El pasado viernes el Aeropuerto de Gran Canaria se vio obligado a permanecer cerrado al tráfico aéreo por la presencia de un dron en sus inmediaciones. El suceso tuvo lugar en la noche del pasado viernes, 12 de abril, según adelantó la cuenta del perfil de X de Controladores Aéreos, cerca de las 21.00 horas, informando de la presencia de un dron que fue notificado por la tripulación y verificada por el personal del aeropuerto.
Fuentes de la Guardia Civil, en declaraciones ofrecidas a este periódico, aseguran que la investigación continúa abierta con todos los actores involucrados. “Se trata de un dron en el espacio aéreo, donde no existen barreras, si no se registra su vuelo o no está identificado, el dron no es detectable, así que habrá que tirar de todos los hilos posibles y seguir una investigación para ver si se puede llegar al autor del suceso”. La multa en este tipo de situaciones puede llegar a los 225.000 euros por tratarse de una infracción grave.
Volar drones cerca de aeropuertos está estrictamente prohibido, ya que se considera un riesgo para la seguridad aérea. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) ha determinado las zonas en las que está prohibido volar drones en la Unión Europea, incluyendo aeropuertos y zonas de defensa. La multa por volar un dron en un lugar no autorizado puede ser entre 90.001 y 225.000 euros, y volar drones en estas zonas puede resultar en sanciones graves. Además, se requieren permisos especiales para pilotar drones más allá de los usos recreativos y en base al peso del dispositivo. Existen áreas específicas donde está prohibido volar drones, como instalaciones de defensa, hospitales, centrales nucleares o instalaciones industriales clave. Las infracciones graves pueden incluir volar cerca de un aeropuerto, ya que estas estaciones de aterrizaje son consideradas como espacio aéreo controlado.
En concreto, el suceso que tuvo lugar en Gando el pasado viernes obligó a cerrar el tráfico tanto de salidas como de llegadas, por lo que los vuelos procedentes de otros destinos tuvieron que ser desviados a otros aeropuertos alternativos por motivos de seguridad, produciéndose un total de doce desvíos entre Tenerife Sur, Tenerife Norte, Lanzarote y Fuerteventura. Nos hemos puesto en contacto con la Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de España (Facua) para conocer qué derechos amparan a los pasajeros de los doce vuelos afectados. El vicepresidente de la Federación, Miguel Ángel Serrano Ruíz, recuerda que “según el Artículo 6 del Reglamento Europeo 261/2004, aunque el motivo del retraso haya sido por una causa excepcional, dependiendo de la distancia que el vuelo retrasado tenga previsto recorrer, el consumidor podría tener derecho o bien a que se le devuelva el importe total del vuelo o que se le ofrezca al pasajero un vuelo alternativo en una fecha pactada por la aerolínea y que sea conveniente para ambas partes”.