Por la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife han pasado tres presidentes vinculados a otras tantas formaciones políticas (Coalición Canaria, Partido Popular y PSOE) desde que una trabajadora del ente, Alicia Rojas, lograra que los juzgados anularan su despido, un cese que, según los hechos probados en la sentencia, obedeció a una represalia por haber pedido al primero de ellos, el histórico dirigente nacionalista Ricardo Melchior, el mismo que la había contratado como personal de confianza, regularizar su situación de falsa autónoma en el organismo portuario.
La ejecución de esa resolución judicial, firme desde octubre de 2018, dio origen a un nuevo conflicto laboral que, lejos de resolverse, parece haberse enquistado. Ni el anterior presidente, Pedro Suárez, ligado al PP, ni el actual, Carlos González, nombrado por el PSOE, han modificado la postura que adoptó su predecesor en el cargo a la hora de reincorporar a la trabajadora, a la que envió al sótano (ahora denominado planta cero), a un despacho individual alejado de sus compañeros del área de Comunicación y Redes Sociales. Rojas ha presentado en los últimos meses multitud de escritos al entender que no se está cumpliendo en sus estrictos términos lo estipulado en la sentencia y se le está discriminando. Su situación, dice, se asemeja a la del protagonista de la película Atrapado en el tiempo, condenado a repetir el mismo día cada jornada.
La discrepancia sobre el cumplimiento de la sentencia radica en dos hechos concretos: la categoría de la trabajadora (y, por tanto, sus emolumentos) y la ubicación de su puesto.
Con relación al primero de ellos, la resolución judicial recoge literalmente que Rojas desempeñaba funciones de “jefa de área de Comunicación y Redes Sociales” desde diciembre de 2015, fecha en la que se incorporó al organismo por petición expresa de Melchior, que era quien decidía su retribución mensual y a quien, a raíz de este procedimiento, se le abrió una investigación de oficio por parte de la Fiscalía Anticorrupción por una serie de contrataciones arbitrarias durante su etapa como presidente. Según los hechos probados de la sentencia, sus cometidos consistían en la gestión de las redes sociales, la representación de la Autoridad Portuaria ante los medios, la preparación de las ruedas de prensa del presidente, la organización de eventos y las relaciones de comunicación con el resto de los departamentos del organismo.
La trabajadora sostiene que Puertos no le ha reconocido la categoría profesional que figura en la sentencia firme, la de jefa de área, que conlleva una retribución superior a la que actualmente percibe como técnica de comunicación. Frente a esta posición, la Presidencia se ampara en el último auto del procedimiento de ejecución de sentencia, que dio la razón al organismo y consideró regular la readmisión de la trabajadora. El asunto se tramitó en el Juzgado de lo Social 3 de Santa Cruz de Tenerife, que dictó dos resoluciones contradictorias en apenas un mes tras un cambio de jueces. El primero de ellos fue dictado por un magistrado sustituto en febrero del año pasado y daba un mes de plazo al presidente y al director de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife para cumplir “en sus estrictos términos” la sentencia firme que anuló el despido decretado por Ricardo Melchior en marzo de 2017.
Sin embargo, apenas 25 días después, ya con la jueza titular al frente y sin que se hubiera producido ningún cambio en la situación ni la consideración de la trabajadora en el seno de la empresa, el mismo juzgado dictó un auto que estimaba el recurso presentado por la Abogacía del Estado y avalaba la readmisión. Esa resolución sostenía, en síntesis, que la categoría recogida en la sentencia del despido nulo no se correspondía con las funciones y el salario que figuraban en ella y que estos se asemejaban más a los de una técnica de comunicación. La magistrada reducía la referencia a la jefatura de área de Comunicación a una mera “cuestión formal”.
Este último auto, que fue ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y que se encuentra recurrido, compara las funciones de la trabajadora con las del único jefe de área en el organigrama de la Autoridad Portuaria, el de Explotación, con un perfil técnico que en nada se asimila al de un directivo del ámbito de la comunicación. Rojas insiste en sus escritos que “ningún auto de ejecución de sentencia puede modificar lo ejecutoriado”, es decir, no puede cambiar la categoría profesional que figura en la resolución que ejecuta, la de jefa de área, y en que la única resolución firme es la que determina que su despido es nulo y que su categoría es la de jefa de área de Comunicación.
De sótano a ‘planta cero’
El segundo punto de discrepancia, que excede de las interpretaciones jurídicas, tiene que ver con la ubicación de su puesto de trabajo, en el sótano del edificio. Después de reincorporarse tras el fallo favorable, fue destinada a un despacho situado en la planta inferior al hall de entrada, en un espacio que con anterioridad había sido el cuarto de cambio del personal de limpieza, además de almacén de equipos informáticos y archivo general. El espacio tuvo que ser reformado y solo le comenzaron a dotar del mobiliario y del equipamiento necesario transcurridas unas semanas desde su regreso.
Rojas siempre ha mantenido que su traslado a la ahora denominada “planta cero” ha sido una represalia por haber demandado y ganado en los juzgados al organismo portuario. En los escritos elevados a sus superiores, asegura sentirse discriminada. Es la única trabajadora del área de Comunicación que se emplaza en este despacho. El resto está en la segunda planta, adonde ha pedido mudarse en multitud de ocasiones. “Está lleno de humedades, hay cuadros de alta tensión y estoy aislada del resto de compañeros”, señala la afectada con respecto a su actual puesto. El último auto del Juzgado de lo Social 3, en cambio, no aprecia “ninguna degradación” en la ubicación de la trabajadora. Esa resolución judicial señala que el hecho de que el lugar fuera con anterioridad un cuarto de limpieza “no excluye que pueda ser adaptado como despacho” e incide en que la planta está “a ras de suelo”, no bajo tierra (por la propia inclinación del edificio), que en ese espacio entra luz natural y que ha sido remozado.
Desde hace unas fechas, Rojas cuenta con el apoyo de los delegados de Comisiones Obreras en el Comité de Empresa. El sindicato remitió en enero a la Presidencia un escrito en el que reclamaba un impulso procesal a la denuncia que la trabajadora había presentado al entender que se estaba produciendo una situación de acoso laboral y moral. CCOO pedía una serie de medidas cautelares, como el traslado de la empleada a otro despacho para acabar con su aislamiento o no recibir instrucciones “de quien la administración le ha comunicado que son sus superiores jerárquicos”. El protocolo no fue activado por la Autoridad Portuaria, que entendió que la denuncia no reunía los requisitos de concreción, reiteración e identificación de sujetos.
La trabajadora asegura que durante todo este tiempo ha intentado conciliar con la administración con la premisa de que se le reconozca la categoría que figura en su sentencia sobre el despido y que ha planteado alternativas que no han sido aceptadas por los máximos responsables del ente. Rojas afirma que desde su última reincorporación la han “vaciado” de funciones o le han encomendado tareas no acordes a lo estipulado en la resolución, por lo que entiende que la han intentado “denigrar y anular como mujer y como trabajadora”. Ante esta situación, ha recurrido a la Administración General del Estado solicitando la activación del protocolo de acoso laboral y moral contra la Autoridad Portuaria de la provincia occidental.