Las primeras medidas de ahorro energético en Canarias han entrado en vigor este miércoles, y ya en la noche del martes locales del centro de Las Palmas de Gran Canarias se sumaron a la iniciativa, apagando las luces de sus escaparates.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria anunció también que desde las 22.00 horas de este miércoles apagará la iluminación exterior e interior de los edificios municipales que no estén siendo ocupados. Además, lanzará una circular a todo el personal para que las oficinas refrigeradas mantengan una temperatura de 27 grados centígrados.
De esta forma, el Consistorio asegura en un comunicado que con ello quiere mostrar su “firme compromiso” con el medio ambiente y el ahorro energético adaptándose al paquete de medidas aprobado por el Gobierno Estatal, el pasado 1 de agosto, a través de un Real Decreto-Ley que servirá de plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización e iluminación para reducir rápidamente el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, tal y como recoge el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).
No parece estar tan de acuerdo con esta medida el alcalde de Santa Cruz de Tenerife, José Manuel Bermúdez, que ha criticado que el Gobierno central “no ha tenido en cuenta las particularidades de Canarias” a la hora de aprobar el plan de ahorro y gestión energética. El nacionalista argumenta que el gobierno central “improvisa demasiado” y detalla que el aire acondicionado en los edificios públicos no se podrá poner por debajo de los 27 grados, ni la calefacción por encima de los 19.
Por su parte, las puertas de acceso a los locales tendrán cierres automáticos y las luces de los escaparates se apagarán a las 22:00 horas, siempre y cuando estén desocupados.
“Nosotros hemos dado cuenta de este decreto, por lo que desde ya se está cortando la luz en los comercios a la hora estipulada y se está cumpliendo con los grados establecidos”, ha indicado Bermúdez. Sin embargo, el mandatario ha indicado que estas directrices “no son las indicadas para las temperaturas existentes en nuestra tierra”.
Las primeras medidas que se tomarán han abierto el debate político y social: limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles, así como apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados.
Excepciones
Centros sanitarios y hospitalarios, de formación (colegios, universidades o guarderías), peluquerías, lavanderías, gimnasios y los medios de transporte en sí (trenes, aviones, aeropuertos, barcos...) quedarán excluidos de la obligatoriedad de limitar la temperatura, para no bajar de los 27 grados en verano ni superar los 19 grados en invierno.
También quedan exentos aquellos centros donde sean necesarias exenciones por las especificidades del sector, así como en el caso de hoteles, las habitaciones, que son de regulación privada. En el resto del hotel (por ejemplo restaurantes, cafetería, espacios comunes) sí se aplicaría.
De esta manera, los límites de temperatura establecidos se aplicarán al interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a uso administrativo (incluyendo plantas o zonas de oficinas, vestíbulos generales y zonas de uso público), comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares) y cultural (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares), así como en establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, restauración (bares, restaurantes y cafeterías) y transporte de personas (estaciones y aeropuertos).
No obstante, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, precisó el viernes que bares y restaurantes pueden limitar el uso del aire acondicionado al “entorno de los 25 grados”, teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral, frente a los 27 grados que contempla el real decreto de medidas de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno.
En este sentido, aclaró que los 27 grados se aplicarán “con flexibilidad” y puso como ejemplo que discotecas, cocinas y gimnasios necesitan una temperatura distinta a otros espacios como una librería.
“No se puede pedir a trabajadores que están en condiciones de ejercicio físico importante que no tengan las condiciones que el derecho laboral garantiza con respecto a los máximos y mínimos de temperatura”, aseguró Ribera en declaraciones a Onda Cero recogidas por Europa Press.
Por ello, los comercios y establecimientos deberán justificar cuándo no aplican el límite de temperatura en el termostato, una flexibilidad incorporada en el decreto ley para proteger los derechos de la salud laboral de sus trabajadores.
No se aplicará apagado al alumbrado ornamental de monumentos
En lo que respecta al apagado de alumbrado de escaparates, el horario de apagado desde las 22.00 horas se aplicará exclusivamente al alumbrado de escaparates y de edificios públicos que a dicha hora estén desocupados. Así, no se aplicará al alumbrado ornamental de monumentos (salvo que sean edificios públicos que a dicha hora estén desocupados).
En lo que se refiere a la instalación de cartelería, señales y pantallas, los edificios a los que aplica la limitación de temperatura deberán informar, mediante carteles informativos o el uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a los valores límites de las temperaturas del aire, así como información sobre temperatura y humedad (deben disponer de termómetros visibles a los usuarios del edificio), apertura de puertas o regímenes de revisión y mantenimiento.
También pueden informar de otras medidas que estén adoptando voluntariamente y los carteles deberán ser visibles desde la entrada o acceso de los edificios. La fecha de inicio de la medida es al mes desde la publicación de la normativa en el BOE, es decir, el próximo 2 de septiembre y estará vigente, en principio, hasta el 1 de noviembre 2023.
Respecto a la obligación de disponer de un sistema de cierre de puertas adecuado, se aplicará en edificios y locales con acceso desde la calle, destinados a los mismos usos que a los que se aplicaría el límite de temperatura.
En esta medida, no se consideran exclusiones, salvo que la legislación de seguridad que aplique al edificio o local impida cumplir esta obligación. La fecha para adaptarse es antes del 30 de septiembre y no tiene fecha fin para su cumplimiento.
Sanciones desde 60.000 euros
Los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que incumplan el plan de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves, de hasta seis millones de euros por las graves y de hasta 100 millones de euros por las muy graves.
Fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo han explicado a Europa Press que las sanciones que se aplicarán serán las recogidas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), dispuestas a su vez los artículos 30 a 38 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, sobre infracciones administrativas.