Dos guardias civiles del puesto de Santa María de Guía (Gran Canaria) se han librado de una condena de prisión por fingir un accidente con su coche patrulla para conseguir una baja laboral porque su estratagema se descubrió en unas escuchas telefónicas que ahora se han considerado ilegales.
En un sentencia hecha púbica este miércoles, el Juzgado de lo Penal número 8 de Las Palmas de Gran Canaria relata que los agentes A.R.H. y S.M.R. estaban acusados de haberse puesto de acuerdo con otros dos individuos para amañar un accidente, con el propósito de conseguir una indemnización y una baja por lesiones en acto de servicio.
El fiscal sostenía que, conforme a ese plan, el 17 de diciembre de 2011, los dos compinches de los agentes estrellaron su coche contra el vehículo policial en un cruce de la variante Guía-Gáldar.
Como resultado, el coche patrulla de la Benemérita sufrió daños valorados en menos de 200 euros y los dos guardias, lesiones leves que les permitieron estar un mes de baja y recibir indemnizaciones de 1.257 y 1.552 euros de la compañía aseguradora del vehículo.
El engaño habría llegado a buen puerto de no ser porque A.R.H. estaba siendo investigado por sus superiores por sospechar que mantenía algún tipo de conexión con personas dedicadas al tráfico de drogas, lo que hizo que se intervinieran sus teléfonos, primero, y que se le colocara un micrófono su vehículo oficial, más adelante.
Ello llevó a que la compañía aseguradora se negara a pagarles las indemnizaciones y a que el Ministerio Fiscal pidiera que fueran condenados a dos años y medio de cárcel por un delito de estafa.
El Juzgado de lo Penal considera “normal” que las compañías que se comprobó que frecuentaba el agente A.R.H. “hicieran saltar todas las alarmas”, porque “un guardia civil no solo tiene que ser honesto, sino que también debe parecerlo”.
“La presencia de un agente de la autoridad en sitios reconocidos por ser lugares en donde se trafica, no se explica si no es porque el agente está en ejercicio de sus funciones y persiguiendo cualquier irregularidad. Y ese plus de ejemplaridad que se exige a quien ostenta la honorable condición de ser guardia civil es intrínseca a dicha condición, va con el sueldo y es aún más exigible tratándose de un 'hijo del cuerpo', al que se presupone educado conforme a dichos valores”, argumenta el juez Néstor Porto.
Sin embargo, el magistrado también considera que el juez de Instrucción de Guía no debió autorizar las escuchas de las que parte toda la acusación basándose un artículo publicado en un digital del municipio y de los datos que se obtuvieron durante la vigilancia a la que fue sometió durante una semana el agente A.R.H.
Del primero, dice que no es más que un artículo escrito con “la conocida gratuidad e impunidad a la que se prestan los medios virtuales” y de los segundos, que no pasan de ser “sospechas policiales” y no pueden aceptarse como “indicios”
El magistrado que dicta la sentencia estima, además, que este juez incurrió en varios defectos de forma y motivación en el auto que autorizó el pinchazo telefónico, lo que le lleva a declararlo nulo y, en consecuencia, a no aceptar como válidas ninguna de las pruebas obtenidas gracias a esas conversaciones.