La Fiscalía de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y la acusación particular han pedido la apertura del juicio oral por el triple atropello en la Avenida de Anaga, en la capital tinerfeña, del que están acusados dos jóvenes, Francisco Javier R.B.L.P y Pedro G.H.R. El fiscal les imputa tres delitos de homicidio imprudente, uno contra la Seguridad Vial por conducción temeraria y otro de omisión del deber del socorro.
El atropello ocurrió el 28 de octubre de 2006, en torno a las 21.30 horas. Tanto el fiscal José Miguel Castellón Arjona como el abogado de la acusación particular, Miguel Ángel González Hidalgo, sostienen que los dos jóvenes, que entonces tenían 22 y 21 años, iniciaron una carrera entre ellos en plena vía pública, desde el Auditorio en dirección a San Andrés, en la que llegaron a superar hasta el doble de la velocidad permitida y saltarse varios semáforos en rojo, según el informe pericial.
Francisco Javier conducía un Volskwagen Polo y Pedro, un Mini. De acuerdo con las diligencias practicadas en el juzgado de Instrucción 3 de Salta Cruz de Tenerife, a la altura del Cabildo y cerca de la Plaza de España, un matrimonio y su hija cruzaban por el paso de peatones con el semáforo en rojo para los conductores, pero a los imputados no les dio tiempo a reaccionar. Francisco Javier dio un volantazo a la izquierda y el Mini, que le seguía a pocos metros se encontró con los peatones de frente.
El abogado defensor de Francisco Javier interpuso recurso contra la apertura del juicio oral y pidió el sobreseimiento del caso en lo que afecta a su cliente. Argumentó que Francisco Javier se presentó ante la Policía y que el atropello lo cometió Pedro, pero tanto el fiscal como la acusación particular matizan estos alegatos.
Castellón Arjona, en su escrito por el que pidió que se desestimase el recurso, argumenta que Francisco Javier se presentó ante la Policía “12 días después de ocurrido el hecho, cuando las sospechas se cernían sobre el mismo y las gestiones policiales se centraban en su persona, pero no como un simple testigo de los hechos, sino como partícipe o implicado en los mismos”.
Añade que en esos días, el acusado pudo borrar las marcas del atropello en el coche, amén de que nunca se detuvo a mirar si había colisionado o no con los tres viandantes, ya que los peritos de la Guardia Civil aseguran que el Volkswagen fue reparado en el parachoques delantero y proyector derecho.
También niega la indefensión que la defensa asegura que ha sufrido su cliente “por cuanto el imputado ha sido informado de sus derechos, se le han imputado formalmente todos los delitos en su segunda declaración y ha podido responder a las preguntas que se le han hecho”.
Según la defensa, “no habría indicios para probar la conducción temeraria” debido a que Equipo de reconstrucción de la Accidentes de la Guardia Civil no han podido determinar la intervención directa de Francisco Javier en el atropello, pero el fiscal asegura que sí que hay pruebas, aportadas tanto por testigos como por otros exámenes periciales, y que conducir a las 21.30 por una avenida muy transitada, a una velocidad “muy superior a la permitida, saltándose varios semáforos en fase roja y en una especie de carrera o competición” es conducción temeraria.
El fiscal afirma que “todas estas pruebas deben proponerse y practicarse en el acto de juicio oral”, pese a que aún no ha hecho petición de condena. La acusación particular sí lo ha hecho y solicita que Pedro G.H.R sea condenado a cuatro años de prisión por homicidio imprudente; a otros dos años por conducción temeraria, además de otros dos años por omisión del deber del socorro.
Para Francisco Javier pide las mismas penas, aunque rebaja a año y medio la condena por conducción temeraria. También solicita que, en caso de condena, los dos imputados indemnicen solidariamente a los familiares de los tres fallecidos con 300.000 euros