Una cascada de sentencias obliga a contratar en la educación pública canaria a personal de un servicio privatizado

Archivo - Imagen de recurso de un aula de un colegio público.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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En apenas tres meses la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dado firmeza al menos a once sentencias que obligan a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias a integrar como personal laboral a empleados de la empresa privada adjudicataria del servicio de atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo (NEAE). 

Esos autos confirman que se ha producido una cesión ilegal de trabajadores de la contratista, Aeromédica, a la administración pública y condenan a ambas a pagar a los y las afectadas las diferencias salariales, ya que los emolumentos que percibían en la privada eran notablemente inferiores a los que se cobra en la pública por las mismas funciones. 

Aeromédica presta el servicio en las denominadas aulas enclave (para la atención de alumnado con discapacidad o trastornos graves de conducta) desde abril de 2016. Ese contrato tenía una vigencia de cuatro años y se prorrogó de forma extraordinaria uno más, hasta el 31 de marzo de 2021. A pesar de que la adjudicación expiró hace ya tres años y medio, esta empresa sigue prestando el servicio y facturando a través de expedientes de nulidad. El coste del servicio para este curso, según fuentes oficiales de la Consejería de Educación, ronda los 20 millones de euros. El año pasado estaba presupuestado en 13 y acabó costando 16. Desde el Gobierno regional señalan que se está trabajando en la licitación del nuevo concurso y esperan poder publicar las bases “en los próximos meses”.

Las sentencias ratificadas ahora por el Supremo resuelven procedimientos abiertos por los trabajadores entre los años 2020 y 2021. Y todas las resoluciones coinciden en que la empresa adjudicataria ha incumplido sus obligaciones de control. El contrato obligaba a Aeromédica a nombrar a una persona coordinadora que organizara el plan de actuación, los programas de trabajo, el control horario, los permisos y las bajas. Sin embargo, sólo en la provincia de Las Palmas, esta coordinadora tiene que supervisar “a 400 personas trabajadoras”, lo que abarca “alrededor de 200 centros que debe visitar a lo largo del año”. 

Según el Supremo, la empresa se desentendió del control y coordinación. El personal contratado recibía instrucciones del equipo educativo de los centros públicos, utilizaba medios materiales de la Consejería de Educación y su horario coincidía con el lectivo. Las sentencias concluyen que Aeromédica se limitó a suministrar “mano de obra” al Gobierno de Canarias y a mantener “una mera comunicación superficial vía telemática” con su propio personal y que, por tanto, hubo una cesión ilegal de trabajadores (práctica prohibida por la legislación laboral) y no una “lícita externalización” del servicio, como defendía Educación. 

Dos son las consecuencias directas de esas sentencias. Por un lado, el personal de Aeromédica afectado adquiere la condición de personal laboral de naturaleza indefinida no fija discontinua de la Consejería de Educación. Y, por otro, la contratista y la administración pública deben pagar de forma solidaria las diferencias de cantidades. Por ejemplo, una trabajadora de Aeromédica contratada como adjunta de taller cobraba unos 845 euros al mes por 25 horas lectivas. El salario de una auxiliar educativa en la pública asciende a 1.049 al mes por esas mismas horas. Y el de una maestra de taller (categoría que sería equivalente en la pública a la de adjunta en la privada), 1.164,02 euros. Es decir, 300 más. 

En esos procedimientos, la Consejería de Educación presentó ante el Supremo como sentencias de contraste varios casos de Andalucía. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que no son equiparables porque las contratistas de la Junta “sí ejercían como empresarias reales”, ejerciendo “poder de dirección y potestad disciplinaria, contando con coordinadores que gestionan las ausencias y realizan visitas mensuales”. 

Desde la Consejería de Educación sostienen que esas sentencias no cuestionan “la naturaleza del contrato en sí, ni las funciones del personal” contratado a través de Aeromédica, sino “circunstancias puntuales o problemas de gestión en determinados centros”. Además, inciden en que se trata de demandas realizadas “hace varios años” y que este curso han sido actualizadas las instrucciones para la gestión de este personal, para no volver a incurrir en la cesión ilegal de trabajadores. “En breve verá la luz una guía para los equipos directivos que tendrá como finalidad aclarar al máximo las funciones de este personal, así como los procedimientos correctos para gestionar el servicio”, apuntan.

Quejas de familias y sindicatos

El actual equipo de Educación, del Partido Popular (PP) dice estar trabajando para licitar “cuanto antes” el nuevo contrato y acusa al anterior, del PSOE, de “haberlo dejado caer en nulidad”. “Lo más grave es que, de no estarlo (en nulidad), ”se podría financiar en un 85% con fondos europeos“, por lo que el coste para la Consejería sería de aproximadamente tres millones y el resto se podría destinar ”a mejorar el servicio o a cubrir otras necesidades“.  El Gobierno canario defiende que es ”habitual“ que empresas privadas presten servicios en las administraciones públicas, también en Educación. 

