La dirección y el comité de huelga de Guaguas Municipales en Las Palmas de Gran Canaria alcanzan un principio de acuerdo

Europa Press

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La dirección y el comité de huelga de Guaguas Municipales, tras una nueva ronda de reuniones, han alcanzado a última hora del domingo un principio de acuerdo para posibilitar un nuevo convenio colectivo para los más de 680 trabajadores de la compañía de transporte hasta 2023.

El preacuerdo, que posibilita desconvocar la huelga anunciada para este lunes 29 (con paros previstos en las franjas de mañana y noche), ha sido firmado en la sede de la empresa pública de transportes por el presidente del consejo de administración de Guaguas Municipales, José Eduardo Ramírez, y los representantes de los trabajadores.

Este pacto, según informa Guaguas en un comunicado, será definitivo el próximo martes, 30 de noviembre, si es ratificado en la asamblea de trabajadores que se reunirá este lunes, 29 de noviembre, a las 23.00 horas.

El principio de acuerdo, que incluye medidas para consolidar la jornada de 35 horas de promedio semanal para los trabajadores, garantiza la estabilidad del empleo en la empresa municipal al permitir la conversión de trabajadores temporales a indefinidos, posibilita la jubilación parcial con reducción de jornada hasta el 75 por ciento y contempla incrementos salariales para el conjunto de los empleados durante el periodo 2020-2023.

Asimismo, el nuevo convenio, que se negocia desde 2019, recoge incrementos retributivos de un 2 por ciento para 2020 y un 0,9 por ciento para este año y en los dos siguientes ejercicios (2022 y 2023) se aplicarán los aumentos legislados para el sector público con los límites que fuesen aprobados por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

De este modo, el documento contiene un conjunto de medidas que posibilitan la consolidación del acuerdo de la reducción de la jornada a 35 horas de promedio semanal, conforme al acuerdo firmado en abril de 2019, tales como son el establecimiento del cómputo cuatrimestral, el reajuste en la hora límite del turno, que se sitúa en un máximo del 20 por ciento de lunes a sábado y a los efectos del cálculo del límite de 80 horas extraordinarias anuales, considerando horas extraordinarias las que superen la jornada máxima reflejada en el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores (1.829 horas).