El Gobierno de Canarias ha publicado este jueves 9, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el decreto de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en Canarias.
En un comunicado, el Ejecutivo recuerda que las solicitudes para acogerse a las ayudas previstas se presentarán en los registros de los ayuntamientos en cuyo término municipal se hayan producido los daños por los incendios. Este decreto entra en vigor este mismo jueves.
Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, así como por el artículo 3.1 del Decreto 164/1994 por el que se adaptan los procedimientos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992.
El decreto, aprobado el pasado martes en Consejo de Gobierno, estableció las cuantías económicas destinadas a paliar las afecciones en las viviendas, infraestructuras agrícolas y ganaderas, empresas turísticas y no turísticas así como todos los equipamientos de titularidad municipal o insular de carreteras, transportes, instalaciones eléctricas, de riego y de abastecimiento de agua.
Entre otras cosas, las obras de recuperación y rehabilitación de las viviendas recibirán una ayuda de hasta el 50% del coste final de la obra, y en el caso de segunda residencia, un máximo de 12.000 euros. Todo ello según los informes de los técnicos acreditados por la Administración, cuyo trabajo estará centralizado en una Ventanilla Única ubicada en cada Ayuntamiento afectado.