A finales de julio, trece entidades, entre sindicatos y asociaciones, registraron un escrito en el que expresaban su oposición a que una empresa privada preste el servicio de atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo en las Islas. “Privatizar la educación NEAE es igual a precarizar, es tratar a las familias como ciudadanía de segunda”, apuntan. El escrito ya ha sido admitido a trámite por la Mesa del Parlamento de Canarias. 

“Son servicios externalizados con empresas privadas que, obviamente, tienen ánimo de lucro, porque lo que pretenden es obtener beneficios, pero la educación pública es un servicio público, no una empresa que subcontrata a otra”, señala Gerardo Rodríguez, portavoz de STEC-IC, que recuerda que el sindicato ha pedido en reiteradas ocasiones unas listas propias de empleo para el personal de las aulas enclave. Además, incide en que los trabajadores de Aeromédica están “en una situación de vulnerabilidad, con contratos bastantes precarios y en horarios que quizás no son los que deberían ser”. Alude, como ejemplo, a la ausencia de auxiliares para acompañar a este alumnado hasta el transporte. Y añade que “muchas veces” se les contrata con retraso y no están a principio de curso. 

Jorge Hernández es coordinador de la comisión de NEAE de la confederación de asociaciones de madres y padres de Canarias (Confapa). “El Gobierno quiere ahorrar dinero y aprovechan el eslabón más débil, que es el alumnado con necesidades especiales”, denuncia. Hernández es, además, presidente del AMPA del instituto Luis Cobiella de La Palma. El año pasado se jubilaron en este centro dos maestros de taller y la Consejería recurrió a personal de Aeromédica para sustituirlos. “Nos enviaron a trabajadores que decían que eran adjuntos a taller (el equivalente en la privada al maestro público de taller), pero no eran ni siquiera auxiliares (una categoría inferior), no reunían el perfil. Y encima, con una programación ajena al centro. Pretendía impartir programación de infantil y primaria en un centro de secundaria. Mi hijo se aburre”, señala el representante de las familias. El pasado miércoles hubo una protesta frente a la sede de Educación en la isla para denunciar que las aulas enclave seguían careciendo del personal docente necesario.  

Hernández incide en la necesidad de que los docentes reúnan un determinado perfil. “En secundaria, las aulas enclave son aulas de tránsito a la vida adulta, donde se tienen que trabajar habilidades prelaborales. Está definido en la Ley Canaria de Educación de 2014. Tiene que ser un docente con manejo de herramientas, conocimientos en Prevención de Riesgos Laborales y conocimientos específicos sobre NEAE”, explica el representante de las familias, que denuncia también que, al ser contratados por 25 horas, no pueden asistir al alumnado a determinadas actividades, como las extraescolares o a viajes. 

“La Consejería de Educación no ejerce ningún control sobre la cualificación del personal contratado por Aeromédica y tampoco visa que tenga el perfil educativo o una preparación previa para entrar en un ámbito educativo. Eso ha supuesto la introducción de perfiles profesionales con competencias puramente asistenciales o sanitarias. Cuidadores en vez de auxiliares educativos. Adjunto de taller en vez de maestro de taller”, redunda Francisca Pérez, miembro del Consejo Escolar de Canarias en representación del personal de administración y servicios y de apoyo educativo complementario por el sindicato STEC-IC. 

Pérez lleva treinta años trabajando como auxiliar educativa en las Islas. “El auxiliar es una pieza clave en los centros para conseguir una inclusión y la igualdad del alumnado con discapacidad. Por eso tenemos que reivindicar la importancia y el esmero y el rigor en la selección”, señala. Con esta categoría, hay 186 trabajadores públicos contratados. La representante del Consejo Escolar cifra en “más de mil (entre adjuntos de taller y cuidadores)” los que prestan servicio a través de la empresa adjudicataria. “Las auxiliares de la educación pública, a través del Instituto Canario de Administración Pública (ICAP), recibimos cursos de recualificación profesional y en el centro, también”, señala. 

A juicio de Pérez, en su intento de evitar nuevas demandas y eventuales sentencias condenatorias por cesión ilegal de trabajadores y, al mismo tiempo, mantener la privatización del servicio, la Consejería de Educación está generando un “caos en la organización y el funcionamiento” de los centros. Por ejemplo, restringiendo las funciones y competencias de los adjuntos, “siempre señalando al tutor o tutora como responsable del grupo de alumnado”, o fijando la necesidad de disponer de un enlace entre el centro educativo y la empresa, “pero también entre el equipo directivo y los trabajadores”. “Gestionar cualquier incidencia diaria obliga a tener que recurrir a una tercera persona a modo de intérprete para su adecuada y pronta resolución porque la dirección ha de evitar dar órdenes directas a este personal”, explica la representante del Consejo Escolar. 

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