por parte de la administración, de los conceptos jurídicos relativos a la protección de las personas LGTBIQ+; al basarse en una confusión conceptual entre características sexuales e identidad de género, que no se puede permitir que se mantenga por un organismo nacional como la AEPD”.

Castro añade que “la AEPD, además, está vulnerando las obligaciones positivas derivadas del derecho a la no discriminación que la administración canaria asumió al haber adoptado la Ley 2/2021 y haber reconocido legalmente, a nivel administrativo a las personas no binarias”.

Desde Diversas piden también al Gobierno de Canarias que recurra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos como administración que ha sido sancionada, para defender una aplicación adecuada de la legislación canaria de igualdad social y no discriminación por identidad de género, expresión de género y características sexuales.