El juicio contra Carlos Sosa por informar sobre el exjuez corrupto Alba “atenta contra la libertad de prensa”, según el instituto internacional de periodistas

El exjuez Salvador Alba.

Canarias Ahora

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El Instituto Internacional de la Prensa (IPI, por sus siglas en inglés), una asociación mundial de periodistas fundada en 1950, ha expresado su “alarma” ante la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de dar vía libre al juicio contra el periodista Carlos Sosa, director de Canarias Ahora, por informar de las maniobras delictivas del exjuez Salvador Alba, que en la actualidad cumple una pena de seis años y medio de cárcel por los delitos de prevaricación judicial, cohecho y falsedad en documento oficial. 

“La apertura del juicio oral y las desproporcionadas penas que se solicitan atentan contra la libertad de prensa”, señala IPI en sus redes sociales. La asociación pide a la Audiencia Provincial de Madrid que “retire todos los cargos” contra el periodista y advierte de que seguirá prestando atención a este caso y “reivindicando justicia”. 

Alba y su pareja, la letrada de la Administración de Justicia Teresa Lorenzo, atribuyen a Carlos Sosa la comisión de tres delitos: revelación de secretos, acoso y odio. La acusación pide para el periodista una condena de 23 años de cárcel y 422.500 euros de indemnización. 

La Fiscalía ha pedido el archivo de la causa y la absolución de Sosa desde el principio del procedimiento, al entender que ninguno de los artículos publicados sobre la conspiración del juez corrupto contra la magistrada Victoria Rosell, ex delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, incurrieron en esos delitos y que esas informaciones eran veraces y cumplían con el requisito de interés público.  

La querella fue interpuesta por Salvador Alba y Teresa Lorenzo justo en el momento en el que el exjuez corrupto ingresaba en la prisión de Estremera, en Madrid, para cumplir una condena de seis años y medio por los delitos de prevaricación, cohecho y falsedad documental. 

La jueza de Madrid que admitió la querella, María Ángeles Velázquez, dictó en febrero pasado auto de apertura de juicio oral, una decisión que no es recurrible. Y lo hizo sin que la Audiencia Provincial hubiera resuelto aún un recurso de apelación previo del periodista Carlos Sosa contra el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado. Esa resolución es la que se conoció este miércoles.

En el auto de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid, firmado por los magistrados José Luis Sánchez Trujillano, María del Carmen Martínez Sánchez y Teresa de la Concepción Costa Vayá, que actuó como ponente, no se entra a analizar el fondo de la cuestión ni los alegatos por vulneración de derechos fundamentales planteados por el periodista por considerar los magistrados que, “con carácter general, el Auto del Juzgado Instructor, acordando la acomodación de las Diligencias Previas en Procedimiento Abreviado, y que ahora se recurre, no supone la determinación de ninguna culpabilidad subjetiva, sino la conclusión del Instructor de que se ponga fin a la fase investigadora, tras practicarse todas aquellas diligencias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, las personas que en él hubieran participado y el órgano competente para el enjuiciamiento”. 

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